La obtención del DNI es obligatoria para todos los españoles mayores de catorce años, salvo que residan en el extranjero y siempre que no se trasladen a España por un tiempo superior a seis meses. Eso no impide que se pueda solicitar el DNI, voluntariamente, desde la inscripción del menor en el Registro Civil.
El DNI sólo se puede solicitar o renovar en España (no en la Embajada). Sin embargo, es muy probable que necesite algún documento expedido por la Embajada para llevar a cabo este trámite en España, por lo que le recomendamos que lea con detenimiento la siguiente información del ministerio del Interior.