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Servicios consulares

Divorcios

Los Cónsules no son competentes para autorizar una escritura pública de divorcio.

Los españoles que quieran divorciarse en el extranjero deben acudir a las autoridades locales.

Inscripción de sentencia de divorcio extranjera

La sentencia de divorcio dictada por un juez o tribunal extranjero sólo produce plenos efectos civiles si se inscribe al margen de la inscripción del matrimonio en el Registro Civil español.

Por regla general, las sentencias extranjeras de divorcio tienen que ser reconocidas por un juez español mediante un procedimiento de “exequatur”. El exequatur se solicita ante el Juez de Primera Instancia e Instrucción en España. Para ello, es necesario contratar los servicios de abogado y procurador.

Documentos necesarios

Para la tramitación del exequátur:

  • Copia original de la sentencia firme de divorcio. Expedida por el Juzgado uruguayo correspondiente, refrendado por la Suprema Corte de Justicia de Uruguay (Galería del Notariado, Av. 18 de Julio, esquina Magallanes) y apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores uruguayo (Calle Cuareim 1384, esquina Colonia, Montevideo)
  • Certificado literal de matrimonio expedido por el Registro Civil español
  • Libro de familia, si se tiene
  • Copia del DNI o pasaporte del solicitante
    • Procedimiento

      Una vez obtenido el exequátur, podrá solicitar su transcripción al margen de la inscripción de matrimonio en este Registro Civil. Para ello deberá solicitar cita en: Cita Registro CivilSe abre en ventana nueva

      Por consultas puede solicitar información a través del correo electrónico cog.montevideo.rgc@maec.esSe abre en ventana nueva, o por el teléfono 095 672 686