La presente recomendación carece de efecto vinculante alguno y opera como mero aviso o consejo. El Estado no resultará responsable en modo alguno ni por ningún concepto de los daños o perjuicios que, tanto por la observancia como por desconocimiento o no atención de la recomendación, pudieran ocasionarse a personas o bienes, no considerando dicha recomendación título que ampare reclamación alguna en tal sentido.
Se recuerda, en cualquier caso, que el viaje se realiza siempre por cuenta y riesgo del viajero y que todos los gastos derivados de la hospitalización, el traslado de heridos o la repatriación de cadáveres corren a cargo del particular. Las prestaciones de la Seguridad Social no operan en el extranjero, salvo en algunos países de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia y Suiza. Consulte cómo adquirir la Tarjeta Sanitaria Europea aquí), por lo que es muy necesaria la contratación de un seguro de viaje que cubra los gastos correspondientes.
Para los desplazamientos dentro de la Unión Europea y del espacio Económico Europeo 1, y estando en posesión de la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE), se debe tener en cuenta que las prestaciones sanitarias no son idénticas en todos los países, existiendo, por ejemplo, situaciones en que es obligatorio el copago. Por ello, se recomienda consultar, antes de viajar, la información que se proporciona en el portal de la Unión Europea sobre las condiciones de uso de la Tarjeta Sanitaria Europea
Asimismo, se recuerda que en estos momentos ninguna región del mundo y ningún país están a salvo de posibles actos terroristas.
COVID-19
En el marco de la evolución de la pandemia de la COVID-19, todo viajero debe contar con la posibilidad de verse afectado en el extranjero por restricciones de cualquier tipo que impidan o alteren su libertad de movimiento.
Con carácter general, los viajeros son responsables de las eventuales consecuencias de su decisión de viajar. La capacidad del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y de la red de Embajadas y Consulados de España de prestar asistencia consular de emergencia es limitada, se aplica exclusivamente a viajeros españoles en el exterior y no puede, en ningún caso, suplir las capacidades de otros sistemas nacionales de salud, exigir excepciones a las normativas de terceros países, facilitar o sufragar la eventual prolongación de estancias en el exterior, sean voluntarias o forzosas, ni reemplazar el funcionamiento de las agencias de viajes o de las compañías de transporte.
Por ello, se reitera a todos los viajeros, independientemente de su destino o las circunstancias de su viaje, la recomendación de mantenerse informado en todo momento, de viajar con prudencia y de contar con un seguro que cubra todas las eventualidades durante el viaje.
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Antes de realizar un viaje al extranjero, se recomienda registrar sus datos en el Registro de Viajeros informático de este Ministerio, para facilitar la atención en eventuales situaciones de emergencia o necesidad.
Actualizado 20/01/2021 (La recomendación está vigente a fecha de hoy)
Covid-19
Desde principios de 2020 los Gobiernos de todos los países del mundo vienen adoptando sucesivas medidas temporales contra la expansión de la pandemia de Covid-19.
Entre esas medidas figuran restricciones a la movilidad internacional y dentro de cada país. Esas medidas son revisadas regularmente.
Si usted se dispone a viajar, debe antes consultar las restricciones que aplican los países y regiones que se propone usted visitar. Con carácter general, el viajero es responsable de las consecuencias de su decisión de viajar.
La capacidad del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y de la red de Embajadas y Consulados de España de prestar asistencia consular de emergencia es limitada, se aplica exclusivamente a viajeros españoles en el exterior y en ningún caso puede: a) suplir las capacidades de otros sistemas nacionales de salud, b) servir para obtener excepciones a las normativas de terceros países, c) facilitar o sufragar la prolongación de una estancia en el extranjero, sea voluntaria o forzosa, ni d) reemplazar el funcionamiento de las agencias de viajes o de las compañías de transporte.
Se encarece a los viajeros, independientemente de su destino o las circunstancias de su viaje, la recomendación de mantenerse informado en todo momento, de viajar con prudencia y de contar con un seguro que cubra todas las eventualidades durante el viaje.
Información Covid-19
El Gobierno de Irlanda viene adoptando desde marzo de 2020 medidas de diversa naturaleza para prevenir la expansión del coronavirus. Entre esas medidas figuran restricciones a la entrada de viajeros desde el extranjero y restricciones de carácter interno.
Restricciones a la entrada en Irlanda
El viajero que se propone entrar en Irlanda debe rellenar antes un formulario. El formulario se rellena en línea. Completar ese formulario es una obligación legal. Desatender esa obligación puede acarrear una multa de hasta 2.500 euros o una pena de prisión de hasta 6 meses.
Al viajero se le aplican distintos controles o restricciones según la situación de la pandemia en el país o región del que procede. El Gobierno de Irlanda ha adoptado la clasificación que hace el Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades (EDCD, por sus siglas en inglés) de la situación epidemiológica de los países y regiones del mundo. El EDCD actualiza cada jueves esa clasificación.Consúltela. En el momento de redactar esta recomendación, Irlanda aparece en color rojo. España también aparece en color rojo.
Desde el 16 de enero, toda persona que viaje a Irlanda debe presentar un test PCR negativo de COVID-19 realizado en las 72 previas a su llegada a Irlanda, independientemente del lugar de salida. La no presentación de la prueba PCR puede conllevar una multa de hasta 2.500 euros y penas de prisión. Las condiciones que debe cumplir una vez en Irlanda cambiarán según el color de su lugar de salida:
1) Viajeros a Irlanda procedentes de zona verde o naranja según la clasificación del ECDC
El viajero procedente de una zona verde o naranja no necesitará restringir sus movimientos a su llegada a Irlanda, pero deberá cumplir con las normas generales establecidas por la sanidad pública irlandesa.
2) Viajeros a Irlanda procedentes de zona roja según la clasificación del ECDC.
El viajero procedente de una zona roja debe restringir sus movimientos durante un período de 14 días tras su llegada.
El viajero que esté restringiendo sus movimientos puede a partir del quinto día de su estancia en Irlanda someterse a una nueva prueba PCR. Si el resultado de esa prueba es negativo, la obligación de cuarentena decaerá.
El viajero procedente del Reino Unido, Sudáfrica o Sudamérica (Argentina, Brasil, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana Francesa, Guyana, Panamá, Paraguay, Perú, Suriname, Uruguay and Venezuela) deberá restringir sus movimientos durante 14 días en todo caso, incluso si se realiza una segunda prueba PCR a los 5 días de su llegada a Irlanda.
Consulte la información que el Gobierno de Irlanda facilita sobre este sistema de restricciones basado en la clasificación de los países por colores.
Los servicios de sanidad de Irlanda dan amplia información sobre las condiciones que se deben cumplir durante los 14 días de restricción de movimientos.
Restricciones internas
El 15 de septiembre el Gobierno publicó el Resilience and Recovery 2020-2021: Plan for living with Covid-19 en el que se establecen 5 niveles de restricciones (1 a 5).
Desde el 8 de enero Irlanda se encuentra toda entera en el nivel 5, el máximo de restricciones. De manera similar a lo que sucedió en la fase inicial de la pandemia, en marzo de 2020, ahora permanecen cerradas las escuelas e interrumpidas las obras de construcción. Sólo pueden acudir al trabajo los trabajadores esenciales que no puedan realizar teletrabajo. Se permite salir del domicilio en un radio no superior a los 5 km.
Está previsto que las actuales restricciones se apliquen hasta el próximo 31 de enero de 2021, cuando serán revisadas.
Es obligatorio el uso de mascarilla en transporte público, centros comerciales y comercios minoristas.
Pasaporte / DNI: DNI o Pasaporte en vigor.
La utilización del Pasaporte resulta conveniente para realizar gestiones ordinarias, tales como abrir cuentas corrientes en bancos o alquilar viviendas. Conviene, asimismo, tanto el DNI como el Pasaporte separadamente dado los numerosos casos de pérdidas y sustracciones. Adicionalmente, se recomienda llevar fotocopias compulsadas de la citada documentación.
Menores:
Tenga en cuenta las recomendaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para asegurar la salida legal de España de menores ( enlace).
Por su parte, las Autoridades irlandesas señalan que es aconsejable que los menores no acompañados por sus padres o tutores legales que viajen a Irlanda lo hagan con su Pasaporte y además la siguiente documentación:
- Una autorización de viaje firmada por los padres o tutores.
- Una copia del Pasaporte o DNI de los padres o tutores.
- Una copia del Certificado de Nacimiento o del Libro de Familia.
- En caso de que el menor viaje en un grupo organizado, la autorización de viaje firmada por los padres o tutores debe autorizar a viajar con el adulto que acompañe al grupo.
- En el caso en que el menor viaje con adultos que no son padres o tutores, una autorización de viaje señalando el adulto con el que viajará a Irlanda.
Para más información, puede visitar la página web del Irish Naturalization and Immigration Service (INIS) del Ministerio de Justicia de Irlanda: http://www.inis.gov.ie/en/inis/pages/travel-with-children. Consulte además con su compañía aérea sobre los requisitos exigidos para el viaje de menores o con adultos que no son sus padres o tutores.
Visado: No. Tenga en cuenta que Irlanda no pertenece al Espacio Schengen por lo que los extranjeros con residencia legal en España necesitan visado para viajar a Irlanda.
VACUNAS
Obligatorias: Ninguna
Recomendadas: Las habituales en países de la Unión Europea
Terrorismo:
Se recuerda que en estos momentos ninguna región del mundo y ningún país están a salvo de posibles actos terroristas
Desastres naturales:
Se recomienda tener cuidado en las zonas de costa con las mareas altas y en zonas bajas por posibles inundaciones en periodos de lluvia intensa. El Irish National Meteorological Service (Met Éireann) mantiene información actualizada sobre las alertas por mal tiempo en www.met.ie
Seguridad Ciudadana:
Zona de riesgo (deben ser evitadas): Ninguna
Zona de riesgo medio: Con carácter general, Irlanda es un país muy seguro. No obstante, deben tomarse especiales precauciones en las zonas comerciales más concurridas de las principales ciudades y, en particular, de Dublín, por la presencia de numerosos carteristas. También son zonas más intensivas en incidentes la de Temple Bar y Portobello en Dublín por las noches, debido a los frecuentes robos y peleas callejeras, asicomo el norte de Dublín por la noche, especialmente en la zona superior O´Connel Street yde Parnell Square y en los aledaños de Connolly Station.
Desde una perspectiva nacional y pese a que la situación ha mejorado en los últimos años, tradicionalmente ha destacado la peligrosidad, aun relativa, de la localidad de Limerick y sus alrededores, territorio donde tradicionalmente se ha llevado a cabo tráfico de drogas. Cabe destacar, finalmente, que esporádicamente tienen lugar en Dublín una serie de conflictos entre bandas rivales relacionadas con el crimen organizado.
Zona sin problemas: Resto del país.
Se recomienda contratar un seguro lo más amplio posible, que incluya gastos de repatriación en caso de accidente grave y fallecimiento. Iguamente, se recomienda viajar con la Trajeta Sanitaria Europea expedida por la Seguridad Social en su luagr de residencia en España.
Con respecto a la evolución de la pandemia de COVID-19 el Gobierno de la República de Irlanda ha creado una página web donde ofrece información actualizada sobre la evolución de esta enfermedad en el país y que puede visitar en este enlace.
Además, el sistema de salud irlandés (HSE) ha publicado información sobre los síntomas de esta enfermedad, recomendaciones de comportamiento para evitar el contagio y pautas de actuación en caso de haber viajado a algún país donde se hayan producido numerosos casos, y que puede consultar en este enlace.
En Irlanda no hay riesgos sanitarios específicos.
Con carácter general, los servicios sanitarios irlandeses son aceptables pero inferiores a los españoles. Los servicios de urgencia de los hospitales (51 en total) del sistema público irlandés (los hospitales privados, con alguna excepción, carecen de ellos) tienen graves problemas de saturación que en ocasiones, imponen largas esperas antes de poder recibir tratamiento.
La mayoría de los fármacos no pueden adquirirse sin receta médica. Los antibióticos se recetan de manera restrictiva. Predominan los fármacos genéricos. Existen escasas farmacias abiertas 24 horas al día. Los medicamentos son más caros que en España.
Se recomienda a los turistas obtener la tarjeta sanitaria europea (antiguo formulario E-111) en la Seguridad Social española para obtener asistencia sanitaria. Para más información, consulte la página de la Seguridad Social española.
Si no se dispone de la tarjeta sanitaria europea se deberá abonar 100 euros no reembolsables para ser asistido con urgencia. Debe conservarse una factura de los servicios recibidos.
Puede consultar información relevante en la página del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social dedicada a Irlanda en en este enlace.
Se recomienda contratar un seguro que incluya gastos de repatriación en caso de accidente grave y fallecimiento.
PRINCIPALES HOSPITALES EN IRLANDA
Dublín
- Beaumont Hospital-Beaumont Road, Dublin 9- Tel: 01-8377755
- Blackrock Clinic-Rock Road. Blackrock Co. Dublin. Tel: 01- 2832222
- Central Mental Hospital, Dundrum, Dublin 14. Tel: 01- 2989266
- Coombe Wome´s hospital. Dolphin´s Barn. Dublin 8. Tel: 01-4085200
- James Connolly Memorial Hospital. Blanchardstown, Dublin 15. tel: 01- 8213844
- Mater Misericordiae Hospital, Eccles St. Dublin 7. Tel: 01- 8032000
- Mater Private Hospital, Eccles St. Dublin 7. Tel: 01- 8858888
- Rotunda hospital, Parnell St. Dublin 1. Tel: 01- 8726523
- St. James´s Hospital, James St. Dublin 8. Tel: 01- 4537941
- St. John of God Hospital, Stillorgan, Co. Dublin. Tel: 01- 2881781
- St. Michael´s Hospital, Dun Laaoghaire, Co. Dublin. Tel: 01- 2806901
- St. Vicent´s University Hospital. Elm Park, Dublin 4. Tel: 01- 2694533
Cork
- Cork University (Regional) hospital. Wilton, Cork. Tel: 021 4546400
- Mercy Hospital, Granville Place, Cork. Tel: 021 4271971
- South Infirmary Victoria Hospital, Old Blackrock Road, Cork. Tel: 021 4964333
Galway
- University College Hospital UCHG, Newcastle Road. Galway. Tel: 091 5880580
- Merlin Park Regional Hospital, Merlin Park, Galway City. Tel: 091 775775
- Bon Secours Hospital, Renmore, Galway City. Tel: 091 757711
- Galway Clinic, Doughiska, Galway. Tel. 091 785000
- Portiuncula Hospital, Ballinasloe, Galway. Tel: 090 9648200
La moneda oficial de Irlanda es el euro. Se han constatado dificultades para obtener cambio de billetes de 200 y 500 euros.
Casi todos los comercios irlandeses aceptan la mayoría de las tarjetas de crédito y débito. El sistema bancario cuenta con un menor desarrollo y flexibilidad que el español y no hay apenas presencia de banca extranjera. No hay ningún banco español abierto al público. La banca online impone generalmente mayores limitaciones que en España a los particulares. Se encuentra extendida la utilización del sistema de “cash back” en los pagos en establecimientos, especialmente hosteleros.
Prefijo del país: +353
Prefijos principales ciudades:
Dublin 01
Cork 02
Galway 09
Limerick 06
Waterford 05
Teléfonos de interés:
• Teléfono de emergencia en Irlanda: 999 ó 112 (ambulancias, policía, bomberos, servicios de salvamento).
• Asistencia a turistas víctimas de delitos ("Irish Tourist Assistance Service", “ ITAS”, ), en horario de lunes a viernes.
o Dirección: 6-7 Hanover Street East, Dublin 2. y Pearse Street GArda Station, Pearse Street. Dublin 2.
o Teléfonos: 1890 365 700 y +353 (0) 1 661 0562.
o Fax: +353 (0) 1 661 0462
o Oficina de Turismo en Galway: + 353 (0) 91 537700, +353 1850 537788. Fax: + 353 (0) 91537733. Sitio web: http://www.irelandwest.ie
Adicionalmente, puede resultar útil contar con los datos de contacto de la comisaría de policía (“Garda”) más cercana a la zona en la que se resida, así como con los de las siguientes organizaciones irlandesas de apoyo a las víctimas de delitos:
EMBAJADA DE ESPAÑA EN DUBLÍN
Cancillería:
17A Merlyn Park, Ballsbridge. Dublín 4.(Bus líneas 4 y 7, Dart parada Sydney Parade)
Teléfonos: +353 1 269 16 40, +353 1 269 25 97
Teléfono de emergencia consular: +353 86 174 1318 (únicamente para situaciones de emergencia fuera del horario de atención al público de la Embajada)
Fax: +353 1 269 18 54
Twitter: @EmbEspDublin
Oficina Comercial:
35, Molesworth St. Dublín 2.
Teléfonos: +353 661 63 13, +353 166 163 13
Fax: +353 166 10 111
Twitter: @SpainFoodWineIE
Consejería de Turismo:
Callaghan House 13-16 Dame Street D02 HX67 Irlanda
Teléfono: +353 1 635 02 00
Fax: +353 1 635 02 05
Twitter: @SpaininIreland
Asesoría Técnica de Educación:
17A, Merlyn Park, Ballsbridge. Dublín 4.
Teléfono: +353 260 81 00
Fax: +353 269 18 54
Twitter: @asesoria_dublin
Instituto Cervantes:
Lincoln House, Lincoln Place. Dublín 2
Teléfono: +353 1 631 1500
Fax: +353 1 631 15 99
Twitter: @icdublin
CONSULADOS Y VICECONSULADOS HONORARIOS:
Consulado Honorario en Castletownbere: Condado de Kerry y demarcación electoral West-Cork
D. Diarmuid Cornelio O’Donovan
Mediterranean House
Castletownbere
Co. Cork
Teléfono 02770104
Viceconsulado Honorario en Cork: Condado de Cork, excepto demarcación electoral West-Cork
Dª. Catalina Goode
5 Bruach Na Loi
Union Quay
Cork
Co. Cork
Teléfono: 0214316022
Viceconsulado Honorario en Galway: Condados de Galway y Clare (temporalmente vacante)
Viceconsulado Honorario en Limerick: Condado de Limerick
D. Tony Brazil
Bedford House
Bedford Row
Limerick
Co. Limerick
Teléfono: 061204444
Viceconsulado Honorario en Waterford: Condados de Waterford y Tipperary
Dª Penélope Eades
River Lodge
South Quay
Carrick-on-Suir
Co. Tipperary
Teléfono: 051642865
Viceconsulado Honorario en Sligo: Condados de Mayo, Donegal y Leitrim (temporalmente vacante)
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