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Servicios consulares

Alta de residente y de no residente

El Registro de Matrícula Consular (RMC) contempla dos tipos de inscripciones:

Como residente: Los españoles que han establecido su residencia habitual en el extranjero deben inscribirse obligatoriamente como residentes en el Registro de Matrícula Consular.

El alta como Residente en el RMC implica la inscripción en el Padrón de Españoles Residentes en el extranjero (PERE) y produce la baja en el padrón del lugar de residencia anterior.

Para los mayores de 18 años también implica la inscripción en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA), lo que tiene efectos sobre el censo electoral.

Como no residente: Los españoles que vayan a residir temporalmente en el extranjero pueden inscribirse como no residentes en el Registro de Matrícula Consular.

Esta inscripción no es obligatoria, aunque es muy recomendable.

El alta como no residente en el RMC no produce la baja en el padrón del lugar de residencia anterior.

Se puede mantener el alta como no residente durante el tiempo máximo de un año. Si no se solicita la baja expresamente ni se solicita el alta como residente, al cabo de un año desde la inscripción como no residente, se producirá la baja automática en el RMC.

Alta de residente

Documentos a presentar

  • Formulario de solicitud de inscripción como residenteSe abre en ventana nueva rellenado y firmado por el solicitante o por uno de sus progenitores o tutores, en el caso de menor de edad o persona incapacitada.
  • Formulario de declaración explicativa de elección de municipio a efectos electoralesSe abre en ventana nueva, firmado por el solicitante o por uno de sus progenitores o tutores, en el caso de menor de edad o persona incapacitada.

    En este formulario se indicará el municipio de inscripción a efectos electorales, que podrá ser el del último domicilio en España en el que se haya estado empadronado, o el municipio de mayor arraigo del solicitante o de sus progenitores, en el caso de españoles que nunca han residido en España

  • Fotocopia del DNI, si lo posee, o del pasaporte español o, en su defecto, partida literal de nacimiento expedida por el Registro Civil español.
  • Prueba de residencia:

    Certificado de empadronamiento original alemán ("Meldebescheinigung”) de la persona a inscribir expedido dentro de los 3 meses anteriores a la fecha de solicitud de inscripción, que debe reflejar la fecha de empadronamiento. Si la persona a inscribir es mayor de edad, dicho certificado debe mencionar también su/s nacionalidad/es ("Erweiterte Meldebescheinigung mit Angabe der Staatsangehörigkeit"). El certificado original quedará en poder del Consulado, salvo que se aporte también copia del mismo.

  • Una fotografía tamaño carnet (en color, reciente, hecha de frente, sobre fondo blanco, sin gafas oscuras ni prendas que dificulten la identificación).
  • Fotocopia del libro de familia en el caso de inscripción de menores de edad.

Procedimiento

Aclaración respecto a la documentación señalada en el apartado "Documentos a presentar":

  • Si se posee pasaporte español de la persona a inscribir, se debe aportar siempre copia del mismo, aunque también se aporte copia de su DNI. Ello facilitará el proceso de solicitud de cita previa para su renovación en este Consulado General.
  • Las copias del DNI y pasaporte españoles deben ser perfectamente legibles.
  • Si no se posee DNI ni pasaporte españoles, o ambos están caducados, se debe aportar certificación literal de nacimiento original* de la persona a inscribir expedida por el Registro Civil español en los 6 meses anteriores a la fecha de solicitud de inscripción.
  • Si no se posee DNI ni pasaporte españoles y se tiene otra nacionalidad además de la española, se debe aportar copia perfectamente legible del documento identificativo de dicha nacionalidad.
  • En el caso de inscripción de persona menor de edad o incapacitada, se debe aportar copia perfectamente legible del documento identificativo de la persona que firma la solicitud (padre / madre / tutor / a) .
  • En el caso de inscripción de persona menor de edad, se debe aportar copia del libro de familia, tanto de la hoja de los padres como del menor. Si no se dispone de él, se debe aportar certificación literal de nacimiento original* del menor expedida por el Registro Civil español en los 6 meses anteriores a la fecha de solicitud de inscripción.
  • En el caso de inscripción de persona incapacitada, se debe aportar sentencia judicial firme de tutela o documento de similar validez jurídica originales que acredite la representación.
  • * No es necesario aportar certificación literal de nacimiento cuando el nacimiento se haya producido en esta demarcación consular y figure inscrito en el Registro Civil Consular de este Consulado.

    Se deben adelantar todos los documentos señalados escaneados en formato ".pdf" en un único correo electrónico y esperar a que el Consulado confirme también por correo electrónico la suficiencia de dicha documentación o requiera su subsanación. El plazo de espera puede ser de entre 4 y 8 semanas.

    No se admitirán otros formatos distintos al “.pdf” ni el envío en varios correos.

    En el asunto del correo se debe hacer constar solo: “SOLICITUD DE ALTA EN EL REGISTRO DE MATRÍCULA CONSULAR”.

    Sólo una vez recibida la confirmación del Consulado de que la documentación es suficiente se debe remitir la misma, junto con el correo de dicha confirmación, por correo postal certificado a la dirección siguiente:


    Consulado General de España.

    Nibelungenplatz 3

    60318 Frankfurt am Main

    NO se debe grapar la documentación ni tampoco introducirla en cubiertas de plástico.


    Si de acuerdo con la información anterior se debe aportar certificación literal de nacimiento y/o sentencia judicial firme de tutela o documento de similar validez jurídica originales y se desea recuperar los mismos, se debe aportar además copia de dichos documentos y un sobre con franqueo suficiente para realizar el envío certificado. Si no se aporta el sobre franqueado en la forma indicada o si el envío postal es devuelto por la empresa de correos, la documentación deberá recogerse personalmente por el solicitante. Se aconseja consultar la página Web de Deutsche PostSe abre en ventana nueva para conocer los franqueos actualizados.

    Una vez realizada la inscripción, se comunicará al solicitante por correo electrónico su número de matrícula consular, debiendo conservarse dicho número para futuras gestiones.

    Normativa básica

    • Real Decreto 3425/2000Se abre en ventana nueva, de 15 de diciembre, sobre inscripción de los españoles en los Registros de Matrícula de las oficinas consulares en el extranjero.

    Alta de no residente

    Documentación a presentar

    • Formulario de inscripción como no residenteSe abre en ventana nueva rellenado y firmado por el solicitante o por uno de sus progenitores o tutores en el caso de menor de edad o persona incapacitada.
    • Fotocopia del DNI, si lo posee, o del pasaporte español o, en su defecto, partida literal de nacimiento expedida por el Registro Civil español.
    • Una fotografía tamaño carnet (en color, reciente, hecha de frente, sobre fondo blanco, sin gafas oscuras ni prendas que dificulten la identificación).

    Procedimiento

    La documentación a presentar es la misma que la indicada en el apartado de "Alta de residente", salvo el "Formulario de declaración explicativa de elección de municipio a efectos electorales", que no es necesario.

    También es aplicable todo lo indicado en el subapartado "Procedimiento" del apartado "Alta de residente".

    Normativa básica

    • Real Decreto 3425/2000Se abre en ventana nueva, de 15 de diciembre, sobre inscripción de los españoles en los Registros de Matrícula de las oficinas consulares en el extranjero.