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COVID-19: RESTRICCIONES DE ENTRADA Y DESPLAZAMIENTO





3 de octubre de 2022

​En el marco de la evolución de la pandemia de la COVID-19, todo viajero debe contar con la posibilidad de verse afectado en el extranjero por restricciones de cualquier tipo que impidan o alteren su libertad de movimiento.

Con carácter general, los viajeros son responsables de las eventuales consecuencias de su decisión de viajar. La capacidad del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y de la red de Embajadas y Consulados de España de prestar asistencia consular de emergencia es limitada, se aplica exclusivamente a viajeros españoles en el exterior y no puede, en ningún caso, suplir las capacidades de otros sistemas nacionales de salud, exigir excepciones a las normativas de terceros países, facilitar o sufragar la eventual prolongación de estancias en el exterior, sean voluntarias o forzosas, ni reemplazar el funcionamiento de las agencias de viajes o de las compañías de transporte.

Por ello, se reitera a todos los viajeros, independientemente de su destino o las circunstancias de su viaje, la recomendación de mantenerse informado en todo momento, de viajar con prudencia y de contar con un seguro que cubra todas las eventualidades durante el viaje.


SITUACIÓN EN ITALIA

Desde el 1 de abril de 2022 ya no está en vigor en Italia el "estado de emergencia",  aunque se mantienen una serie de medidas para la contención de la difusión del COVID-19, contenidas en el Decreto Ley 24, de 24 de marzo de 2022. 

Desde el 1 de mayo ya no es necesario presentar el Certificado COVID Digital UE para acceder a hoteles, restaurantes, museos, transporte público dentro de Italia, etc. Sólo será necesario el Certificado COVID vigente para acceder a hospitales y centros sanitarios.​

Tampoco es necesario el uso de mascarilla FFP2 salvo en el interior de hospitales, centros de salud y residencias de ancianos. Se recomienda, no obstante, el uso de mascarilla en caso de aglomeraciones en espacios abiertos o centros comerciales.

NOTA IMPORTANTE: Debe tenerse en cuenta que las personas que den resultado positivo en un test COVID estando en Italia están obligadas a someterse a un período de cuarentena de 5 días de aislamiento, con seguimiento de las autoridades sanitarias y, en cualquier caso, hasta un máximo de 14 días. En ausencia de un lugar en el que pasar el período de aislamiento, e​​ste se realizará en estructuras previstas a tal fin por las autoridades sanitarias. Los gastos que genere dicho aislamiento, así como la eventual prolongación de la estancia en Italia, deberán correr por cuenta del interesado.

 

VIAJAR A ITALIA

De acuerdo con la normativa del Ministerio de Salud italiano vigente desde el 1 de mayo ya no es necesario cumplimentar el Formulario Digital de Localización del Pasajero (dLPF) para viajar a Italia.

Desde el 1 de junio de 2022 tampoco es necesario presentar el Certificado COVID Digital UE, ni resultado negativo de prueba diagnóstica (test COVID) para viajar a Italia y entrar en territorio italiano.


SITUACION EN ESPAÑA

Una vez concluida la vigencia del estado de alarma, no hay restricciones de carácter nacional. C​ada Comunidad Autónoma podrá adoptar medidas o restricciones específicas para hacer frente a la situación sanitaria en sus territorios, por lo que se recomienda comprobar las que puedan existir en su lugar de destino. 

Según Real DecretoSe abre en ventana nueva del Ministerio de Sanidad, desde el 20 de Abril se exigirá exclusivamente el uso de mascarillas a mayores de 6 años en establecimientos sanitarios y medios de transporte.


VIAJAR A ESPAÑA

A partir del día 2 de junio de 2022, de acuerdo con la Resolución de 1 de junio de la Dirección General de Salud Pública, ya no serán de aplicación los controles sanitarios, anteriormente previstos, a aquellos viajeros procedentes de países miembros de la UE y países asociados Schengen. En virtud de ello, las personas que viajen a España procedentes de Italia ya no tendrán que presentar Certificado COVID Digital UE, ni certificado de resultado negativo de prueba diagnóstica (test COVID). Tampoco será necesario cumplimentar el formulario sanitario SpTH (Spain Travel Health).

Nota:

Se señala que, en caso de necesitarlo,  la mayoría de las farmacias en Italia ​realizan test rápidos de antígenos. En el caso de requerir una pruebe molecular o PCR, deberá acudirse a un laboratorio.​​​

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