EN ESTA SECCIÓN ENCONTRARÁ INFORMACIÓN DE INTERÉS QUE PUEDE RESULTAR DE AYUDA PARA REALIZAR DETERMINADOS PROCEDIMIENTOS Y TRÁMITES TANTO EN ESPAÑA COMO EN EAU
- Listado de traductores jurados
Listado de los Traductores Jurados - List of Sworn Translators.pdf
- Listado de despachos de abogados
Listado de abogados ACTUALIZADO (06.01.2021).pdf
Recuerde que muchos de los trámites que puede realizar en esta Embajada están publicados en los apartados correspondientes del siguiente enlace.
Solicitud de Certificado Electrónico
Una vez haya realizado el trámite explicado en dicha página, debe acudir personalmente a la Embajada para acreditar su identidad (aportando original y copia de su DNI o pasaporte en vigor) y el código de solicitud generado por el sistema.
Esta Embajada registrará su solicitud y la enviará a la Unidad competente que remitirá a la dirección de correo electrónico proporcionada en su documentación el certificado electrónico, para su descarga e instalación en su navegador. A partir de ese momento podrá identificarse en las sedes electrónicas de la Administración española.
Solicitud de informe de vida laboral
El informe de vida laboral se solicita directamente a través del portal correspondiente de la Seguridad Social y para ello debe contar necesariamente con un certificado electrónico expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (revise el apartado anterior).
Puede obtener toda la información necesaria sobre este trámite en este enlace.
Residencia fiscal de los españoles en los Emiratos Árabes Unidos
España y los Emiratos Árabes Unidos firmaron el 5 de marzo de
2006 un Convenio para evitar la doble imposición, que fue publicado en el
Boletín Oficial del Estado el 23 de enero de 2007 y entró en vigor el 2 de
abril del mismo año. Puede Vd. consultar el texto aquí:
En su artículo 4.1.b el Convenio establece que los residentes en
los Emiratos Árabes Unidos a los que se aplican sus disposiciones son «las
personas físicas domiciliadas en los Emiratos Árabes Unidos y que sean
nacionales de los Emiratos Árabes Unidos, así como las sociedades
constituidas en los Emiratos Árabes Unidos que tengan allí su sede de dirección
efectiva».
Esto significa que la autoridad competente de EAU, en este caso
el Ministerio de Finanzas, ha dejado de emitir certificados de residencia
fiscal para ciudadanos españoles residentes en los Emiratos Árabes Unidos por
entender que no se les aplica el Convenio.
Puede Vd. leer la respuesta del Ministerio de Finanzas aquí:
Por todo ello, todo ciudadano español residente en los Emiratos
Árabes Unidos que desee probar su residencia en este país a efectos fiscales deberá
estar inscrito como residente en el Registro de Matrícula Consular y obtener un
certificado de residencia. Ese certificado de residencia consignará la
fecha original de la inscripción como residente en el Registro de Matrícula
Consular, pero no ninguna anterior.
Para inscribirse como residente en el Registro de Matrícula
Consular y para solicitar un certificado de residente, pulse en el
siguiente enlace.
Respecto a los medios de prueba de residencia fiscal, puede Vd.
leer aquí la respuesta a la consulta que la Embajada hizo a la Agencia
Tributaria:
En el caso de que se le requiera por las autoridades tributarias
españolas, puede Vd. descargar en el siguiente enlace una carta que esta
Embajada ha redactado y en la que se consigna de manera oficial que las
autoridades de los Emiratos Árabes Unidos no emiten certificados de residencia
fiscal.