Los visados nacionales habilitan a su titular para residir, residir y trabajar o estudiar en España. Todos los extranjeros, incluidos los chilenos, que deseen entrar en España para residir, residir y trabajar o estudiar necesitan contar con un visado de este tipo, a menos que se trate de ciudadanos de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza. En caso de necesitar visado, siga las siguientes indicaciones:
Visado de estudios
Visado de trabajo por cuenta propia
Visado de trabajo por cuenta ajena
Visado de residencia para inversores, emprendedores, y otros profesionales altamente cualificados
Visado con excepción de autorización de trabajo
Visado de residencia no lucrativa
Visado reagrupación familiar régimen general
Situaciones especiales
Plazo de tramitación
Al presentar la solicitud usted recibirá un resguardo con un código que le permitirá comprobar el estado de su expediente a través de la página web https://sutramiteconsular.maec.es
Excepcionalmente, el pasaporte podrá ser recogido por el representante legal en el caso de los visados de residencia para reagrupación familiar expedidos a menores de edad y en el caso de los visados de residencia para inversores, emprendedores, profesionales altamente cualificados, investigadores y trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales.
Le recomendamos que consulte nuestras Preguntas frecuentes sobre visados de residencia.