La presente recomendación carece de efecto vinculante alguno y opera como mero aviso o consejo. El Estado no resultará responsable en modo alguno ni por ningún concepto de los daños o perjuicios que, tanto por la observancia como por desconocimiento o no atención de la recomendación, pudieran ocasionarse a personas o bienes, no considerando dicha recomendación título que ampare reclamación alguna en tal sentido.
Se recuerda, en cualquier caso, que el viaje se realiza siempre por cuenta y riesgo del viajero y que todos los gastos derivados de la hospitalización, el traslado de heridos o la repatriación de cadáveres corren a cargo del particular. Las prestaciones de la Seguridad Social no operan en el extranjero, salvo en algunos países de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo (Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia y Suiza. Consulte cómo adquirir la Tarjeta Sanitaria Europea aquí) , por lo que es muy necesaria la contratación de un seguro de viaje que cubra los gastos correspondientes.
Asimismo, se recuerda que en estos momentos ninguna región del mundo y ningún país están a salvo de posibles actos terroristas.
COVID-19
En el marco de la evolución de la pandemia de la COVID-19, todo viajero debe contar con la posibilidad de verse afectado en el extranjero por restricciones de cualquier tipo que impidan o alteren su libertad de movimiento.
Con carácter general, los viajeros son responsables de las eventuales consecuencias de su decisión de viajar. La capacidad del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y de la red de Embajadas y Consulados de España de prestar asistencia consular de emergencia es limitada, se aplica exclusivamente a viajeros españoles en el exterior y no puede, en ningún caso, suplir las capacidades de otros sistemas nacionales de salud, exigir excepciones a las normativas de terceros países, facilitar o sufragar la eventual prolongación de estancias en el exterior, sean voluntarias o forzosas, ni reemplazar el funcionamiento de las agencias de viajes o de las compañías de transporte.
Por ello, se reitera a todos los viajeros, independientemente de su destino o las circunstancias de su viaje, la recomendación de mantenerse informado en todo momento, de viajar con prudencia y de contar con un seguro que cubra todas las eventualidades durante el viaje.
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Antes de realizar un viaje al extranjero, se recomienda registrar sus datos en el Registro de Viajeros informático de este Ministerio, para facilitar la atención en eventuales situaciones de emergencia o necesidad.
EMBAJADA DE CATAR EN MADRID:
Paseo de la Castellana, 15, 5ª Planta
28046 Madrid.
Tel.: 913 10 69 26
Fax : 913 10 48 51
E-mail: infor@qatarembassy.es
Actualizado 17/02/2021 (La recomendación está vigente a fecha de hoy)
RECOMENDACIÓN GENERAL: Ante el aumento de cancelaciones de vuelos a y desde España relacionadas con el COVID-19, se recomienda a los viajeros españoles que reconsideren sus planes de viaje.
INFORMACIÓN RELACIONADA CON EL BROTE DE COVID-19:
Actualmente la entrada a Catar tan sólo está permitida a nacionales catarís y a titulares de permisos de residencia.
El gobierno catarí ha anunciado que, a partir del 29.11, ya no será necesario solicitar el permiso de entrada a través del Qatar Portal. El permiso de entrada seguirá siendo obligatorio para entrar al país, pero será generado automáticamente cuando el residente extranjero salga de Catar. La única excepción radica en el caso de ciudadanos que se encontraran fuera de Catar antes del 29.11, en cuyo caso seguirá siendo necesario que soliciten el permiso de entrada a través del Qatar Portal.
1. Cuarentena.
España no está incluida en la lista verde de países clasificados como de bajo riesgo de COVID-19. Esto implica que Catar no reconoce centros médicos acreditados en España para la realización previa de una prueba de PCR en España. Asimismo, el residente que retorne a Catar desde España deberá realizar una semana de cuarentena hotelera en las condiciones que se explican a continuación.
Los ciudadanos que viajen desde países considerados como no seguros, deberán someterse a una cuarentena de al menos una semana en alguno de los hoteles específicamente habilitados para tal efecto, asumiendo los gastos (reservas exclusivamente a través del sitio web "Discover Qatar" con carácter previo a su llegada a Catar). Los pasajeros que provengan de determinados países (Reino Unido, Dinamarca, Países Bajos, Sudáfrica y viajeros que crucen la frontera terrestre con Arabia Saudí) deben reservar en hoteles específicos, tal y como se indica en la propia web. Transcurrida la semana, la finalización del período de cuarentena dependerá del resultado de una prueba COVID-19. Si el resultado es positivo, el viajero será transferido al aislamiento, y si es negativo, la persona dará por terminado su proceso de cuarentena. En caso de personas que opten por realizar la cuarentena en instalaciones hoteleras compartidas, tras la semana se cuarentena hotelera, será necesario realizar otra semana de cuarentena domiciliaria. Las excepciones a la cuarentena hotelera, salvo si se viaja desde un país de la lista verde, fueron suprimidas el 14/02.
Para aquellos que tengan previsto ingresar en Catar desde alguno de los países de la lista verde, se podrá realizar una prueba de COVID-19 en uno de los centros acreditados - en caso de que los haya – en las 48 horas previas al viaje, sino será obligatoria la realización de una prueba de COVID-19 a su llegada al aeropuerto de Doha (HIA), así como la firma de un compromiso de auto cuarentena (domiciliaria) durante una semana. En dicho tiempo, el estado del viajero en la aplicación Ehteraz será amarillo (es decir, obligado a pasar cuarentena).
Transcurrida esa semana, el viajero deberá pasar de nuevo la prueba de COVID-19, en alguno de los centros de salud dedicados al respecto. En caso de que el resultado sea positivo, el viajero será aislado, y de dar negativo la cuarentena finalizará al concluir dicha semana y el estado del viajero en la aplicación Ehteraz volverá a verde.
La publicación de la lista de países de bajo riesgo está disponible (y se actualizará) en el sitio web del Ministerio de Salud Públicay está previsto que se revise cada dos semanas.
Se han establecido 10 reglas para la cuarentena doméstica: 1.Las condiciones de la vivienda deberán ser adecuadas (disponibilidad de habitación propia y baño vinculado).
2.Deberá firmarse un compromiso de obligado cumplimiento de las normas de la cuarentena doméstica (incluidos todos los miembros de la familia y los trabajadores del hogar que conviven en la misma casa).
3.Se deberá visionar un video a bordo del vuelo con carácter previo a la llegada y revisar el folleto sobre la cuarentena doméstica.
4.Deberán adoptarse las pertinentes medidas preventivas en el hogar.
5.Deberán acudir un centro de atención primaria de salud al 6º día de la llegada a Doha para la toma de una muestra.
6.Deberán responderse las llamadas telefónicas del equipo de salud pública durante la cuarentena.
7.Deberán aceptarse las visitas del equipo de salud pública cada 2 o 3 días.
8.Deberá informar al equipo de salud pública en caso de presentar algún síntoma.
9.Deberá descargarse la aplicación Ehteraz.
10.No se recibirán visitas mientras dure la cuarentena.
Las restricciones sanitarias vigentes relativas a la Covid-19 pueden ser consultadas en el siguiente enlace:
En caso de necesitar una PCR negativa antes de viajar desde Catar a un tercer país que exija dicha prueba, los residentes pueden dirigirse sin cita previa a su centro médico asignado en horario de 7-14h o 16-23h. Será necesario el pago de una tasa de 50 QAR.
El tránsito a través del aeropuerto de Doha es posible siempre y cuando no se abandone la zona internacional del aeropuerto y se tenga garantizada la entrada en el destino final del viaje. Se recomienda contactar a la aerolínea antes de la realización del viaje sobre las condiciones del tránsito internacional.
Para cualquier información relativa al Covid-19, existe la siguiente línea de teléfono para información: 16000.
Ruptura de relaciones diplomáticas con varios Estados de la región: En enero de 2021 se ha anunciado la normalización de relaciones diplomáticas entre los países del Consejo de Cooperación del Golfo. Arabia Saudí y Catar han informado de la reapertura del puesto fronterizo de Abu Samra. El cruce de la frontera terrestre para entrar a Catar estará sometido a las normas sanitarias estipuladas en el siguiente enlace:
ESTÁ PROHIBIDA la importación y el consumo del cerdo y sus derivados, así como la importación de bebidas alcohólicas (aunque sea adquirido en el "duty free" de aeropuertos o aviones) y material pornográfico.
Las autoridades cataríes son muy estrictas cuando las compañías aéreas les informan de que algún pasajero contraviene la normativa DE PROHIBICIÓN DE FUMAR EN LOS AVIONES, imponiendo en su caso multas y sanciones e incluso detención del pasajero a su llegada a Doha.
SE RECOMIENDA a todos los residentes y a los viajeros que visitan Catar y estén siguiendo un tratamiento farmacológico específico, lleven consigo las RECETAS MÉDICAS correspondientes, muy especialmente para tratamientos de larga duración u/o que contengan sustancias estupefacientes o psicotrópicas. Ver el apartado otros para más información.
Catar sigue siendo uno de los países más estables y seguros de la región. No obstante, debido a la inestabilidad regional no pueden descartarse, como en ningún país del mundo, ataques terroristas aleatorios, manifestaciones, protestas, disturbios o actos de violencia.
También se aconseja ser especialmente RESPETUOSO con las muy conservadoras costumbres y TRADICIONES LOCALES, en especial, las muestras públicas de afecto, incluso entre familiares. El Estado de Catar no reconoce a las parejas de hecho y considera el adulterio como un delito.
Por otro lado, SE RECUERDA que la prostitución, el tráfico, tenencia y consumo de drogas son delitos castigados con severas penas de privación de libertad.
Pasaporte / DNI:
Pasaporte con validez de, al menos, 6 meses.
Las autoridades de Catar no reconocen los pasaportes provisionales de terceros países como documento válido para ingresar en su territorio salvo que tengan visado obtenido en alguna de sus representaciones en el exterior (visado que no se podrá tramitar a la llegada).
Visados:
Los cuidadanos españoles que viajen a Qatar no necesitan solicitar visado de entrada al país; en su lugar, se expedirá un permiso de entrada múltiple de carácter gratuito en el aeropuerto de entrada.
Para la obtención de dicho permiso, será necesario la presentación de un pasaporte con una validez mínima de seis meses, así como la confirmación de reserva o el billete de vuelta.
En el caso de España, la validez de dicho permiso de entrada será de 180 días desde de su emisión y autoriza al ciudadano español a permanecer en Qatar hasta un máximo de 90 días en dicho periodo, en un régimen de entradas múltiples.
Cuando el objeto del viaje no sea el turismo, es fundamental solicitar el tipo de visado correspondiente al propósito del viaje que se realiza. No se deben solicitar visados de turismo si el turismo no es el fin de su desplazamiento a Catar.
Los españoles que se desplacen al país para trabajar o en visita de negocios deben informarse ante las autoridades cataríes sobre el tipo de visado necesario y cómo tramitarlo (ver último párrafo de este apartado).
La prensa extranjera que se desplace al país para el ejercicio de actividades informativas debe gestionar el permiso pertinente ante las autoridades de Catar (puede hacerse online en la página web mencionada más abajo). En los últimos meses, se han producido detenciones de periodistas extranjeros que habían entrado en el país como turistas y que habían accedido a ciertas zonas sin la autorización preceptiva.
Las autoridades de Catar pueden denegar la entrada a cualquier persona, sin necesidad de explicar los motivos y sin que la Embajada de España en Doha pueda hacer nada al respecto.
VACUNAS
Obligatorias: Ninguna
Para más información, consulte la siguiente página Web:
El 19 de marzo de 2005 tuvo lugar un atentado, perpetrado por un terrorista suicida, contra un teatro local, en el que hubo varios heridos y una víctima mortal.
Aunque desde 2005 no ha habido ningún acto terrorista en el país y no consta que exista una amenaza específica contra Catar, debido a la inestabilidad regional e internacional sigue vigente una amenaza terrorista general, que incluye intereses occidentales así como centros neurálgicos y estratégicos del país.
En consecuencia, se recomienda ser precavido, mantenerse informado y tener en cuenta las medidas ordinarias de autoprotección y seguridad personal, en especial en lugares de reunión o socialización donde se concentre un número elevado de personas (eventos culturales o deportivos, hoteles, centros comerciales, entre otros).
En términos de criminalidad común, las condiciones de seguridad en Catar son buenas, con un número muy reducido de delitos.
La posibilidad de desastres naturales en el país es mínima.
Zonas de riesgo (deber ser evitadas): Ninguna
Zona de riesgo medio: Ninguna
Zonas sin problemas: Todas
Riesgos colectivo LGTBI: La homosexualidad es ilegal en Catar y, por tanto, se considera un delito con severas penas de privación de libertad. Este gobierno no reconoce ni los matrimonios ni ninguna otra unión civil entre personas del mismo sexo. Tampoco está permitido el activismo LGTBI en ninguna de sus manifestaciones.
Se recuerda la conveniencia de contratar un seguro de viaje.
En Catar se han detectado algunos casos, aunque esporádicos, del virus MERS-COV (síndrome respiratorio por coronavirus de Oriente Medio). Por ello, si bien los contagios son improbables, se aconseja consultar la página web de la Organización Mundial de la Salud (OMS) antes de desplazarse al país.
Las condiciones sanitarias en Catar son las propias de un clima extremo, desértico, con frecuentes tormentas de arena y con fuerte humedad. Las temperaturas durante los meses de mayo a septiembre oscilan entre los 45ºC y los 50ºC con tasas de humedad que superan en ocasiones el 80%.
Los servicios hospitalarios son relativamente buenos. La red de hospitales públicos (Hamad Medical Corporation) es amplia y también existen hospitales privados de calidad.
Es aconsejable beber agua mineral.
En todo caso, antes de viajar, se recomienda consultar el siguiente link de Sanidad Exterior: http://www.msssi.gob.es/ .
La moneda de Catar es el rial catarí, que tiene una paridad fija con el dólar (1 dólar USA=3,63 QR).
Los euros pueden ser cambiados en la mayoría de los bancos y en las oficinas de cambio de divisas, al igual que los dólares EEUU, libras esterlinas y otras monedas (los bancos y organismos oficiales cierran los viernes y los sábados y en festividades locales).
El pago con tarjetas de crédito es seguro y está ampliamente difundido en Catar.
Prefijo País: 974
Teléfonos de interés:
Emergencias (Bomberos, policía, ambulancias): 999
Información telefónica: 180
Hamad Hospital centralita: 4439 2222 / 4439 4444
Radio taxi: 4458 8888
Información meteorológica: 4448 0444
Aeropuerto Hamad International de Doha centralita: 4010 6666
Directorio Oficial de teléfonos útiles:
REPRESENTACIÓN DE ESPAÑA:
Embajada de España en DOHA
Lusail Street, West Bay Doha
P.O. Box : 24.616
Teléfono : + 974 4483 5886
Fax : + 974 4483 5887
Teléfono de emergencia consular: +974 55862411 (teléfono exclusivo para emergencias consulares; no se facilitará información a otros efectos que la atención exclusiva de la emergencia).
Horario de atención al público: de domingo a jueves de 8:30 a 13:00, permaneciendo cerrada al público los viernes y sábados siguiendo el fin de semana musulmán.
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