Es OBLIGATORIO aportar siempre la siguiente DOCUMENTACIÓN:
• Pasaporte (con validez mínima de cuatro meses)
• Permiso de Residencia (folio de soggiorno en Italia).
• Acreditación profesional y socioeconómica.
• Estancia y alojamiento (al objeto de apoyar su solicitud con la CARTA DE INVITACIÓN de particulares a favor de extranjeros que pretendan acceder al territorio nacional por motivos de carácter turístico o privado y para su expedición o tramitación se deberán dirigir a LA OFICINA COMPETENTE, "COMISARIA DE POLICÍA DE SU LUGAR DE RESIDENCIA". Aval o garantía adicional que la Autoridad considere necesaria.
• Acreditación de cobertura sanitaria (seguro médico, aseguración, póliza, etcétera).
• BILLETE DE IDA Y VUELTA (garantías de retorno).
Presentación de la Documentación:
La documentación original deberá presentarse personalmente en este Consulado General en horario de atención al público, presentando original y copia por cada expediente.
Retirada del Visado:
El solicitante deberá personarse en el Consulado en Roma, para la retirada del pasaporte debidamente visado. Este acto no es delegable.
NOTA: Los documentos redactados en lengua extranjera deberán ir acompañados de su traducción al español.
La presentación de la solicitud de visado junto con la documentación preceptiva, NO significa en ningún caso que el visado vaya a ser concedido, pudiendo siempre el Consulado requerir cualquier certificado, documento, requisito, aval o garantía adicional que considere necesario, incluida la entrevista personal con el solicitante.
La tasa por la SOLICITUD del Visado es de 60,00 Euros.
Indistintamente de la resolución, la tasa NO será devuelta en ningún caso.