Todos los pasajeros procedentes de Brasil mayores de 12 años, deberán disponer de al menos un certificado sanitario válido para entrar a España, que puede ser uno de los siguientes:
a) Certificado de vacunación
Los pasajeros que hayan sido vacunados con una pauta completa de CoronaVac, Pfizer, Janssen, Moderna y Astra-Zeneca (incluida CoviShield), al menos 14 días antes de llegar a España, no deberán aportar ninguna prueba diagnóstica adicional.
Se exigirá a los mayores de 18 años, que aparezca una dosis de refuerzo (tercera dosis en caso de Pfizer) en su certificado de vacunación, para los casos en los que la última vacuna administrada de la pauta completa inicial (dos dosis en el caso de Pfizer), fuese hace más de 270 días. El certificado de vacunación para menores de 18 años no tiene fecha de caducidad (no requieren de dosis de refuerzo).
El certificado de vacunación debe estar en español, inglés, francés o alemán. Si su certificado está en otro idioma como el portugués, necesitará ser traducido por un traductor jurado (traducción oficial) a alguno de los idiomas requeridos. Este Consulado no expide certificados de vacunación ni realiza traducciones oficiales.
Para vacunaciones hechas en España u otro país de la Unión Europea, deberá obtener el certificado COVID digital de la UE. Más información sobre el certificado COVID digital en España
aquí
.
Para vacunaciones hechas en Brasil, puede obtener el certificado digital del
Ministerio de Salud de Brasil (SUS)
que permite la opción de descargarlo en su versión en español o inglés. También son válidos los certificados/comprobantes de vacunación emitidos por los diferentes Estados Federales siempre que se encuentren en alguno de los idiomas requeridos e incluso el certificado que Poupatempo emite en inglés. Este Consulado no atiende incidencias relacionadas con la obtención de estos certificados. En caso de incidencia deben dirigirse a las autoridades pertinentes debido a que este Consulado no emite ni valida los certificados de vacunación y serán las compañías aéreas quienes validen su certificado antes de viajar.
b) Certificado de prueba diagnóstica
El certificado debe estar traducido al español, inglés, francés o alemán. Este Consulado no expide certificados de este tipo ni realiza traducciones oficiales. Las pruebas admitidas serán:
1. Pruebas de amplificación de ácido nucleico (NAAT), que detectan el material genético del virus (ej. PCR, TMA, LAMP, NEAR, etc.).
La muestra deberá ser tomada como máximo 72 horas antes de la salida del vuelo.
2. Pruebas rápidas de detección de antígenos (RAT), que detectan la presencia de antígenos del virus.
La muestra deberá ser tomada como máximo 24 horas antes de la salida del vuelo.
Las pruebas admitidas son las autorizadas por la Comisión Europea, que puede consultar en el siguiente
enlace
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c) Certificado de recuperación de COVID-19
Los pasajeros que hayan pasado la enfermedad podrán presentar un certificado de recuperación siempre y cuando hayan transcurrido más de 11 días desde que se realizó la primera prueba NAAT positiva (ej. PCR, TMA, LAMP, NEAR, etc.) o test rápido de detección de antígeno (RAT). Este certificado tendrá una validez de 180 días desde entonces y debe estar traducido al español, inglés, francés o alemán. Este Consulado no expide certificados de recuperación ni realiza traducciones oficiales.