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Los nacimientos de españoles en el extranjero serán inscritos en el
Registro Civil de la Oficina Consular en cuya demarcación se encuentre el lugar
en que acaecieron. Por tanto, los nacimientos de ciudadanos españoles
ocurridos en territorio panameño, se inscriben en el Registro Civil Consular de
la Embajada de España en Panamá.
Sin embargo, si el promotor de la inscripción está domiciliado en España,
deberá practicarse antes la inscripción en el Registro Civil Central.
REQUISITOS PARA INSCRIPCIÓN DE NACIMIENTO
Del interesado o menor edad:
·
Copia INTEGRA actualizada (no más de 6 meses de haber sido expedida) del certificado de
nacimiento del interesado (ORIGINAL y APOSTILLADO)
·
Copia de un documento de identidad
(pasaporte o identificación juvenil)
Del progenitor
español o progenitores españoles:
·
Certificado literal de nacimiento
español (ORIGINAL)*
Si el certificado de nacimiento del progenitor español
procede de este Registro Civil Consular, no será necesario aportarlo.
·
Copia del pasaporte español
·
Copia de la cédula de residencia panameña
o del documento que acredite la residencia legal en Panamá
Del progenitor que
no sea español:
·
Certificado de nacimiento apostillado (ORIGINAL)*
·
Copia del pasaporte
·
Copia de la cédula de residencia panameña
o del documento que acredite la residencia legal en Panamá
·
Si los padres están casados, presentar
Libro de familia/partida literal de matrimonio, o constancia de haber solicitado
la inscripción de matrimonio en el Registro civil español
·
Si los padres están divorciados,
presentar el certificado de matrimonio con la marginal del divorcio (ORIGINAL Y APOSTILLADO, SI NO CONSTA EN REGISTRO CIVIL
ESPAÑOL).
En el caso de que se trate de una INSCRIPCION DE
NACIMIENTO Y NACIONALIDAD POR OPCIÓN O RECUPERACIÓN (mayores de edad cuyo padre o madre hayan nacido en España con
nacionalidad española de origen), se requerirá la documentación ya
mencionada con la variante de la documentación del progenitor español:
Del progenitor español o
progenitores españoles:
·
Certificado literal de nacimiento español
(ORIGINAL)*
·
Copia del pasaporte español – OPCIONAL
·
Certificado de defunción, en su caso, apostillado*
·
Si se trata del padre español, Carta de Naturaleza
o Gaceta Oficial donde conste la fecha en la que adquirió otra nacionalidad, si
es el caso
*Esta documentación no debe tener más de tres años de expedición.
En caso de considerarse
necesario, el funcionario consular podrá solicitar documentación adicional.
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