Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para su funcionamiento, mantener la sesión y personalizar la experiencia del usuario. Más información en nuestra política de Cookies

Formulario del buscador de los servicios consulares

Servicios consulares

Divorcios

Los Cónsules no son competentes para autorizar una escritura pública de divorcio.

Los españoles que quieran divorciarse en el extranjero deben acudir a las autoridades locales.

Inscripción de sentencia de divorcio extranjera

La sentencia de divorcio dictada por un juez o tribunal extranjero sólo produce plenos efectos civiles si se inscribe al margen de la inscripción del matrimonio en el Registro Civil español.

Por regla general, las sentencias extranjeras de divorcio tienen que ser reconocidas por un juez español mediante un procedimiento de “exequatur”. El exequatur se solicita ante el Juez de Primera Instancia e Instrucción en España. Para ello, es necesario contratar los servicios de abogado y procurador.

Documentos necesarios

Los documentos extranjeros deben estar legalizados o apostillados y, en su caso, traducidos oficialmente al castellano

  1. Solicitud firmada por el interesado, dirigida al Registro Civil español en el que conste inscrito el matrimonio.
  2. Sentencia de divorcio con su diligencia o sello de haber adquirido firmeza, expedida por el juzgado español que la dictó + una copia simple para efecto de archivo
  3. Certificado literal de matrimonio expedido por el Registro Civil español. Este certificado no será necesario si el matrimonio está inscrito en esta Oficina Consular.
  4. Libro de familia, si se tiene.
  5. Copia del DNI o pasaporte del solicitante.

Procedimiento

  1. A continuación se explicará el procedimiento para solicitar la inscripción de la sentencia de divorcio, plazo medio de gestión y forma de entrega.
  2. Si su matrimonio se celebró en la demarcación de esta Oficina Consular y lo ha inscrito en el libro de registro de matrimonio de esta Oficina, puede solicitar la inscripción de su divorcio en nuestro libro de registro de matrimonios de esta Oficina una vez que tenga la sentencia de divorcio con su diligencia o sello de haber adquirido firmeza expedida por el juzgado español que la dictó.
  3. La documentación requerida puede ser remitida por correo postal a esta Oficina Consular indicando un número de teléfono y un correo electrónico o entregada personalmente en la Embajada mediante solicitud de cita previa a través del correo electrónico emb.hanoi.rgc@maec.es
  4. En caso de requerirse alguna documentación adicional, se le solicitará por el correo electrónico.
  5. Si no puede recoger los documentos personalmente en esta Embajada, puede Vd. proceder a la contratación del servicio de una mensajería para que venga a la Embajada a recogerlos y enviárselos a su dirección personal, debiendo Vd. cumplimentar previamente el formulario de albarán para el envío y asumir asimismo los gastos del mismo (envío a portes debidos). En dicho caso, rogamos nos adelante por esta vía el nombre de la empresa de mensajería contratada.