Visados de corta duración o visados Schengen
- Visado de turismo o de estancia
El visado de corta duración (también conocido como visado Schengen) permite una estancia en España de hasta 90 días por semestre.
Las solicitudes de visado no se depositan en la Embajada de España en Mauritania sino en la agencia tramitadora BLS (socio externo):
https://mr.blsspainvisa.com. Existe una oficina de BLS en Nuakchot y otra en Nuadibú.
Además de las solicitudes de visado Schengen para viajar a España, la Embajada de España en Mauritania también tramita las solicitudes de visado Schengen para Austria, Italia y Portugal, en virtud de Acuerdos de Representación.
- Visado para familiares de españoles o de otros ciudadanos comunitarios
Habilita a su titular (familiar de un ciudadano español o europeo) a acompañar o reunirse en España con el ciudadano UE-EEE-Suiza que otorga el derecho, tanto para visitas como para instalarse en España.
- Visados por robo, extravío o caducidad de tarjeta de residencia
Este visado se solicita cuando un residente legal en España, que se encuentre temporalmente en Mauritania, sufra pérdida, robo o caducidad de su tarjeta de residencia, lo que le impida volver a España.
- Visados para marinos embarcados en buques no españoles
Visados de larga duración o visados nacionales
- Visado de residencia por reagrupación familiar en régimen general
Habilita a su titular (familiar de un ciudadano extranjero residente legal en España) a residir en España por un periodo superior a 90 días.
- Visado de estudios / formación / investigación
Estos visados habilitan para permanecer en España en situación de estancia para llevar a cabo alguna de las siguientes actividades de carácter no laboral.
- Realización o ampliación de estudios en un centro de enseñanza autorizado en España, en un programa de tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.
- Realización de actividades de investigación o formación.
- Participación en un programa de movilidad de alumnos, para seguir un programa de enseñanza secundaria y/o bachillerato en un centro docente o científico oficialmente reconocido.
- Realización de prácticas no laborales en un organismo o entidad pública o privada.
- Prestación de un servicio de voluntariado dentro de un programa que persiga objetivos de interés general.
Pueden ser para un periodo entre 91 y 180 días o para un periodo superior a 180 días.
- Visado de residencia y trabajo cuenta ajena
Habilita a su titular (mayor de 16 años) a residir de forma temporal en España (por un periodo superior a 90 días) y a ejercer una actividad lucrativa, laboral o profesional, por cuenta ajena. El empleador debe haber obtenido previamente en la Delegación/Subdelegación del Gobierno competente o, en su caso, ante el órgano autonómico competente, una autorización de residencia y trabajo.
- Visado de residencia y trabajo por cuenta propia
Autoriza su titular (mayor de 16 años) a residir de forma temporal en España por un período inicial de un año desde la entrada en territorio nacional, y a ejercer una actividad lucrativa laboral o profesional por cuenta propia. El interesado debe haber obtenido una autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia.
- Visado de residencia no lucrativa
Habilita a su titular a residir en España por un periodo superior a 90 días sin posibilidad de realizar actividad remunerada alguna.
- Visado de residencia por adquisición de bienes inmuebles en España
Destinado a aquellos extranjeros que acrediten haber adquirido, con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 14/2013 de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización (30/9/2013), bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros por cada solicitante. El solicitante deberá acreditar disponer de la inversión libre de toda carga o gravamen. La parte de la inversión que exceda del importe exigido podrá estar sometida a carga o gravamen.
- Visado de recuperación de residencia de larga duración
Permite la recuperación de la titularidad de una autorización de residencia de larga duración en los supuestos en los que esta autorización se hubiera extinguido por la ausencia del territorio de la Unión Europea durante 12 meses consecutivos o cuando el extranjero residente de larga duración regrese a España finalizado el periodo de su compromiso de no retorno.
- Visados para marinos embarcados en buques españoles