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Servicios consulares

Plazos para votar

En estos momentos se encuentran convocadas elecciones al Parlamento Vasco para el 21 de abril de 2024 y elecciones al Parlamento de Cataluña para el 12 de mayo de 2024 y elecciones al Parlamento Europeo para el 9 de junio de 2024.

ELECCIONES AL PARLAMENTO VASCO – 21 ABRIL 2024

El 27 de febrero de 2024 fueron convocadas elecciones al Parlamento Vasco, que se celebrarán el próximo 21 de abril de 2024. Usted podrá votar, según tenga la condición de residente o no residente, dentro de los siguientes plazos:

  1. Residentes en la demarcación consular (voto CERA)
  2. Si usted consta de alta como residente en la demarcación consular y figura inscrito a efectos electorales en el censo de españoles residentes ausentes (CERA) de estas elecciones, esto es, inscrito en algún municipio del País Vasco, podrá participar en las elecciones al Parlamento Vasco, votando por correo o depositando su voto en urna dentro de los siguientes plazos:

    1. Podrá remitir su voto por correo postal a la Oficina Consular no más tarde del 16 de abril de 2024. No serán válidos los sobres recibidos antes de la proclamación definitiva de candidaturas.
    2. Podrá depositar su voto del 13 al 18 de abril de 2024, ambos incluidos, en:
      • Embajada de España en Brasilia: podrán depositar su voto del 13 al 18 de abril, ambos incluidos, en la Embajada, situada en Asa Sul - SES 811, con horario de 10:00 a 13:00 (sábado 13 y domingo 14 de abril) y de 09:00 a 19:00 (lunes 15, martes 16, miércoles 17 y jueves 18 de abril).
      • Para aquellos que residan fuera de esta demarcación consular, consulte las páginas web de los Consulados Generales de São Paulo, Río de Janeiro, Salvador o Porto Alegre.
  3. No residentes en la demarcación consular (voto ERTA)
  4. Si usted se encuentra temporalmente en el extranjero, está empadronado en España en algún municipio del País Vasco y figura en el censo electoral de residentes en España (CER) podrá participar en las elecciones al Parlamento Vasco. Para poder votar desde el exterior (voto ERTA), deberá constar inscrito en la Oficina Consular como no residente y solicitar la documentación electoral mediante la presentación del impreso en la Oficina Consular (impreso oficialSe abre en ventana nueva), no más tarde del 23 de marzo de 2024. Ambos trámites podrán realizarse simultáneamente. Una vez recibida la documentación de la Delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral, deberá enviar su voto por correo certificado a la mesa electoral que corresponda en España, no más tarde del 17 de abril de 2024.

ELECCIONES AL PARLAMENTO DE CATALUÑA – 12 MAYO 2024

El 19 de marzo de 2024 fueron convocadas elecciones al Parlamento de Cataluña, que se celebrarán el próximo 12 de mayo de 2024. Usted podrá votar, según tenga la condición de residente o no residente, dentro de los siguientes plazos:

  1. Residentes en la demarcación consular (voto CERA)
  2. Si usted consta de alta como residente en la demarcación consular y figura inscrito a efectos electorales en el censo de españoles residentes ausentes (CERA) de estas elecciones, esto es, inscrito en algún municipio de Cataluña, podrá participar en las elecciones al Parlamento de Cataluña, votando por correo o depositando su voto en urna dentro de los siguientes plazos:

    1. Podrá remitir su voto por correo postal a la Oficina Consular no más tarde del 7 de mayo de 2024. No serán válidos los sobres recibidos antes de la proclamación definitiva de candidaturas.
    2. Podrá depositar su voto del 4 al 9 de mayo de 2024, ambos incluidos, en:
      • Embajada de España en Brasilia:, podrán depositar su voto del 4 al 9 de mayo, ambos incluidos, en la Embajada, situada en Asa Sul - SES 811, con horario de 10:00 a 13:00 (sábado 4 y domingo 5 de mayo) y de 09:00 a 19:00 (lunes 6, martes 7, miércoles 8 y jueves 9 de mayo).
      • Para aquellos que residan fuera de esta demarcación consular, consulte las páginas web de los Consulados Generales de São Paulo, Río de Janeiro, Salvador o Porto Alegre.
  3. No residentes en la demarcación consular (voto ERTA)
  4. Si usted se encuentra temporalmente en el extranjero, está empadronado en España en algún municipio de Cataluña y figura en el censo electoral de residentes en España (CER) podrá participar en las elecciones al Parlamento de Cataluña. Para poder votar desde el exterior (voto ERTA), deberá constar inscrito en la Oficina Consular como no residente y solicitar la documentación electoral mediante la presentación del impreso en la Oficina Consular (enlace a impreso)Se abre en ventana nueva, no más tarde del 13 de abril de 2024. Ambos trámites podrán realizarse simultáneamente. Una vez recibida la documentación de la Delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral, deberá enviar su voto por correo certificado a la mesa electoral que corresponda en España, no más tarde del 8 de mayo de 2024.

ELECCIONES AL PARLAMENTO EUROPEO – 9 JUNIO 2024

El 16 de abril de 2024 fueron convocadas elecciones al Parlamento Europeo, que se celebrarán el próximo 9 de junio de 2024. Usted podrá votar, si se encuentra en alguno de los supuestos siguientes, dentro de los plazos previstos:

  1. Españoles residentes en la demarcación consular (voto CERA)
  2. Si usted consta de alta como residente en la demarcación consular y figura inscrito a efectos electorales en el censo de españoles residentes ausentes (CERA) de estas elecciones, podrá participar en las elecciones al Parlamento Europeo, votando por correo o depositando su voto en urna dentro de los siguientes plazos:

    1. 1. Podrá remitir su voto por correo postal a la Oficina Consular no más tarde del 4 de junio de 2024. No serán válidos los sobres recibidos antes de la proclamación definitiva de candidaturas.
    2. Podrá depositar su voto del 1 al 6 de junio de 2024, ambos incluidos, en:
  3. Españoles no residentes en la demarcación consular (voto ERTA)
  4. Si usted se encuentra temporalmente en el extranjero y figura en el censo electoral de residentes en España (CER) podrá participar en las elecciones al Parlamento Europeo. Para poder votar desde el exterior (voto ERTA), deberá constar inscrito en la Oficina Consular como no residente y solicitar la documentación electoral mediante la presentación del impreso en la Oficina Consular (impreso oficial)Se abre en ventana nueva, no más tarde del 11 de mayo de 2024. Ambos trámites podrán realizarse simultáneamente. Una vez recibida la documentación de la Delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral, deberá enviar su voto por correo certificado a la mesa electoral que corresponda en España, no más tarde del 5 de junio de 2024.

  5. Ciudadanos de la Unión Europea, residentes en España e inscritos en nuestro país para estas elecciones, que se encuentren temporalmente en el extranjero
  6. Si usted se encuentra temporalmente en el extranjero y figura inscrito en nuestro país para estas elecciones, para poder votar desde el exterior deberá constar inscrito en el Registro Consular de Extranjeros y solicitar la documentación electoral mediante la presentación del impreso en la Oficina Consular (impreso oficial)Se abre en ventana nueva, no más tarde del 11 de mayo de 2024. Ambos trámites podrán realizarse simultáneamente. Una vez recibida la documentación de la Delegación provincial de la Oficina del Censo Electoral, deberá enviar su voto por correo certificado a la mesa electoral que corresponda en España, no más tarde del 5 de junio de 2024.