En las misiones diplomáticas en el extranjero no es posible la renovación de permiso de condiducir, no obstante, los titulares de permisos de conducción expedidos en España que en la fecha de vencimiento de su vigencia se encuentren en el extranjero, bien en otro Estado miembro de la Unión Europea, o en un Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo en los que no haya adquirido la residencia normal, o bien en un país tercero, podrán solicitar la prórroga de su vigencia en cualquier Jefatura Provincial de Tráfico, en la forma y con los requisitos que se indican:
El solicitante deberá estar inscrito en el Registro de Matrícula Consular de esta embajada para poder proceder a la tramitación del carnet o, en caso de no tener nacionalidad española, deberá presentar tarjeta de residencia legal en Macedonia del Norte.
- A continuación se detalla los documentos que ha de presentar en este Consulado para la tramitación de la Renovación del Permiso de Conducir:
- Permiso de conducir y fotocopia del mismo.
- Pasaporte español o DNI y fotocopia del mismo.
- El impreso de solicitud de renovación del permiso de conducir “Talón-Foto” se le entregará para rellenarlo el día que presente sus documentos en la Embajada.
- Una fotografía de 32X26 mm; en color, con fondo liso ni muy claro ni muy oscuro, tomada de frente con la cabeza descubierta, sin gafas de cristales oscuros o cualquier prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona, que será utilizada para el impreso talón-foto.
- Informe de aptitud psicofísica, que será expedido por un médico de Macedonia del Norte, debiendo especificar que el solicitante es apto para la conducción. El citado Informe deberá tener adherido una fotografía del solicitante con las mismas características mencionadas en el apartado anterior. Es muy importante que el médico ponga su firma por encima de la fotografía e incluya su número de licencia profesional. Asimismo el informe médico deberá ir acompañado de su traducción al castellano.
- La tasa actual de renovación (Pago de tasas) y el pago se realizará mediante la aplicación de pago de tasas o transferencia bancaria a la cuenta corriente que se indica, abierta exclusivamente a nombre de la Jefatura Central de Tráfico para el pago de renovaciones de permisos desde el extranjero) y el pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente que se indica, abierta exclusivamente a nombre de la Jefatura Central de Tráfico para el pago de renovaciones de permisos desde el extranjero:
- C.C. 2100 5731 76 0200204028
- IBAN: ES29 2100 5731 7602 0020 4028
- SWIFT: CAIXESBBXXX
- La transferencia se hará de forma que en la cuenta se reciba el importe exacto en EUROS correspondiente a la tarifa de la tasa, por lo que todos los gastos que conlleve la transferencia serán por cuenta del interesado. Se hará constar en el concepto de la transferencia, y en el orden que se indica el siguiente texto:
- DNI
- Apellidos y nombre
- Tasa renovación permiso de conducir.
- ES MUY IMPORTANTE CUMPLIMENTAR ESTOS REQUISITOS PARA PODER IDENTIFICAR LA PROCEDENCIA DEL INGRESO Y ASÍ APLICAR LA TASA Y REALIZAR LA RENOVACIÓN SOLICITADA.
- Debe presentar el comprobante del pago de dicha transferencia cuando se persone en el Consulado.
La duración de todo el trámite puede tardar de uno a dos meses aproximadamente, ya que depende de la Jefatura Provincial de Tráfico correspondiente.
Cuando se reciba en la embajada el permiso de conducir se le notificará telefónicamente.
La regulación del proceso puede verse en el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.