Aviso importante - Si tiene previsto hacer testamento, tenga en cuenta la normativa europea vigente. Puede informarse haciendo clic aquí.
Las competencias del Cónsul son las mismas que las de los Notarios y puede autorizar toda clase de documentos públicos, practicar legalización de firmas, expedir testimonios y otros documentos públicos.
Hay que matizar, no obstante, que el ejercicio de la función notarial en el extranjero está sujeta a una serie de limitaciones. Así sucede, por citar un ejemplo, respecto de las escrituras notariales de divorcio, que en determinados supuestos pueden otorgar los cónyuges de mutuo acuerdo ante cualquier notario en España, pero no así en las Oficinas Consulares.
Además, aunque el Cónsul realice funciones de Notario Público, conviene tener presente que no es un Notario Público. Es necesario, por tanto, tener en cuenta que la disponibilidad de personal y la agenda determinarán el plazo de espera para poder realizar el trámite deseado. Es preciso ponerse en contacto con la Embajada para aportar la documentación necesaria y pedir la correspondiente cita, con un plazo mínimo de antelación de 3 semanas.
Respecto a la forma y contenido de los documentos notariales y el correcto despliegue de sus efectos en España, conviene asesorarse previamente para conocer con exactitud qué tipo de documento es el más adecuado para el acto o negocio jurídico que desea realizar.
Las Embajadas no proveen servicios de asesoría jurídica. Si necesita asesoramiento legal sobre el acto o negocio jurídico para el que se requiere el documento notarial, puede acudir a los
Colegios de Abogados en España o al
Consejo General del Notariado o, en caso de ciudadanos extranjeros, también a la Embajada de su país en Madrid para que le proporcione una lista de abogados.
Es imprescindible que el negocio o acto sobre el que verse la escritura tenga relación con España. Para actos jurídicos que vayan a realizarse en Finlandia, se deberá acudir a un notario local.
La persona que otorgue una escritura pública o acta notarial ante un cónsul, deberá desplazarse a la Sección Consular de la Embajada de España, ya que es necesaria la comparecencia y firma personal del poder. Si esa persona no hablase español a un nivel suficiente como para comprender el instrumento público y ratificarse en su firma, deberá acudir acompañado de un intérprete. En caso contrario, no podrá autorizarse la firma del documento.
Asimismo, será necesario abonar la tasa correspondiente.
Existen alternativas para realizar documentos notariales que, en algunos casos, pueden ser igualmente válidas en España:
- Una posibilidad es otorgar el instrumento público (en finlandés o a doble columna español-finlandés) ante un notario finlandés, traducirlo (si está otorgado en finlandés) y proveerlo de la Apostilla de La Haya. Puede encontrar más información acerca de la Apostilla en este enlace. Esta información es de especial interés para los nacionales finlandeses, porque podrán realizar todos los trámites en su idioma sin necesidad de acudir al notario con intérprete. Es recomendable que verifique usted previamente que el documento notarial realizado ante autoridad competente finlandesa será aceptado en España. Se puede dar el caso de que los documentos notariales otorgados ante Notario finlandés no sean considerados bastantes por no reunir los requisitos contemplados por la normativa española. Si no fuera el caso, puede usted otorgarlo ante Notario en España o en la Embajada.
- Otra opción es, en aquellos casos en los que se viaja a España para ver una propiedad que después se va a adquirir, se otorgue el instrumento público en España. En España hay servicios de notarios en inglés. Puede localizarlos a través del Directorio Europeo de Notarios.