Las competencias del Cónsul son las mismas que las de los Notarios y puede autorizar toda clase de documentos públicos, practicar legalización de firmas, expedir testimonios y otros documentos públicos.
Hay que matizar, no obstante, que aunque el Cónsul realice funciones de Notario Público, no es un Notario Público. Además, es necesario tener en cuenta que por la disponibilidad de personal o la carga de trabajo, puede haber un plazo de espera para realizar el trámite deseado. Por lo tanto, es imprescindible ponerse en contacto con la Embajada para aportar la documentación y pedir la correspondiente cita, y saber que dicha cita es necesario pedirla al, menos, con un plazo de 3 semanas.
Las Embajadas sólo autorizan el documento y no disponen de servicios de asesoramiento jurídico. Por lo general, se le solicitará que provea a la Embajada de un borrador en español del instrumento público a otorgar, también conocido como "minuta". Si necesita asesoramiento legal, puede acudir a los Colegios de Abogados en España , a su Embajada en Madrid (que le proporcionará un listado de abogados) o al Consejo General del Notariado.
El negocio o acto sobre el que verse la escritura tiene que tener relación con España. Para actos jurídicos que vayan a realizarse en Hungría, se deberá acudir a un notario local.
La persona que otorgue una escritura pública o acta notarial ante un cónsul, deberá desplazarse a la Sección Consular de la Embajada de España, ya que es necesaria la firma personal del poder. Si esa persona no hablase español suficiente como para comprender el instrumento público y ratificarse en su firma, deberá acudir acompañado de un intérprete. En caso contrario, no podrá autorizarse la firma del documento.
Asimismo, será necesario abonar la tasa correspondiente.
Existen otras opciones para realizar documentos notariales que con frecuencia son más rápidas, sencillas e igualmente válidas en España:
•Una posibilidad es otorgar el instrumento público (en húngaro o a doble columna español-húngaro) ante un notario húngaro, traducirlo (si está otorgado en húngaro) y proveerlo de la Apostilla de La Haya. De esa manera, el documento otorgado ante notario húngaro será válido en España. Puede encontrar más información acerca de la
Apostilla en este enlace Esta información es de especial interés para los nacionales húngaros, porque podrán realizar todos los trámites en su idioma sin necesidad de acudir al notario con intérprete.
•Otra opción útil es que, en aquellos casos en los que se viaja a España para ver una propiedad que después se va a adquirir, se otorgue el instrumento público en España. De esa manera, se evitan problemas con la redacción de los poderes, vigencias de ley, etc. En España hay servicios de notarios en inglés. Puede localizarlos a través del
Directorio Europeo de Notarios.