La presente recomendación carece de efecto vinculante alguno y opera como mero aviso o consejo. El Estado no resultará responsable en modo alguno ni por ningún concepto de los daños o perjuicios que, tanto por la observancia como por desconocimiento o no atención de la recomendación, pudieran ocasionarse a personas o bienes, no considerando dicha recomendación título que ampare reclamación alguna en tal sentido.
Se recuerda, en cualquier caso, que el viaje se realiza siempre por cuenta y riesgo del viajero y que todos los gastos derivados de la hospitalización, el traslado de heridos o la repatriación de cadáveres corren a cargo del particular. Las prestaciones de la Seguridad Social no operan en el extranjero, salvo en algunos países de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia y Suiza. Consulte cómo adquirir la Tarjeta Sanitaria Europea aquí ) , por lo que es muy necesaria la contratación de un seguro de viaje que cubra los gastos correspondientes.
Asimismo, se recuerda que en estos momentos ninguna región del mundo y ningún país están a salvo de posibles actos terroristas.
COVID-19
En el marco de la evolución de la pandemia de la COVID-19, todo viajero debe contar con la posibilidad de verse afectado en el extranjero por restricciones de cualquier tipo que impidan o alteren su libertad de movimiento.
Con carácter general, los viajeros son responsables de las eventuales consecuencias de su decisión de viajar. La capacidad del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y de la red de Embajadas y Consulados de España de prestar asistencia consular de emergencia es limitada, se aplica exclusivamente a viajeros españoles en el exterior y no puede, en ningún caso, suplir las capacidades de otros sistemas nacionales de salud, exigir excepciones a las normativas de terceros países, facilitar o sufragar la eventual prolongación de estancias en el exterior, sean voluntarias o forzosas, ni reemplazar el funcionamiento de las agencias de viajes o de las compañías de transporte.
Por ello, se reitera a todos los viajeros, independientemente de su destino o las circunstancias de su viaje, la recomendación de mantenerse informado en todo momento, de viajar con prudencia y de contar con un seguro que cubra todas las eventualidades durante el viaje.
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Antes de realizar un viaje al extranjero, se recomienda registrar sus datos en el Registro de Viajeros informático de este Ministerio, para facilitar la atención en eventuales situaciones de emergencia o necesidad.
Embajada de Andorra
C/ Alcalá, 73 - 28009 Madrid
Telefs.: 91 431.74.53 y 91 431.78.35
Fax : 91 577.63.41
Actualizado 05/01/2021 (La recomendación está vigente a fecha de hoy)
RECOMENDACIÓN GENERAL:
Y, en particular, el apartado relativo a condiciones de acceso al Principado:
DOCUMENTACIÓN PARA ENTRAR EN ANDORRA:
CIUDADANOS DE LA UE
• Mayores de edad: DNI o pasaporte en vigor.
• Menores acompañados por sus padres: DNI o pasaporte + libro de familia.
• Menores acompañados por terceras personas: DNI o pasaporte + autorización de los padres o tutores para salir del país expedido en una comisaría de policía o puesto de la guardia civil.
CIUDADANOS DE PAÍSES FUERA DE LA UE que no necesitan un visado para viajar a un país miembro del Espacio Schengen.
• Pasaporte en vigor.
CIUDADANOS DE PAÍSES FUERA DE LA UE que sí necesitan visado para viajar a un país miembro del Espacio Schengen.
• Pasaporte en vigor + visado Schengen multiples entradas.
VACUNAS
Obligatorias: Ninguna como turista.
Recomendadas: Ninguna.
Para más información, consulte la siguiente página web
Cuando se vayan a emprender actividades en la montaña, se recomienda siempre informar con anterioridad a algún allegado, viajar con un teléfono móvil y una aplicación de localización, llevar los datos de contacto de los servicios de emergencia locales e ir adecuadamente pertrechado. Se recomienda, en todo caso, seguir los consejos de las autoridades de Protección Civil de Andorra. www.protecciocivil.ad, @pcandorra.
En zonas de gran altitud y durante el invierno, pueden ocasionarse fuertes nevadas que provoquen cortes en las carreteras. Se recomienda visitar la página web de movilidad de Andorra
Conviene seguir las recomendaciones del Gobierno de Andorra en temporada de esquí sobre el riesgo de aludes.
Zona de riesgo (deben ser evitadas): Ninguna
Zona de riesgo medio: Ninguna
Zona sin problemas: Todo el país.
Existe un Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y el Principado de Andorra, que permite la asistencia recíproca en determinados casos. Para más información, consulte la siguiente página web.
Los españoles que se desplacen a Andorra por turismo o estancias cortas deberán solicitar en el INSS de la provincia correspondiente el volante de desplazamiento para Andorra.
En caso de asistencia sanitaria de inmediata necesidad (una urgencia), le serán aplicadas las mismas condiciones que a los afiliados a la Caixa Andorrana de Seguritat Social (CASS). El sistema de seguridad social de Andorra establece que el beneficiario (en su caso el desplazado) asuma una parte de la factura, que acostumbra a ser de entre un 10 y un 25% del coste de la asistencia médica urgente.
Para casos que no se consideren de urgencia se deberá pagar el importe total, que no será reintegrado.
En caso de disponer de otro tipo de seguro (vehículo, multiriesgo del hogar, seguro de vida…) es aconsejable consultar si cubre la asistencia sanitaria en Andorra y/o un posible traslado médico.
Hospital Nuestra Sra. De Meritxel
Avda. Fiter i Rossell, 1 – 13
AD 700 Escaldes Engordany
Tfno: 00 376 871006
Moneda: Euro
Restricciones a la cantidad de dinero a la entrada y salida del país: 9.999€
Prefijo internacional y de Andorra: + 376
• Teléfonos de interés:
o España:
Emergencias Consulado: 361332
Embajada de España: 800030
Consulado de España: 800080
o Andorra:
Policía: 110; 872000
Servicios de rescate de montaña: 112
Atención sanitaria urgente: 116; 871116
Bomberos/ambulancias: 118; 890900/890909
Información telefónica nacional: 111
Servicio de Atención a las Víctimas de Violencia de Género: 181
Gobierno de Andorra: 875700
Cruz Roja Andorrana: 808225
Caritas Andorrana: 806111
Hospital N.S.de Meritxell: 871000
Protección Civil y gestión de emergencias: 830305
Atención social inmediata: 874800
Policía Local: 872000
EMBAJADA EN ANDORRA LA VELLA
Cancillería:
Prat de la Creu, 34- Andorra la Vella.
Teléfono: 80 00 30 Fax: 86 85 00
Dirección de correo: emb.andorra@maec.es
CONSULADO GENERAL EN ANDORRA LA VELLA
Cancillería:
Prat de la Creu, 34 - Andorra la Vella.
Teléfono: 80 00 80 Fax: 86 10 75
Consejería de Interior:
Prat de la Creu, 34- Andorra la Vella.
Teléfono: 86 22 52 Fax: 86 22 52
Consejería de Educación y Ciencia:
Prat de la Creu, 34- Andorra la Vella.
Teléfono: 80 77 66 Fax: 86 89 60
Consejería Económica y Comercial (la de la Embajada de España en París):
Avenue d'léna, 11-75016 Paris
Teléfono: +33 (0) 1 53 57 95 50
Consejería de Empleo y Seguridad Social (la de la Embajada de España en París):
Rue Greuze, 6-75116 Paris
Teléfono: +33 (0) 5 62 26 78 98
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