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Servicios consulares

Pasaportes - Menores de edad y personas incapacitadas

Presencia física

La presencia física del menor de edad o persona incapacitada ante la Oficina Consular es obligatoria en todos los casos.

Los menores de 12 años tienen la posibilidad de realizar esta comparecencia ante los Vicecónsules Honorarios en Ciudad Ho Chi Minh y Da Nang debido a que no es obligatorio tomar sus huellas dactilares.

Se debe solicitar cita previa a través de las siguientes direcciones de correo electrónico dependiendo del órgano ante cual se realiza la comparecencia: emb.hanoi.vis@maec.es (Embajada); ch.hochiminh@maec.es (Viceconsulado Honorario en Ciudad Ho Chi Minh) o ch.danang@maec.es (Viceconsulado Honorario en Da Nang).

Documentos adicionales a aportar (además de los ya mencionados en el apartado “Requisitos para obtener un pasaporte”):

En el caso de menores de edad:

  • Libro de familia o certificado de nacimiento del menor.
  • Documento de identidad o pasaporte de los progenitores comparecientes.

En el caso de personas incapacitadas:

  • Documento de constitución de la tutela. Los documentos no españoles deberán ser debidamente legalizados y traducidos al español (en caso de que no estén redactados en este idioma)
  • Documento de identidad o pasaporte de los tutores comparecientes
  • Si la tutela la asume un organismo público, autorización expedida por el órgano competente. Los documentos no españoles deberán ser debidamente legalizados y traducidos al español (en caso de que no estén redactados en este idioma)
  • En este último caso, además, documento de identidad o pasaporte de la persona que acompañe a la persona incapacitada.

Presencia física de los progenitores o tutores

Los menores de edad y las personas incapacitadas deben acudir acompañados por todos sus progenitores o tutores, quienes deberán autorizar expresamente la expedición del pasaporte, firmando el impreso correspondiente.

Si alguno de los progenitores o tutores no puede comparecer personalmente, se presentará alguno de los siguientes documentos:

  • Documento original de la autorización otorgada por el progenitor o tutor ausente.
  • Sentencia o auto judicial que autorice la solicitud del pasaporte o que atribuya la patria potestad, o su ejercicio, en exclusiva, a uno solo de los progenitores*. Los documentos no españoles deberán ser debidamente legalizados y traducidos al español (en caso de que no estén redactados en este idioma)
  • Certificado de fallecimiento del progenitor o tutor ausente, en su caso. Los documentos no españoles deberán ser debidamente legalizados y traducidos al español (en caso de que no estén redactados en este idioma)

* NOTA: La sentencia que atribuya la guardia y custodia del menor a uno de los progenitores no es suficiente para solicitar el pasaporte de un menor sin la autorización expresa de ambos progenitores.

Autorización de un progenitor o tutor

La autorización se podrá otorgar:

  • Ante una Oficina Consular española en el extranjero, ya sea de carrera u honoraria.
  • Ante la Policía española.
  • Ante notario público.
  • Ante Notario vietnamita. Los documentos no españoles deberán ser debidamente legalizados y traducidos al español (en caso de que no estén redactados en este idioma)


    Si desea realizar la prestación del consentimiento paterno/materno para la expedición de pasaporte a favor de sus hijos menores de edad en una de las Oficinas de Viceconsulado Honorario en Ciudad Ho Chi Minh o Da Nang, debe imprimir el formulario que corresponda en cada caso (en HCMC o en Da Nang) y pegar una foto del menor en el formulario; comparecencia por parte de ambos, o de un sólo progenitor/tutor) en los siguientes enlaces:

    1. VICECONSULADO HONORARIO EN HO CHI MINH: FORMULARIO PARA AMBOS PROGENITORES/TUTORESSe abre en ventana nueva
    2. VICECONSULADO HONORARIO EN HO CHI MINH: FORMULARIO PARA UN SÓLO PROGENITOR/TUTORSe abre en ventana nueva
    3. VICECONSULADO HONORARIO EN DA NANG: FORMULARIO PARA AMBOS PROGENITORES/TUTORES Se abre en ventana nueva
    4. VICECONSULADO HONORARIO EN DA NANG: FORMULARIO PARA UN SÓLO PROGENITOR/TUTOR Se abre en ventana nueva

    Una vez imprimido el formulario (según sea el caso), debe cumplimentarlo en su totalidad pero dejando en blanco la parte de las firmas . Recuerde por favor que debe pegar una foto del menor en este formulario. Posteriormente, debe solicitar una cita previa con el Vicecónsul Honorario correspondiente (en HCMC: ch.hochiminh@maec.es o en Da Nang: ch.danang@maec.es) y acudir a la cita con el formulario impreso y cumplimentado, junto con los originales y fotocopias de sus documentos identificativos (DNI/pasaportes) y otros de interés (i.e. certificacación literal de nacimiento del menor, en su caso).


    NOTA ESPECIAL PARA LA TRAMITACIÓN DE PASAPORTES DE MENORES DE 12 AÑOS:

    Como los menores de 12 años están exentos de la toma de huellas dactilares, se podría tramitar sus pasaportes “a distancia”, siguiendo el procedimiento que se describe a continuación:

    1. Solicitar cita previa en uno de los Viceconsulados Honorarios en Ciudad Ho Chi Minh (ch.hochiminh@maec.es) o en Da Nang (ch.danang@maec.es) para>:

  • la identificación del menor cuyo pasaporte se pretende renovar, así como la de sus padres, mediante sus respectivos pasaportes/DNIs y pruebas de parentesco
  • la correspondiente autorización paterna para la expedición de pasaporte a otorgarse por ambos padres (se ruega descargar e imprimir el formulario de autorización según cada caso – vea por favor el apartado de Autorización de un progenitor o tutor arriba)
  • El Vicecónsul Honorario pondrá el sello de su oficina y la fecha de comparecencia sobre las fotocopias de pasaporte/DNIs y firmará junto con los padres el formulario de autorización paterna. Dicho formulario llevará igualmente el sello del Viceconsulado Honorario.

    2. Ingresar en la cuenta bancaria de la Embajada el importe correspondiente a la tasa de expedición de pasaporte:

    El importe vigente a día de hoy correspondiente a la tasa debe consultarse en la Tabla de Tasas ConsularesSe abre en ventana nueva (concepto número 13). No olvide que todos los gastos y comisiones que devengue dicho ingreso serán por su cuenta, y que en caso de figurar en el recibo del ingreso, deberán constar por separado y claramente identificados los importes correspondientes a la tasa por un lado, y aquéllos debidos a gastos o comisiones por otro. Tenga en cuenta que las tasas consulares pueden ser objeto de actualizaciones, normalmente trimestrales.

    Datos para el ingreso:

    Titular: EMBASSY OF SPAIN IN VIETNAM

    Dirección: 4 Le Hong Phong St., Ba Dinh, Hanoi, Vietnam

    Nº de cuenta: 700-009-656766 (VND)

    Banco: Shinhan Bank Vietnam - Hoan Kiem Branch

    Swift code: SHBKVNVXXXX

    CITAD: 01616002

    En el “concepto” del recibo deberá figurar el siguiente texto: (nombre menor)/Passport renewal

    Por motivos de organización de contabilidad, rogamos evite realizar la transferencia del pago de la tasa en el último día del mes. Igualmente, es conveniente que la remisión de la documentación de solicitud se efectúe inmediatamente después del pago de la tasa correspondiente.

    3. Una vez ingresada la tasa en la cuenta bancaria, enviar a esta Embajada un sobre con la documentación de solicitud por correo postal a la dirección que figura en el pie de firma del presente correo. En el sobre se debe consignar claramente la siguiente leyenda: “solicitud de pasaporte de (nombre del menor de edad)”

    a. Si el menor de edad no está inscrito todavía en el Registro de Matrícula Consular de nuestra Embajada, debe remitir la documentación de solicitud para este trámite siguiendo las indicaciones contenidas aquíSe abre en ventana nueva

    b. Documentación de solicitud de pasaporte (en todo caso) :

  • Formulario de solicitud de pasaporteSe abre en ventana nueva. Recuerde por favor de pegar una fotoen este formulario
  • 3 fotos tipo pasaporte
  • Justificante del pago de la tasa de expedición de pasaporte
  • Autorización paterna para la expedición del pasaporte del menor (con foto del menor pegada en el formulario y sello y firma del Viceconsulado Honorario)
  • Fotocopias de pasaportes/DNIs del menor y de sus padres (con sello del Viceconsulado Honorario e indicación de la fecha de la comparecencia)

Huellas dactilares y firma

En la tramitación de los pasaportes a menores de edad, se tomarán las huellas dactilares a partir de los 12 años.

Los menores de edad y personas incapacitadas firmarán siempre que puedan hacerlo. En el caso de los menores, deberán firmar a partir de los 14 años.