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Formulario del buscador de los servicios consulares

Servicios consulares

Baja del Registro de Matrícula

Documentación a presentar

  • Formulario de solicitud de bajaSe abre en ventana nueva rellenado y firmado por el solicitante o por uno de sus progenitores o tutores en el caso de menor de edad o persona incapacitada, indicando claramente cuántos certificados de baja se necesitan y para qué fin se solicitan.
  • Fotocopia del DNI o pasaporte del solicitante y, en su caso, del DNI o pasaporte del progenitor o tutor firmante.
  • Si la baja se solicita para importación de un automóvil en España, fotocopia del certificado de matriculación del país de origen.

Los españoles que regresen a España se deberán empadronar en el municipio al que trasladen su residencia.

Los españoles que trasladen su residencia a otro país deberán tramitar una nueva alta como residentes en la Oficina Consular del país del destino, que producirá la baja en la Oficina Consular de procedencia.

Se podrá solicitar la baja antes de tramitar la nueva alta, pero esa baja no tendrá efectos padronales hasta que no se solicite el alta en la oficina consular del país de destino o en el municipio de residencia en España.

Procedimiento

Formulario pdfSe abre en ventana nueva. Formulario docSe abre en ventana nueva.

La solicitud se realiza enviando el formulario de solicitud cumplimentado, fechado y firmado y la documentación que se indica en el mismo escaneados en formato ".pdf" en un único correo electrónico.

No se admitirán otros formatos distintos al “.pdf” ni el envío en varios correos.

En el asunto del correo se debe hacer constar solo: “SOL BAJA RMC”.

Si la solicitud se firma electrónicamente, debe utilizarse un certificado electrónico reconocido por la Administración General del Estado (por ejemplo, el certificado de usuario para persona física emitido por la FNMTSe abre en ventana nueva.

La confirmación de la baja y, en su caso, el certificado de baja solicitado firmado digitalmente, se recibirán por correo electrónico, salvo en los supuestos indicados de envío por correo postal.

Si la solicitud se presenta personalmente, la baja no se realiza en el momento. Si excepcionalmente, por no disponer de correo electrónico, se desea recibir el certificado de baja por correo postal, resulta aplicable lo indicado a continuación para las solicitudes por correo postal.

Si se desea recibir el certificado de baja por correo postal, debe solicitarse el mismo también por correo postal, adjuntando un sobre con la dirección actual y con franqueo suficiente para realizar el envío certificado. Si no se adjunta dicho sobre franqueado en la forma indicada o si el envío postal es devuelto por la empresa de correos, el certificado de baja deberá recogerse personalmente por el solicitante.

Desde el momento en el que se recibe la documentación completa de solicitud en el Consulado hasta que se confirma la baja al solicitante, pueden transcurrir entre 2 y 4 semanas, por lo que se ruega no contactar con el Consulado antes de ese plazo en caso de no recibirse dicha confirmación.

Normativa básica

  • Real Decreto 3425/2000Se abre en ventana nueva, de 15 de diciembre, sobre inscripción de los españoles en los Registros de Matrícula de las oficinas consulares en el extranjero.