Los Cónsules no son competentes para autorizar una escritura pública de divorcio.
Los españoles que quieran divorciarse en el extranjero deben acudir a las autoridades locales.
Inscripción de sentencia de divorcio extranjera
La sentencia de divorcio dictada por un juez o tribunal extranjero sólo produce plenos efectos civiles si se inscribe al margen de la inscripción del matrimonio en el Registro Civil español.
Por regla general, las sentencias extranjeras de divorcio tienen que ser reconocidas por un juez español mediante un procedimiento de “exequatur”. El exequatur se solicita ante el Juez de Primera Instancia e Instrucción en España. Para ello, es necesario contratar los servicios de abogado y procurador.
Documentos necesarios
Para la tramitación del exequátur:
- Copia original de la sentencia firme de divorcio. Expedida por el Juzgado uruguayo correspondiente, refrendado por la Suprema Corte de Justicia de Uruguay (Galería del Notariado, Av. 18 de Julio, esquina Magallanes) y apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores uruguayo (Calle Cuareim 1384, esquina Colonia, Montevideo)
- Certificado literal de matrimonio expedido por el Registro Civil español
- Libro de familia, si se tiene
- Copia del DNI o pasaporte del solicitante
Procedimiento
Una vez obtenido el exequátur, podrá solicitar su transcripción al margen de la inscripción de matrimonio en este Registro Civil. Para ello deberá solicitar cita en: Cita Registro Civil
Por consultas puede solicitar información a través del correo electrónico cog.montevideo.rgc@maec.es, o por el teléfono 095 672 686