La normativa y legislación aplicable a los menores de edad que vayan a viajar solos se ajustan a los siguientes principios básicos:
De acuerdo con la normativa española aplicable:
Los menores de edad españoles no necesitan autorización si viajan con los dos progenitores.
Los menores de edad españoles no necesitan autorización si viajan con uno solo de los progenitores.
Los menores de edad necesitan autorización si viajan solos o acompañados de terceros.
De acuerdo con lo anterior, la Embajada de España en Estocolmo es únicamente competente para documentar a los nacionales españoles menores de edad que vayan a viajar solos o acompañados de terceros, tanto si viajan a España como si viajan a un tercer país.
En este caso, se precisa cumplimentar la correspondiente autorización de viaje que deberán firmar i) ambos progenitores si el menor viaja solo, o ii) uno solo de los progenitores si el menor viaja en compañía de otro adulto. Además del documento de viaje y la autorización, a efectos de identificación, siempre es recomendable que el menor viaje con una fotocopia del libro de familia.
Para realizar este trámite, el firmante o los firmantes deberán personarse de lunes a viernes en las oficinas de la Embajada de España en Estocolmo en horario de atención al público, aportando la siguiente documentación:
- Formulario debidamente cumplimentado.
- Documento acreditativo de la identidad del firmante.
- Documento acreditativo de la relación entre el menor y el firmante.
- El trámite es gratuito y no se requiere cita previa.
Documentos y enlaces de interés: