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Formulario del buscador de los servicios consulares

Servicios consulares

Parejas de hecho

Las Oficinas Consulares no tienen un registro de parejas de hecho.

En España, solamente las Comunidades Autónomas y algunos Municipios disponen de un registro de parejas de hecho.

Los españoles residentes en el extranjero pueden registrarse como pareja de hecho de acuerdo con la normativa local del país.

Cuando no sea posible el registro como pareja de hecho, para acreditar la convivencia se puede solicitar a un Notario local o al Cónsul que autorice un acta de notoriedad que dé fe de la convivencia (ver apartado “Actas notariales”). El acta notarial no equivale a un registro como pareja de hecho.

En Francia las parejas de hecho se formalizan a través del Pacte Civil de Solidarité (PACS). Para información adicional sobre el procedimiento y documentación a aportar consulte el siguiente enlaceSe abre en ventana nueva.

Documentos necesarios para inscribirse como pareja de hecho ante las autoridades locales

La Oficina Consular puede expedir los documentos necesarios para inscribirse como pareja de hecho en un registro local del país.

Consulte con las autoridades francesas ante las que desea formalizar su PACS la documentación a presentar. Si fuera necesario algún certificado de este Consulado, consulte en la sección "Certificados" de esta página web.