Los ciudadanos españoles inscritos en el Registro de Matricula Consular (RMC) de españoles residentes en Cabo Verde en la Embajada de España tendrán derecho a la expedición y renovación del pasaporte español.
Aunque el pasaporte debe tramitarse en el lugar de residencia, los ciudadanos españoles transeúntes en Cabo Verde podrán solicitar la expedición de pasaporte en la Sección Consular de Praia en caso de:
- Pérdida o hurto
- Caducidad
- Deterioro
- Carencia de páginas libres
Para su expedición, el solicitante deberá presentar uno de los siguientes documentos: el DNI original en vigor, el pasaporte a remplazar o una certificación literal de nacimiento. En caso de que no posea ninguno de dichos documentos, la oficina consular consultará a las autoridades competentes en España y una vez verificada su identidad y nacionalidad española expedirá el pasaporte, pudiendo limitar su vigencia a tres meses.
En las solicitudes de expedición de pasaporte para menores de edad y para personas incapacitadas, deberá constar el consentimiento expreso de quien ejerza la patria potestad o tutela.
Para regresar a España, la oficina consular podrá expedir en caso de urgencia un salvoconducto válido únicamente para regresar a España (no para viajar a terceros países). La solicitud de salvoconducto es obligatoriamente presencial y el solicitante deberá aportar DNI original en vigor, copia del pasaporte y billete de avión. En caso de no tener DNI o copia del pasaporte, la oficina consular procederá a consultar a las autoridades competentes en España. La expedición del salvoconducto es gratuita.
Nota Importante:
Tras la entrada en vigor del Real Decreto 411/2014, de seis de junio, por el que se modifica el RD 896/2003, de 11 de julio, La obtención de pasaporte por aquellos ciudadanos sujetos a patria potestad o a tutela estará condicionada al consentimiento expreso, de todas las personas u órgano que tenga asignado su ejercicio, en defecto de ésta, del órgano judicial competente.
El menor ha de ir siempre acompañado de la persona que ejerza la patria potestad o la tutela. Esta persona ha de acreditar tanto su identidad (con el DNI los españoles o con la tarjeta de residente o pasaporte los extranjeros), como la relación de parentesco o asignación de la tutela con la presentación de la partida literal de nacimiento, libro de familia, resolución judicial o administrativa que atribuya dicha condición o cualquier otro documento público que garantice la cualidad de tutor o titular de la patria potestad.
Para los países de la Unión Europea y aquellos con los que España tenga suscrito un convenio, se podrá viajar con el DNI en vigor.
Documentación requerida para Pasaportes
Junto con la solicitud de pasaporte en el formulario facilitado por la Oficina Consular, se presentará una fotografía tamaño 32 X26 milímetros, con fondo uniforme blanco y liso, tomada de frente y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir la identificación de la persona.
La Certificación literal de nacimiento tendrá que haber sido expedida con una antelación de seis meses, y su presentación será preceptiva cuando existan dudas sobre la nacionalidad del solicitante. La Certificación literal debe contener la anotación que se ha emitido a los solos efectos de la obtención de este documento.
Para la solicitud de expedición del pasaporte ordinario será imprescindible la presencia física de la persona en la Sección Consular de Praia, en cuyo Registro de Matrícula Consular debe estar inscrito.
En caso de extravío o hurto del pasaporte anterior deberá realizarse una declaración firmada ante la Oficina Consular. Los titulares de pasaporte tienen la obligación de conservar el mismo con la debida diligencia. Deben denunciar su robo o pérdida ante la policía local de forma inmediata. La copia de la denuncia deberá ser presentada obligatoriamente en el momento de la solicitud.
Los pasaportes se expiden únicamente en España. El plazo de entrega es de 15 días naturales, aproximadamente. La Sección Consular se pondrá en contacto con el interesado para comunicarle su llegada y entrega. Se recomienda no cerrar el viaje hasta que se tenga en mano el pasaporte, pues la Embajada no se responsabiliza de su entrega en el plazo señalado.
Si el interesado es menor de edad, tendrá que presentarse en la Sección Consular de Praia, acompañado de sus padres con copia de sus respectivos pasaportes en vigor. En el impreso de solicitud, deberán firmar padre y madre.
Si uno de los padres se encontrara ausente, podrá enviar la autorización de la forma siguiente:
- Si está en España por medio de la comisaría de policía donde se encuentre, que la enviará al Consulado de España donde vive el menor, o ante notario español.
- Si está en otro país, a través de su Consulado de España, que la enviará a donde corresponda, bien a otro Consulado o a una comisaría de policía de España (en este caso deberá facilitar el correo electrónico o fax de la comisaría de policía).
- Si esta en Cabo Verde pero no en Praia, ante el Vicecónsul Honorario de España en Sal o Sao Vicente o ante fedatario público caboverdiano. Sólo en este caso el documento que se presente con la solicitud deberá estar debidamente legalizado (en Cabo Verde con la Apostilla de La Haya).
La tasa para emisión de pasaporte es de 3.341 CVE.
MÁS INFORMACIÓN
SOLICITUD DE PASAPORTE.pdf
SOLICITUD DE PASAPORTE O RENOVACIÓN MENORES.pdf