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Acceso a España de parejas de españoles y otros ciudadanos de la UE

30 de septiembre de 2020
Los ciudadanos brasileños que sean cónyuges o parejas de hecho registradas de españoles y otros ciudadanos de la UE tienen derecho de entrada en España a pesar de las restricciones derivadas de la COVID19. Podrán acreditarlo con certificados de matrimonio o pareja de hecho (apostillados si no fueran emitidos por un Estado de la Unión Europea) o con el libro de familia español.

Si usted es pareja estable de español u otro ciudadano de la UE con más de un año de convivencia pero no lo ha registrado y desea entrar en España para estar junto a su pareja, podrá viajar siempre y cuando acredite su relación. Para ello deberá contactar con la Embajada de España en Brasil o Consulado General que le corresponda (vea aquí la oficina consular que le corresponde y sus datos de contacto) y probar los siguientes puntos:

1) Que usted viaja con el ciudadano comunitario o va a reunirse con él. Puede probarlo con billetes de avión conjuntos, acta de manifestaciones ante notario de su pareja u otros medios que acrediten que van a estar juntos.

2) Que su relación es estable. Se entenderá la existencia de este vínculo si se acredita un tiempo de convivencia marital de, al menos, un año continuado, salvo que tuvieran descendencia en común, en cuyo caso bastará la acreditación de convivencia estable debidamente probada. Puede probarlo con documentos brasileños apostillados de los cuales se pueda desprender la existencia del vínculo duradero, documentos de autoridades u organismos españoles (acreditación de cita para contraer matrimonio en España, inscripción en el padrón, etc.) o contratos de alquiler conjuntos, titularidad conjunta de cuentas bancarias, facturas conjuntas, titularidad de bienes en común, invitaciones a eventos familiares como bodas u otros.

La documentación puede ser enviada escaneada por correo electrónico para un primer análisis, tras lo que le podrán ser requeridos los documentos originales y una entrevista personal. Si la valoración es positiva, esta Sección Consular expedirá un certificado que acredite que usted tiene una relación análoga a la pareja de hecho, con la que podrá embarcar en un avión con dirección a España. No obstante, la decisión final sobre el cumplimiento de los requisitos la tendrán las autoridades migratorias en el control de entrada.