Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para su funcionamiento, mantener la sesión y personalizar la experiencia del usuario. Más información en nuestra política de Cookies

Formulario del buscador de los servicios consulares

Servicios consulares

Visados Nacionales - Visado para trabajador altamente cualificado y para traslado intraempresarial

Visado para trabajador altamente cualificado: Visado para realizar una actividad laboral por cuenta ajena en España como profesional altamente cualificado, directivo de empresas que cumplan determinadas condiciones establecidas en la normativa vigente o como graduado o postgraduado de universidades y escuelas de negocio de reconocido prestigio.

Visado para traslado intraempresarial: Visado para realizar una actividad laboral por cuenta ajena en España como directivo, especialista o trabajador en formación, para la ejecución de un contrato o por una relación profesional, cuando el traslado se produzca dentro de la misma empresa o grupo de empresas.

También pueden obtener el visado los siguientes familiares del trabajador:

  • El cónyuge o pareja de hecho.

  • Los hijos menores de edad y los mayores de edad que dependan económicamente del trabajador y que no hayan constituido por sí mismos una unidad familiar.

  • Los ascendientes que estén a cargo del trabajador.

Documentos necesarios para el trabajador

  1. Formulario de solicitud de visado nacional. (FormularioSe abre en ventana nueva) Cada solicitante, o su representante, completará en todos sus apartados y firmará una solicitud de visado.

  2. Fotografía. Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara.

  3. Pasaporte válido y en vigor. Original y una fotocopia de la página o páginas con datos biométricos del pasaporte. El pasaporte deberá tener una validez mínima de 1 año y dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expedidos hace más 10 años.

  4. Autorización de residencia. Original y una copia de la autorización expedida por la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.

  5. Certificado de antecedentes penales. Los solicitantes mayores de edad presentarán original y una copia del certificado de antecedentes penales expedido por el país o países de residencia en los últimos 2 años. Adicionalmente, se presentará una declaración responsable de la inexistencia de antecedentes penales de los últimos cinco años. Puede descargar el formulario de declaración responsable pinchando aquí. Se abre en ventana nueva

    En el caso de Canadá, solamente se admitirá el certificado negativo de antecedentes penales emitido por el RCMP que contenga las huellas dactilares del solicitante de visado. Puede encontrar información sobre cómo obtenerlo aquí. Se abre en ventana nueva
    No se aceptarán certificados de antecedentes penales de comisarías de policía locales.
    El Certificado de Antecedentes Penales Canadiense debe estar autenticado con el Certificado de la Apostilla de La Haya y debe ir acompañado de una traducción oficial al español por un traductor jurado/certificado.
    El visado no podrá ser expedido sin el Certificado de antecedentes penales apostillado por Global Affairs CanadaSe abre en ventana nueva, por lo que es recomendable que realice este trámite ante las autoridades canadienses con la suficiente antelación. Se abre en ventana nueva.
    La traducción oficial puede incluir también la traducción de la Apostilla, pero no es necesaria (la traducción no necesita una Apostilla y la Apostilla no necesita una traducción). Puede encontrar un traductor jurado a través de la Asociación de Traductores e Intérpretes de Ontario. Se abre en ventana nueva
    El certificado de antecedentes penales debe haberse emitido dentro de los 6 meses anteriores a la presentación de la solicitud de visado.
    La apostilla debe certificar la firma en el certificado de antecedentes penales y no otras firmas (por ejemplo, no aceptamos apostillas que certifiquen la firma de un notario público que estampa un sello en el certificado de antecedentes penales).
    Si el solicitante ha pasado más de 6 meses (más de 180 días) durante los últimos 5 años en otro país (fuera de Canadá), se debe proporcionar un certificado de antecedentes penales adicional de cada país de residencia. Los certificados de antecedentes penales deben ser autenticados con la Apostilla de La Haya, a menos que sea emitido por un Estado miembro de la UE. Los certificados de antecedentes penales emitidos por una autoridad de la UE no necesitan ser apostillados para ser aceptados. Puede consultar la lista de los países firmantes del Convenio de La Haya (listado de los países firmantes) Se abre en ventana nueva.
    Si el país en el que el solicitante ha vivido en los últimos 5 años no está suscrito al Convenio de La Haya de 1961, el certificado de antecedentes debe ser autenticado por el Ministerio de Asuntos Exteriores del país emisor y posteriormente por el Consulado de España en ese país. El certificado negativo de antecedentes penales debe ir acompañado de una traducción oficial al español (si el original no está escrito en español).

  6. Prueba de la residencia en la demarcación consular. El solicitante de visado deberá acreditar su residencia legal en el país donde se presenta la solicitud. Si el interesado no es ciudadano canadiense deberá aportar documentación acreditativa de su residencia en Canadá (tarjeta de residencia permanente o permiso de trabajo o permiso de estudios con certificado de estudios). La demarcación consular de la Embajada de España en Ottawa comprende únicamente la región de la capital de Canadá (Ottawa y Gatineau). Si usted vive en una localidad distinta a Ottawa o Gatineau, deberá ponerse en contacto con el Consulado General de España en Toronto Se abre en ventana nueva o con el Consulado General de España en MontrealSe abre en ventana nueva, conforme a las demarcaciones de dichos Consulados.

  7. Prueba la identidad y capacidad del representante. Si se solicita el visado a través de representante, se presentará copia del documento de identidad o pasaporte del representante y del poder notarial o documento que acredite la representación. Los originales se mostrarán en el momento de presentar la solicitud.

  8. Abono de la tasa de visado.

    • La tasa de tramitación es de 117,20 CAN $ (año 2024), excepto en los casos en que existan tasas de reciprocidad con otros países, como en el caso de Canadá y EEUU (tramitación para canadienses: 1.365,00 CAN $).
    • Consulte la tabla de tasas consulares para otras nacionalidades.
    • Se aceptará únicamente dinero en efectivo, Money Order o cheque certificado, pagadero a la Embajada de España.
    • En el momento de realizar la solicitud de visado deben abonarse las tasas establecidas, sin que esté prevista su devolución en caso de resultar denegada.

Documentos necesarios para los familiares

Para cada familiar que acompañe al trabajador se presentará:

  • Todos los requisitos mencionados en los apartados 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 8. En su caso, también el 7. Para los menores de edad, la solicitud de visado será firmada por uno de sus progenitores o por el representante debidamente acreditado.

  • Documentos que prueben la relación de parentesco con el trabajador: certificados de nacimiento o matrimonio expedidos por el registro civil, certificado de registro como pareja de hecho o cualquier otro documento que pruebe la relación como pareja no registrada.

  • En el caso de los hijos mayores de edad, documentos que prueben la dependencia económica y el estado civil del hijo.

  • En el caso de los ascendientes, documentos que prueben que están a cargo del trabajador.

Cuando sea necesario para valorar la solicitud, la Oficina Consular podrá solicitar documentos o datos adicionales y también podrá convocar al solicitante a una entrevista personal.

Procedimiento

Esta Oficina Consular es competente para admitir las solicitudes de visado de las personas que residan en la demarcación consular.

  • Sujeto legitimado: La solicitud de visado se presentará personalmente por el interesado, o por uno de sus progenitores, si es menor de edad. También se puede presentar a través de un representante debidamente acreditado.

  • Lugar de presentación: Sera necesario obtener una cita PRESENCIAL para la entrega física de la solicitud. Para solicitar una cita, pulse AQUÍSe abre en ventana nueva. No se admiten las solicitudes on-line.
    La dirección de la embajada es la siguiente:

    	Embajada de España en Ottawa
    	Sección Consular
    	74 Stanley Avenue
    	Ottawa, ON
    	K1M 1P4

  • Justificante de entrega: La Oficina Consular entregará al interesado un resguardo de solicitud con un código que permite verificar el estado de tramitación del expediente a través del enlace: https://sutramiteconsular.maec.esSe abre en ventana nueva

  • Subsanación de la solicitud: La Oficina Consular podrá pedir al solicitante que presente los documentos que falten, o que aporte documentos o datos adicionales que sean necesarios para resolver la solicitud. También podrá convocar al solicitante a una entrevista personal.

  • Plazo para resolver: El plazo legal para tomar una decisión es de 10 días a partir del día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud, pero este plazo se podrá ampliar cuando se soliciten documentos adicionales o la celebración de una entrevista. El plazo de resolución de un visado de residencia por razones de interés económico es solamente de 10 días.

  • Retirada del visado: El visado debe ser retirado personalmente por el interesado o por su representante, sin necesidad de cita, en el plazo máximo de 1 mes, contado a partir del día siguiente a la fecha en que se notifique la resolución favorable. El visado se recogerá en el plazo de un mes desde la notificación de la concesión, cualquier viernes laboral de 9:00 a 13:00 horas.

  • Denegación del visado: En su caso, la denegación del visado se notificará siempre por escrito, expresando los motivos en los que se basa la decisión adoptada.

  • Recursos: En caso de denegación del visado, el solicitante puede presentar un recurso de reposición ante esta Oficina Consular en el plazo de 1 mes a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la denegación. También puede presentar un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de 2 meses a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de denegación del visado o de desestimación del recurso de reposición.

  • Demarcación consular: Si usted vive en una localidad distinta a Ottawa o Gatineau, deberá ponerse en contacto con el Consulado General de España en Toronto Se abre en ventana nueva o con el Consulado General de España en MontrealSe abre en ventana nueva, conforme a las demarcaciones de dichos Consulados

  • Validez del visado: El visado tiene una validez de 1 año o la misma validez que la autorización de residencia concedida, siempre que ésta sea inferior a un año.

    El visado acredita la residencia en España durante su validez, no siendo necesario obtener una Tarjeta de Identidad de Extranjero. No obstante, se puede solicitar esta tarjeta ante la Oficina de Extranjeros o la Comisaría de Policía correspondiente.