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Se recomienda NO viajar a Sudán en ninguna circunstancia

Elecciones a la Asamblea de Madrid (4 de mayo de 2021)

¿Cómo votar desde Sudán, Sudán del Sur o Eritrea?

15 de marzo de 2021
El próximo 4 de mayo de 2021 se celebrarán elecciones a la Asamblea de Madrid, según convocatoria publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 59, por Decreto 15/2021, de 10 de marzo, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), podrán votar desde el exterior:

A)    Los españoles residentes en el extranjero que estén inscritos en el censo de electores residentes ausentes (CERA) vigente para estas elecciones, cuyo municipio de inscripción a efectos electorales se encuentre en la Comunidad de Madrid.

B)    Los electores españoles residentes en dicha Comunidad Autónoma e inscritos en el censo electoral de españoles residentes en España (CER) que temporalmente se hallen en el extranjero. 


ESPAÑOLES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO INSCRITOS EN EL CERA VIGENTE PARA ESTAS ELECCIONES, ESTO ES INSCRITOS EN ALGÚN MUNICIPIO DE LA COMUNIDAD DE MADRID:

El censo electoral vigente para estas elecciones es el cerrado a 1 de enero de 2021 (Art. 39 de la LOREG). A este censo se incorporarán las reclamaciones que hayan sido estimadas.

Las listas del Censo Electoral para estas elecciones permanecerán expuestas en la Sección Consular de la Embajada de España en Jartum durante los días 17 a 24 de marzo, ambos inclusive, en el horario siguiente:
  • Del 17 al 18 de marzo: entre las 09:00 y las 16:00 horas.
  • Del 19 al 20 de marzo: entre las 10:00 y las 12:00 horas.
  • Del 21 al 24 de marzo: entre las 09:00 y las 16:00 horas.
Asimismo, dicha consulta podrá realizarse por vía telemática en este enlace, en el caso de aquellas personas que dispongan de un certificado electrónico reconocido por la sede electrónica del INE, como por ejemplo un DNI electrónico.

Únicamente dentro de dicho plazo, durante los días 17 a 24 de marzo, ambos inclusive, cualquier persona podrá presentar la oportuna reclamación dirigida a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral contra su exclusión o inclusión indebida en el censo, así como actualizar sus datos de inscripción en caso de que hayan cambiado o sean incorrectos. Todas las reclamaciones deberán ir acompañadas de una fotocopia del DNI o del pasaporte o del permiso de conducir español.

Además de la reclamación presentada, el interesado deberá enviar por sí mismo su solicitud de documentación electoral a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente de la manera y en el plazo que se señalan a continuación.

Solicitud de la documentación electoral:

Para ejercer el derecho de voto, todo elector, tanto si figura correctamente en las listas de consulta como si formula reclamación, deberá solicitar la documentación electoral mediante impreso oficial debidamente firmado. Este impreso de solicitud se enviará de oficio a los electores inscritos en el CERA. También puede descargarse en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Una vez firmada la solicitud, el elector podrá enviarla por Internet (sólo si ya figura en el CERA vigente en la fecha de la convocatoria y no presenta reclamación), por correo postal, o por fax (los números de fax se encuentran disponibles en este enlace), a la Delegación Provincial de la OCE de Madrid, no más tarde del día 5 de abril, adjuntando fotocopia del pasaporte o DNI, expedidos por las autoridades españolas o, en su defecto, certificado de nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedidos por la Embajada de España en Jartum.

Para la solicitud del voto por internet, además de con certificado electrónico o Sistema Cl@ve, en este proceso se ha añadido la opción de solicitar la CTT (clave de tramitación telemática que posibilita la solicitud del voto) a través de la página web del INE, sin necesidad de esperar a recibir la carta que envía la OCE con el impreso oficial de solicitud, y que lleva impresa esa misma CTT. 

Con su identificador (DNI o Pasaporte español) o con el resto de los datos (nombre, apellidos y fecha de nacimiento, si no tuviera ninguno de esos documentos) y en este enlace, el elector podrá consultar su CTT y utilizar esta clave para solicitar el voto por internet.

Una vez tenga el elector su CTT, accederá al menú “Solicitud de voto CERA” de la misma web del INE y podrá solicitar su voto en la opción “Acceso con CTT”, sin necesidad de acceso a @clave. Por lo tanto, son dos trámites separados: solicitud de CTT y solicitud de voto con esta CTT.

Recibida la solicitud, la Delegación Provincial de la OCE remitirá la documentación electoral a la dirección de la inscripción del elector, acompañada de una hoja informativa en la que se indica cómo votar (art. 75.3 LOREG).

De acuerdo con las instrucciones de la Oficina del Censo Electoral, se recuerda que son los propios electores CERA y no las Oficinas Consulares quienes deberán enviar sus solicitudes de documentación electoral a las Delegación Provincial de la OCE.

Modalidades para ejercer el derecho de sufragio:

Una vez recibida la documentación para votar, el elector dispone de las siguientes opciones:

a)      Depositar personalmente el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial, incluyendo el sobre de votación cerrado y la documentación indicada en la hoja informativa, en la urna de la Sección Consular de la Embajada de España en Jartum durante los días 30 de abril, 1 y 2 de mayo.

b)      Enviar su voto por correo certificado a la Sección Consular de la Embajada de España en Jartum, no más tarde del día 29 de abril.

Por otra parte, si algún elector del CERA inscrito en Madrid se encontrara temporalmente en España durante estos comicios, podrá solicitar el voto por correo a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el día 24 de abril, sin que ello suponga su baja en el CERA. Para ello, el elector deberá cumplimentar y firmar una solicitud disponible en cualquier oficina de Correos de España y dirigirla a la Delegación Provincial de la OCE de Madrid.

Recibida la documentación electoral en España señalada en su solicitud, el elector enviará su voto por correo certificado a su mesa electoral por correo certificado no más tarde del 30 de abril (art. 72 y 73 LOREG). Estos electores no podrán votar personalmente en la mesa electoral.


ELECTORES ESPAÑOLES RESIDENTES EN LA COMUNIDAD DE MADRID (ELECTORES DEL CER) QUE SE ENCUENTREN TEMPORALMENTE EN EL EXTRANJERO (ERTA):

Estos electores que, una vez efectuada la convocatoria electoral, se encuentren temporalmente en el extranjero y prevean permanecer en esa situación hasta el día de la votación, podrán votar desde el exterior en estas elecciones.

Para ello, deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. Inscribirse como "no residente" en el Registro de Matrícula Consular de la Sección Consular de la Embajada de España en Jartum, si aún no lo estuvieran.

2. Solicitar la documentación electoral a la Delegación Provincial de la OCE en cuyo censo esté inscrito, no más tarde del día 5 de abril, mediante impreso oficial disponible en la página web del MAUC, que consta de un ejemplar para la Delegación Provincial de la OCE y otro para el interesado. El elector, previa identificación mediante la exhibición de su DNI o pasaporte español, deberá entregar personalmente su solicitud cumplimentada en la Sección Consular de la Embajada de España en Jartum. A efectos electorales, el horario de atención al público será de domingo a jueves entre las 09:00 y las 16:00 horas.

Asimismo, la Sección Consular de la Embajada de España en Jartum permanecerá abierta del 1 al 4 de abril entre las 10:00 y las 12:00 horas, para tal fin.
La Delegación Provincial de la OCE remitirá al elector, a la dirección indicada en su solicitud, por correo certificado, la documentación necesaria para poder emitir su voto y la hoja informativa.

Recibida la documentación, el elector deberá enviar su voto a su mesa electoral en España, por correo certificado, no más tarde del día 30 de abril.

Para más información sobre el proceso electoral, por favor diríjase a:

Embajada de España en Jartum
Ctra. Feria Internacional de Jartum (Sharia’ Al-maraad) Edificio 1, Bloque 7/A
Burri El Daraisa
P.O. BOX 274 Jartum

Teléfonos: (+249) 183 76 36 39 / (+249) 183 26 98 91
Correo Electrónico: emb.jartum@maec.es