Los Cónsules Generales están habilitados para ejercer funciones notariales.
Para el otorgamiento de un poder o cualquier escritura pública que deba surtir efectos en España, se tienen dos opciones:
- Puede otorgar el documento notarial ante notario dominicano que apostillado por el MIREX es válido en España, sin necesidad de legalización posterior.
- Puede remitir su solicitud al correo electrónico: cog.santodomingo@maec.es indicando las gestiones a realizar con dicho poder o las facultades que debe contener, acompañando en el caso de los poderes especiales minuta en formato editable. Posteriormente, y según el tipo de poder requerido, se le solicitará la documentación e información oportuna.
Una vez aportada toda la documentación necesaria, se le dará cita - cualquier día laborable, en horario de 11:00 a 1:00 p.m. - para la firma del poder ante el Cónsul (en función notarial). El mismo día de la firma se le informará del importe de la tasa consular, en pesos dominicanos - solo se admite efectivo - la cual deberá abonar en la Caja de este mismo Consulado General.