Se recomienda, con carácter general, si el menor viaja solo, acompañado por un único progenitor o por terceras personas:
• Llevar consigo la autorización expresa, en su caso, de los padres, del progenitor ausente o de quien ejerza legalmente la patria potestad.
• Portar los documentos de viaje ordinarios (pasaporte o Documento Nacional de Identidad, en su caso)
• Llevar consigo la documentación que pruebe la filiación y patria potestad según el caso y el país de destino.
Una vez relleno e impreso el formulario de autorización deberá personarse en la Embajada en el horario de atención al público de la Sección Consular con un documento de identidad (DNI o pasaporte español) y el resto de la documentación que acredite la patria potestad del menor (DNI o pasaporte español del menor, libro de familia, etc.).
En el supuesto de encontrarse en España, puede presentarse en un Puesto de la Guardia Civil para formalizar por escrito la correspondiente autorización conforme al modelo:
Asimismo puede acudir a las Comisarías de la Policía Nacional para tramitar el permiso por medio del modelo de solicitud: