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Elecciones al Parlamento de Andalucía de 19 de junio de 2022

El próximo 19 de junio de 2022 se celebrarán elecciones al Parlamento de Andalucía.

29 de abril de 2022

De acuerdo con lo dispuesto en la LOREG, y en relación con la demarcación consular de esta Embajada (Kenia, Uganda y Somalia), podrán votar:

  1. Los españoles residentes en Kenia, Uganda o Somalia en el que estén inscritos en el censo de electores residentes ausentes (CERA) vigente para estas elecciones, cuyo municipio de inscripción a efectos electorales se encuentre en Andalucía.
  2. Los electores españoles residentes en  Andalucía e inscritos en el censo electoral de españoles residentes en España (CER) que temporalmente se hallen en Kenia, Uganda o Somalia.

     

     
  1. ESPAÑOLES RESIDENTES EN KENIA, UGANDA O SOMALIA E INSCRITOS EN EL CERA DE ESTAS ELECCIONES, ESTO ES, INSCRITOS EN ALGÚN MUNICIPIO DE ANDALUCÍA:

     

    El censo electoral vigente para estas elecciones es el cerrado a 1 de febrero de 2022. A este censo se incorporarán las reclamaciones que hayan sido estimadas.  A este respecto, la Embajada de España en Nairobi permanecerá abierta desde el 2 de mayo hasta el 9 de mayo, ambos inclusive, para que los electores puedan consultar el censo electoral, en el siguiente horario:

     

    -2 de mayo: de 09:00 a 12:00.

    -3 a 6 de mayo: de 09:00 a 14:00.

    -7 y 8 de mayo: 9.00 a 12.00.

    -9 de mayo: de 09:00 a 14:00.

     

     

Asimismo, dicha consulta podrá realizarse por vía telemática en la dirección https://sede.ine.gob.es/consulta_electoral_elecciones, en el caso de personas que dispongan de un certificado electrónico reconocido por la sede electrónica del INE. 

Únicamente en ese plazo del 2 al 9 de mayo, ambos inclusive, cualquier persona podrá presentar reclamación dirigida a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral contra su exclusión o inclusión indebida en el censo, así como para actualizar sus datos de inscripción, en caso de que hayan cambiado después del 1 de febrero o sean incorrectos. Estas reclamaciones se podrán realizar sin cita previa en el horario anteriormente descrito. Todas las reclamaciones deberán ir acompañadas de alguno de los siguientes documentos españoles del interesado: fotocopia del DNI, pasaporte o permiso de conducir. La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral resolverá las reclamaciones en un plazo de tres días. Las rectificaciones se expondrán al público en la Embajada el día 13 de mayo.

Solicitud de la documentación electoral

 

Para ejercer el derecho de voto, todo elector, tanto si figura correctamente en las listas de consulta como si formula reclamación, deberá solicitar la documentación electoral mediante impreso oficial debidamente firmado. Este impreso, que se enviará de oficio a los electores inscritos en el CERA, se podrá descargar de la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Una vez firmado, el elector podrá enviarla por Internet si figura en el CERA y no presenta reclamación, por correo postal o por fax (números de fax en el enlace http://www.ine.es/oficina_censo/contactar_oce.htm), a la Delegación Provincial de la OCE correspondiente al municipio de inscripción en el censo vigente para estas elecciones (Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla) no más tarde del día 21 de mayo, adjuntando fotocopia del pasaporte o DNI, expedidos por las autoridades españolas o, en su defecto, certificado de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedidos por su Oficina Consular en el país de residencia.

Para solicitud del voto por internet, además de con certificado electrónico o sistema Cl@ve, se puede solicitar la clave de tramitación telemática (CTT) que posibilita la solicitud del voto a través de la página web del INE. Es decir, primero se deberá solicitar la CTT y luego el voto con esta CTT.

Recibida la solicitud, la Delegación Provincial de la OCE remitirá la documentación electoral a la dirección de la inscripción del elector no más tarde del día 30 de mayo, o del día 7 de junio si hay impugnación de candidatos,, acompañado de una hoja informativa en la que se indica cómo votar.

El elector podrá depositar personalmente el sobre en la urna depositada en la Embajada de España en Nairobi los días 15, 16 y 17 de junio o enviar su voto por correo certificado a la Embajada de España en Nairobi no más tarde del día 14 de junio

Si algún elector del CERA inscrito en un municipio de Andalucía se encontrara temporalmente en España durante estos comicios, podrá solicitar hasta el día 9 de junio el voto por correo sin que ello suponga su baja en el CERA: Para ello, el elector deberá cumplimentar y firmar una solicitud disponible en cualquier oficina de Correos de España y dirigirla a la Delegación Provincial de la OCE de su provincia de inscripción. Recibida la documentación electoral en la dirección en España señalada en la solicitud, el elector enviará su voto por correo certificado a su mesa electoral antes del 16 de junio, es decir, hasta el 15 de junio, incluido.. Estos electores no podrán votar personalmente en la mesa electoral. 

 

  1. ELECTORES ESPAÑOLES RESIDENTES EN  ANDALUCÍA (electores del CER) QUE SE ENCUENTREN TEMPORALMENTE EN KENIA, UGANDA O SOMALIA (ELECTORES ERTA)

Estos electores que se encuentren temporalmente en Kenia, Uganda o Somalia, una vez efectuada la convocatoria electoral y prevean permanecer en esa situación hasta el día de la votación podrán votar desde el exterior cumpliendo los siguientes requisitos: 

  1. Inscribirse como "no residentes" en el Registro de Matrícula Consular de esta Embajada

     

2. Solicitar la documentación electoral a la correspondiente Delegación Provincial de la OCE no más tarde del 21 de mayo, mediante impreso oficial disponible en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.. Este trámite se podrá realizar en la Embajada previa exhibición de DNI o pasaporte español, entregando personalmente la solicitud cumplimentada en la Embajada.  La Delegación Provincial de la OCE remitirá al elector, por correo certificado, a la dirección en el extranjero indicada en su solicitud, la documentación necesaria para poder emitir su voto y la hoja informativa no más tarde del día 30 de mayo, o del día 7 de junio si hubiera impugnación de candidatos. Recibida la documentación, el elector deberá enviar su voto a su mesa electoral en España, por correo certificado, antes del 16 de junio, es decir, hasta el 15 de junio, incluido.

Disponen asimismo de información adicional en las siguientes páginas Web:

www.ine.es

www.juntadeandalucia.es

 

Para cualquier duda, por favor, dirigirse a: emb.nairobi.nac@maec.es