Información
relativa a las elecciones al Parlamento del País Vasco y al Parlamento de
Galicia del día 12 de julio de 2020
La Embajada de España en Conakry informa que el próximo día 12 de julio se
celebrarán las elecciones al Parlamento del País Vasco y al Parlamento de
Galicia, de conformidad con el Decreto número 11/2020, publicado en el
Boletín Oficial del País Vasco número 94 y el Decreto 72/2020, publicado en el
Diario Oficial de Galicia número 96, ambos del 18 de mayo de 2020:
Podrán votar desde el exterior:
A) Los españoles
residentes en el extranjero inscritos en el censo de residentes ausentes (CERA),
vigente para estas elecciones, cuyo municipio de inscripción a efectos
electorales se encuentre en el País Vasco o en Galicia.
El
censo electoral vigente para estas elecciones es el cerrado a 1 de marzo de
2020.
1)
CONSULTA DEL CENSO ELECTORAL: esta Embajada mantendrá durante
los días 25 de mayo a 1 de junio (ambos inclusive), un servicio de
consulta del censo electoral en horario ininterrumpido de 08.00 a 14.00 horas
de lunes a viernes y de 10.00 a 14.00 horas el sábado 30 de mayo y el domingo
31 de mayo.
2) RECLAMACIONES:
durante los días 25 de mayo a 1 de junio (ambos inclusive),
cualquier interesado podrá presentar en esta Embajada, las reclamaciones contra
su exclusión o inclusión indebida en el censo, o para actualizar datos de inscripción
después del 1 de marzo, en caso de que hayan cambiado o no sean correctos los
que figuren en la lista electoral.
Las reclamaciones deberán
cumplimentarse exclusivamente en el modelo oficial (impreso CERA-R17),
y deberán ir acompañadas de alguno
de los siguientes documentos: fotocopia del DNI, del
pasaporte o del permiso de conducir. En el caso de no disponerse de alguno de
estos documentos se acompañará la reclamación de un certificado de nacionalidad
española o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular.
Además, las reclamaciones de alta en el CERA deberán ir acompañadas
necesariamente de la "Declaración explicativa de la elección del municipio
de inscripción a efectos electorales".
Las rectificaciones del censo
se expondrán al público el día 5 de junio.
3) SOLICITUD DE
DOCUMENTACIÓN ELECTORAL: Para
ejercer el derecho de voto, todo
elector, tanto si figura correctamente en las listas como si
formula reclamación, deberá
solicitar la documentación electoral.
El impreso de solicitud, que se
enviará de oficio a los electores inscritos en el CERA, deberá ser debidamente
firmado por el interesado y se podrá descargar de la página web del MAEC o
solicitarse directamente en la Embajada.
Una vez firmada la solicitud,
el elector podrá enviarla por Internet (sólo si ya figura en el CERA y no
presenta reclamación), por correo postal, o por fax a la Delegación Provincial
de la OCE correspondiente al municipio de inscripción, no más tarde del día 16 de junio,
adjuntando fotocopia del pasaporte o DNI, o en su defecto certificado de
nacionalidad o de inscripción en el Registro de Matrícula Consular.
Recibida
la solicitud, la Delegación Provincial de la OCE remitirá la
documentación electoral a la dirección de la inscripción del elector, no más
tarde del día 22 de junio, o del día 30 de junio si hay impugnación de
candidatos, acompañada de una hoja informativa.
IMPORTANTE: Se
recuerda que son los propios electores CERA y no las Oficinas Consulares
quienes deberán enviar sus solicitudes de documentación electoral a las
Delegaciones Provinciales de la OCE.
4) MODALIDADES PARA EMITIR
EL VOTO: Una vez recibida la documentación electoral el elector podrá
elegir entre:
♦ Depositar
personalmente el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial,
incluyendo el sobre de votación cerrado y la documentación indicada en la hoja
informativa, en la urna de la Embajada de España en Conakry, durante
los días 8, 9 y 10 de julio en horario ininterrumpido de 08:00 a 14:00 horas y los días 11 y 12 de julio en horario de 10:00 a 14:00 horas.
El elector deberá acreditar su
identidad mediante pasaporte o DNI español, certificación de nacionalidad o de
inscripción en el Registro de Matrícula Consular de la Embajada de España en
Conakry, y entregará un certificado de inscripción en el censo.
♦ Enviar
su voto por correo certificado a la Embajada de España en Conakry, no más tarde
del día 11 de julio.
Si
algún elector del CERA se encuentra temporalmente en España durante estos
comicios, podrá solicitar a partir de la fecha de la convocatoria y hasta
el 2 de julio, el voto por correo en cualquier oficina de Correos de España y
dirigirla a la Delegación Provincial de la OCE de su provincia de inscripción,
sin que ello suponga su baja en el CERA. Recibida la documentación electoral en
la dirección en España señalada en su solicitud, el elector enviará su voto por
correo certificado a su mesa electoral, no más tarde del día 8 de julio. Estos
electores no podrán votar personalmente en la mesa electoral.
B) Los electores españoles
residentes en el País vasco o en Galicia que se encuentren temporalmente en el
extranjero (ERTA) para las elecciones.
Los electores que una vez
efectuada la convocatoria electoral, se encuentren en Guinea o Sierra Leona, y prevean seguir en esa situación
hasta el día de la votación, podrán votar desde el exterior siguiendo los siguientes pasos:
1) Inscribirse como “no
residentes” en el Registro de Matrícula Consular de la Embajada de España en
Conakry, si aún no lo estuvieran, con carácter previo a la tramitación
de la solicitud de documentación electoral.
2) Solicitar la
documentación electoral a la Delegación Provincial de la OCE, no más tarde del día
16 de junio.
El elector, previa
identificación mediante la exhibición de su DNI o pasaporte español, deberá entregar
personalmente su solicitud cumplimentada en la Oficina Consular de la Embajada
de España en Conakry en la que figure inscrito como no residente.
La Delegación Provincial de la
OCE remitirá al elector, por correo certificado, a la dirección en el
extranjero indicada en su solicitud, la documentación necesaria para poder
emitir su voto y la hoja informativa no más tarde del día 22 de junio, o del
día 30 de junio si hubiera impugnación de candidatos.
Recibida la documentación, el
elector deberá enviar su voto a su mesa electoral en España,
por correo certificado, no más tarde del día 8 de julio.
Si tiene cualquier duda,
la Embajada atenderá sus consultas relativas a este proceso electoral de lunes
a viernes horario de 08.00 a 14.00 horas, por teléfono (657 34 00 00) o por correo electrónico
a la dirección emb.conakry@maec.es
Si desea obtener información
adicional puede consultar también el siguiente enlace:
También dispone de información
adicional en las siguientes páginas web: