La Junta Electoral Central, por Acuerdo de 22 de enero (Expte.
321/528), ha acordado las siguientes medidas, con carácter excepcional, y para
facilitar al máximo el ejercicio efectivo del derecho de sufragio de los
electores CERA y ERTA:
1. Ampliación del plazo de solicitud del voto
de los electores CERA y ERTA a la OCE hasta
el 26 de enero de 2021.
2. Ampliación del plazo del envío por correo a
la Embajada del voto de los electores CERA que opten por esta opción hasta el sábado 13 de febrero de 2021.
3. Ampliación del plazo del depósito del voto
en urna en la Embajada de los electores CERA hasta el domingo 14 de febrero de 2021.
4. La
embajada abrirá de nuevo el sábado 13 y domingo 14 de febrero (plazo
extraordinario), para recibir los votos que se depositen en urna, así como los
sobres de voto CERA que se reciban por correo.
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La Junta Electoral Central ha
aprobado la ampliación del plazo de depósito del voto de los
electores CERA que se encuentren temporalmente en España hasta el viernes
12 de febrero de 2021, en los horarios habituales de apertura de las
oficinas de Correos, y como máximo hasta las 14 horas.
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La Junta Electoral Central, por Acuerdo de fecha de 7 de
enero (Expte. 321/527, de 07.01.21) ha acordado, con carácter excepcional,
aprobar la ampliación del plazo de
solicitud del voto CERA en tres días, hasta
el 19 de enero de 2021. Esta medida sólo afecta a los electores CERA.
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Recomendamos a los electores inscritos en el CERA (incluidos
en el censo electoral vigente) realicen su solicitud de voto usando una de las
siguientes vías:
a través de
la web del INE: https://sede.ine.gob.es/votoCorreoCera?cierre=0000412
, bien con acceso al sistema cl@ve o consultando previamente su CTT en la
dirección https://sede.ine.gob.es/consultaCTTVotoCera
, donde no se necesita acceso al sistema
cl@ve y, como novedad en este proceso, sin necesidad de esperar a recibir la
carta en la que se comunica esa CTT. También pueden descargar el impreso
de solicitud de voto por internet y enviarlo por correo postal o fax a la
Delegación Provincial de la OCE correspondiente a su municipio de
inscripción a efectos electorales.
Los números
de fax de la Delegación Provincial de la OCE están disponibles en:
Los electores españoles residentes en España que se encuentren
temporalmente en el extranjero y prevean permanecer fuera de España hasta el
día de la votación pueden solicitar, hasta el sábado 16 de enero, la
documentación electoral en la Embajada de España en Ankara.
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El próximo
día 14 de febrero de 2021 se celebrarán elecciones al parlamento de Cataluña
según convocatoria publicada en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya
número 8301, de 22 de diciembre de 2020, y en el Boletín Oficial del Estado
número 332, Decreto 147/2020, de 21 de diciembre.
PODRÁN VOTAR DESDE EL EXTERIOR:
I. ESPAÑOLES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO INSCRITOS
EN LA EMBAJADA DE ESPAÑA EN ANKARA, CUYO MUNICIPIO DE INSCRIPCIÓN A EFECTOS
ELECTORALES SE ENCUENTRE EN CATALUÑA
PROCEDIMIENTO:
1. CONSULTA DE LISTAS ELECTORALES.
Las listas del censo electoral son las cerradas a 1 de octubre de 2020.
Entre los días 28 a 31 de diciembre, ambos inclusive, y 4 de enero se dispondrá
de un servicio de consulta de las listas del Censo electoral de españoles
inscritos en esta demarcación consular:
1.1. Consulta presencial en la Oficina Consular (Prof. Dr. Aziz Sancar
Cad. No:8 Çankaya Ankara):
La Embajada permanecerá abierta los días:
• Lunes 28, martes 29 y miércoles 30 de 9:00 a 15:00 horas
• Jueves 31 de 10:00 a 13:00 horas.
• Lunes 4, de 9:00 a 15:00 horas
Habida cuenta de que las
reclamaciones se pueden hacer únicamente de manera presencial, se recuerda que
por las limitaciones impuestas por la legislación turca, la realización de ese
trámite no será posible los días 1 al 3 de enero.
El interesado debe identificarse en nuestras oficinas con el original del
pasaporte, DNI o carnet de conducir españoles. No es necesario cita previa.
1.2. Consulta telemática (emb.ankara.inf@maec.es)
Es posible dirigir la consulta sobre las listas del Censo electoral por correo
electrónico, dirigiendo la consulta al correo: emb.ankara.inf@maec.es
Para solicitar la información debe incluirse nombres, apellidos, dirección
completa y Número de DNI o Pasaporte en vigor así como copia escaneada de uno
de estos dos documentos.
Nuestros servicios confirmarán por correo electrónico (emb.ankara.inf@maec.es)
los datos y dirección del /la interesado/a.
No se podrá atender ninguna solicitud de información que no esté acompañada de
la copia escaneada del documento de identidad español en vigor (Pasaporte o
DNI).
Igualmente podrá consultar
las listas electorales, por vía telefónica y previa identificación, llamando a
los siguientes números:
Teléfono: 0533 688 02 67
• Lunes 28, martes 29 y
miércoles 30 de diciembre de 9:00 a 15:00 horas
• Jueves 31 de diciembre de 10:00 a 13:00 horas
• Viernes 1 al domingo
3 de enero de 10:00 a 13:00
• Lunes 4 de enero de
9:00 a 15:00 horas
1.3. Reclamación presencial en nuestras oficinas por corrección de datos
personales del censo electoral, así como por exclusión o inclusión indebida en
el censo electoral.
La reclamación solo podrá realizarse con carácter personal y presencial
en nuestras oficinas consulares (Prof. Dr. Aziz Sancar Cad. No:8 Çankaya
Ankara).
Se podrá realizar la reclamación únicamente dentro de este plazo (28 al 31 de
diciembre y el 4 de enero, según horario contenido en el punto 1.1). El elector
que lo precise, podrá presentar reclamación personalmente en esta Embajada
sobre su exclusión o inclusión indebida en las listas, así como actualizar sus
datos de inscripción en caso de que hayan cambiado o sean incorrectos los que
figuran en el listado.
Para presentar una eventual reclamación, los interesados deberán acudir
personalmente a la Embajada provistos de DNI, pasaporte o carnet de conducir
españoles. No es necesario cita previa.
2. SOLICITUD DEL VOTO
La solicitud de documentación electoral, en su caso, la realizará el elector
mediante impreso oficial debidamente firmado. Se recuerda la
obligación de solicitar el voto, en estos procesos electorales no se remitirá
de oficio. Esta Embajada no podrá solicitar el voto por ningún elector, pues la
solicitud es personalísima e indelegable.
Impreso solicitud voto CERA en Castellano
Una vez firmada la solicitud, el propio elector deberá remitirla a la
Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente al
municipio de inscripción en el censo vigente para estas elecciones (Barcelona,
Girona, Lleida, Tarragona):
- Correo postal o fax: https://www.ine.es/oficina_censo/contactar_oce.htm
- Internet. Esta modalidad solo podrán utilizarla los electores que ya
figuren en el censo electoral vigente a 1 de octubre de 2020 y no tengan que
presentar reclamación.
Para la solicitud del voto por internet, además de con certificado electrónico
o Sistema Cl@ve, en este proceso se ha añadido la opción de solicitar la CTT
(clave de tramitación telemática que posibilita la solicitud del voto) a través
de la página web del Instituto Nacional de Estadística, desde el mismo día de
la convocatoria y sin necesidad de esperar a recibir la carta que envía la
Oficina del Censo Electoral con el impreso oficial de solicitud, y que lleva
impresa esa misma CTT. La clave CTT seguirá siendo la misma que hubieran
recibido los electores en la carta para las elecciones a Cortes Generales de
noviembre de 2019, por lo que podrán usarla si conservan la carta.
Con su identificador (DNI o Pasaporte español) o con el resto de los datos
(nombre, apellidos y fecha de nacimiento, si no tuviera ninguno de esos
documentos) y en el siguiente enlace: https://sede.ine.gob.es/ss/Satellite?c=SETramite_C&cid=1259952700944&lang=es_ES&p=1254734719739&pagename=SedeElectronica%2FSELayout¶m1=saber
el elector podrá consultar su CTT y utilizar esta clave para solicitar el voto
por internet.
Una vez tenga el elector su CTT, accederá al menú “Solicitud de voto CERA” de
la misma web del Instituto Nacional de Estadística y podrá solicitar su voto en
la opción “Acceso con CTT”, sin necesidad de acceso a @clave. Por lo tanto, son
dos trámites separados: solicitud de CTT y solicitud de voto con esta CTT.
En todos los casos, la solicitud deberá enviarse no más tarde del 16 de enero
(incluido), adjuntando fotocopia del Pasaporte o DNI españoles o en los casos
que no disponga de ninguno de los anteriores documentos; Certificado de
Inscripción en el Registro de Matrícula Consular expedido por esta Embajada de
España en Ankara.
3. EJERCICIO DEL DERECHO AL VOTO
Modalidades para ejercer el derecho al voto.
Recibida la documentación electoral en su domicilio, el elector dispone
de las siguientes opciones:
1. Depositar personalmente el voto en urna en la Embajada de España en Ankara
(Prof. Dr. Aziz Sancar Cad. No:8 Çankaya Ankara):
• Durante los días miércoles 10 y jueves 11 de febrero en horario de 9:00
a 15:00
• El viernes 12 de febrero, en horario de 9:00 a 12:00
Se significa que, al igual que en anteriores procesos electorales, la Junta
Electoral Central podría autorizar eventualmente una ampliación de plazo para
el depósito del voto durante el sábado 13 y domingo 14 de febrero.
Esta posible ampliación se anunciará EXCLUSIVAMENTE en nuestra página web donde
se indicará el horario de ampliación, que en caso de producirse, será:
• sábado 13 y domingo 13 de febrero en horario de 10:00 a 13:00 (se ruega
verificar nuestra página web).
2. Enviar su voto por correo postal certificado a la Embajada de España en
Ankara no más tarde del día 9 de febrero.
Ejercicio del derecho al voto por españoles residentes en esta demarcación
consular (inscritos en el Registro de Matrícula Consular de esta Embajada) que
se encuentren temporalmente en España
Por último, si algún español residente en esta demarcación consular
inscrito por algún municipio de Cataluña se encontrase en España temporalmente
durante estos comicios, podrá solicitar en cualquier oficina de Correos de
España el voto por correo hasta el 4 de febrero incluido. Una vez recibida la
documentación electoral en la dirección que haya indicado en España, podrá
enviar su voto por correo certificado a su mesa electoral en Cataluña no más
tarde del 10 de febrero.
Deben tener en cuenta que estos electores solamente pueden votar por correo, no
podrán votar personalmente en mesa electoral.
II. ELECTORES ESPAÑOLES RESIDENTES EN CATALUÑA QUE
SE ENCUENTREN TEMPORALMENTE EN LA DEMARCACIÓN CONSULAR DE LA EMBAJADA DE ESPAÑA
EN ANKARA.
Los electores españoles residentes en España que se encuentren
temporalmente en el extranjero y prevean permanecer fuera de España hasta el
día de la votación, podrán votar desde el exterior en estas elecciones
cumpliendo con los siguientes requisitos:
1. Inscribirse como no residentes en el Registro de la Embajada de España
en Ankara no más tarde del sábado 16 de enero de 2021.
2. Solicitar, no más tarde del sábado 16 de enero, la documentación
electoral mediante impreso oficial que se facilitará en la Embajada de España
en Ankara. Una vez haya rellenado el impreso, será esta Embajada quien
tramitará la solicitud de voto.
3. Recibida la documentación en la dirección que usted haya indicado en
Turquía, usted deberá enviar su voto a su mesa electoral en Cataluña por correo
certificado no más tarde del 10 de febrero. No podrá enviar por correo o
depositar su voto en urna en esta Embajada.
El sábado 16 de enero, la Embajada de España en Ankara permanecerá
abierta de 10:00 a 12:00 horas, exclusivamente para que los electores
residentes en Cataluña que se encuentren temporalmente en esta demarcación
consular, puedan solicitar su documentación electoral.