Hecho imponible
Constituirán hechos imponibles, sujetos a estas tasas, las actuaciones consulares propias del ejercicio de la fe pública por los cónsules, así como las actuaciones administrativas realizadas por las Oficinas Consulares de España que se determinan en los capítulos siguientes de esta Ley. En ningún caso estarán sujetas a tasas las actuaciones que se realicen relativas al registro civil
(art. 2 de la Ley 9/2011 de 10 de mayo, de tasas consulares).
Devengo
Las tasas consulares se devengarán en el momento de solicitarse la prestación del servicio o la realización de la actividad, o cuando, sin previa solicitud, deba realizarse la actuación administrativa (art. 3 de la Ley 9/2011, de 10 de mayo, de tasas consulares).
Formas de abono
A) EN METÁLICO (SOLICITUD EN VENTANILLA)
Las tasas consulares pueden abonarse en metálico, en Vietnam Dongs (VND), en la ventanilla de la sección consular de la Embajada de España en Hanoi. No es posible el pago en metálico en moneda distinta ni en otro oficina. Igualmente, puede autorizar (en escrito simple con fotocopia del DNI o pasaporte del autorizante) a un tercero para que realice el pago en su nombre en la sección consular de la Embajada.
B) POR BANCO (SOLICITUD POR CORREO POSTAL)
También podrá pagar la tasa, efectuando un ingreso bancario, únicamente en Vietnam Dongs (VND), por el importe exacto de la tasa, en la cuenta de Shinhan abierta a nombre de la Embajada.
Datos para el ingreso (a partir del día 20/11/2017):
Títular: EMBASSY OF SPAIN IN VIETNAM
Dirección: 4 Le Hong Phong St., Ba Dinh, Hanoi, Vietnam
Nº de cuenta: 700-009-656766 (VND)
Banco: Shinhan Bank Vietnam - Hoan Kiem Branch
Swift code: SHBKVNVXXXX
CITAD: 01616002
En el “CONCEPTO” del recibo deberá figurar:
1. nombre del titular del documento a tramitar.
2. nombre del trámite a realizarse - en inglés
Una vez efectuado el ingreso en el banco, deberá remitir siempre un correo electrónico a emb.hanoi.vis@maec.es, adjuntando un escaneo del recibo del ingreso bancario, de forma que la Embajada pueda identificar claramente la procedencia y motivo del ingreso realizado. A continuación, podrá
solicitar el trámite por correo postal o mensajero, introduciendo en un sobre dirigido a la
sección consular de la Embajada,
la solicitud para el trámite de que se trate, junto con su respectiva documentación acompañante, en su caso y,
la copia del recibo del ingreso bancario.
Una vez resuelta la solicitud, se le notificará por correo electrónico. Podrá recoger el documento en ventanilla o contratar un servicio de mensajería para que venga a la Embajada a recogerlo, debiendo Vd. cumplimentar previamente el formulario de albarán para el envío y asumir asimismo los gastos del mismo (envío a portes debidos). En dicho caso, rogamos nos adelante por correo electrónico el nombre de la empresa de mensajería contratada.
NO OLVIDE conservar el recibo de pago de la tasa expedido por la Embajada, ya que para cualquier reclamación posterior será necesario adjuntarlo.
Importes
Puede consultar aquí las
tasas consulares vigentes, que se actualizan trimestralmente.