Si desea solicitar la recuperación de la nacionalidad española (art. 26 C.c.), debe presentar el expediente ante el Registro Civil de este Consulado General con cita previa.
Los documentos que deberán aportar son los siguientes:
1.
Formulario de nacimiento, cumplimentado y firmado (lo proporciona este Consulado), con fotografía. Pinche aquí para descargar el
formulario de nacimiento español.
2. Original y copia del Pasaporte dominicano, en vigor, del interesado. Y original y copia de la Cédula de Identidad y Electoral del interesado.
3. Original y copia del Pasaporte español, en vigor, del padre o madre de nacionalidad española. Y original y copia de la cédula en vigor del padre o madre de nacionalidad dominicana.
4. Libro de familia de los padres del interesado. En caso de no tenerlo, si los padres estaban casados, entre sí o por separado, en el momento del nacimiento del optante, se debe aportar acta inextensa de matrimonio, original, reciente, legalizada (salvo que el matrimonio estuviera inscrito en este Registro Civil Consular).
5. Acta inextensa de nacimiento del interesado, original, reciente (un año de antigüedad como máximo), legalizada (Junta Central Electoral y Cancillería) - debe indicar tomo, página y número del registro de nacimiento y el estado civil de los padres.
Si se trata de una declaración tardía, debe aportarse, además, sentencia de ratificación, legalizada en la Procuraduría y Cancillería, debiendo constar en el acta de nacimiento los datos de la sentencia.
Si en el acta de nacimiento se hace constar que declara la madre siendo soltera, se debe aportar acta inextensa de reconocimiento paterno, legalizada (Junta Central Electoral y Cancillería).
6. Acta literal de nacimiento expedida por el Registro Civil español correspondiente, del progenitor español o dominico-español, original, reciente (un año de antigüedad como máximo), si no se aporta la documentación referida en el punto 4.
7. Acta inextensa de nacimiento del progenitor dominicano, reciente (un año de antigüedad como máximo), original, legalizada (Junta Central Electoral y Cancillería), si no se aporta la documentación referida en el punto 4.
8. Acta española de defunción, original, reciente (un año de antigüedad como máximo), o acta inextensa de defunción, original, reciente, legalizada (Junta Central Electoral y Cancillería), del padre o madre, si fallecieron.
9. Cualquier documento que acredite la nacionalidad española que tuvo su padre o madre en el momento del nacimiento del interesado (pasaportes caducados, permiso de residencia, cédula dominicana, D.N.I., certificados de nacionalidad, etc.).
Si su padre o madre hubiese adquirido la nacionalidad dominicana, deberá traer el decreto de naturalización dominicana. Si no se nacionalizó, solicitar en la Secretaría de Estado de Interior y Policía, la correspondiente certificación negativa.
A la vista de los documentos aportados, se podrán solicitar documentos adicionales, si fuera necesario para la adecuada tramitación del expediente