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La Consejería de Empleo y Seguridad Social en México, es una unidad administrativa integrada en la Embajada de España y con dependencia funcional del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Sus funciones principales se refieren a la información a la Administración Española sobre la situación socio-laboral en México y a las relaciones institucionales con las Autoridades, Asociaciones, Patronales, Sindicales y Entes de Participación Social del país.
Igualmente, le corresponde asistir a los emigrantes españoles en orden a la tramitación de pensiones asistenciales por ancianidad; difundir y gestionar los Programas de Ayudas en su favor; orientar sobre el retorno y colocación en España de los emigrantes españoles, y la canalización de los flujos inmigratorios de los extranjeros. Para más información, pulse aquí
Internación como personal técnico o ejecutivo con nómina extranjera.
Supone la posibilidad de entrar sin visado para realizar una actividad profesional de corta duración siempre que esté usted empleado y retribuido fuera de México y pueda acreditarlo a su entrada si se lo solicitan los agentes de inmigración. Por ejemplo, sería el caso de un trabajador de una empresa española, retribuido en España, que viaje a México para negociar un contrato con empresas mexicanas, para colaborar en la construcción de una planta en la que haya invertido la empresa española que le retribuye, etc.). En caso de duda, consulte antes de viajar con la Embajada o el Consulado de México.
En ese caso, se entra en México con la condición de visitante sin autorización para realizar actividades remuneradas y el límite máximo de la permanencia en México es de 180 días.
Para realizar actividades remuneradas en México SIEMPRE es necesario visado. La obtención de visado por oferta de empleo se encuentra sujeta a un sistema de cuotas.
Requisitos para la obtención del permiso de trabajo en México