Para
cualquier consulta sobre este tema envíe un correo electrónico a la siguiente
dirección: cog.riodejaneiro.pas@maec.es informando sus datos personales (nombre
como figura en su certificado de nacimiento español, dirección postal,
teléfono, e indicando si se trata de renovación o primera expedición.
En el
extranjero, el pasaporte es el documento que acredita la nacionalidad e
identidad de un ciudadano español.
En España,
este documento es expedido en Comisarías de la Policía Nacional específicas
para ello.
En el
extranjero, si se encuentra de viaje y expira la validez de su pasaporte, o si
lo pierde, lo extravía o si se lo roban, podrá dirigirse a la Oficina Consular
más cercana, que podrá expedirle nuevo documento de viaje en la condición de
NO-RESIDENTE o, en su caso, un Salvoconducto válido exclusivamente para volver a España.
Procedimiento:
De conformidad con la normativa vigente, en el extranjero, el pasaporte puede
ser solicitado ante una Oficina Consular española de carrera u honoraria. Dicha
solicitud será enviada al Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, en
España, quien, de forma centralizada, lo emite y lo envía a la Oficina Consular
que lo ha tramitado.
Plazos de
expedición:
En Rio de
Janeiro
Los
pasaportes son recibidos en este Consulado General y estarán disponibles para
su recogida un mes después de la solicitud por parte del interesado.
Si ha
solicitado su pasaporte a través de un Consulado Honorario, podrá Usted
contactar con dicha Oficina en el plazo de 40 días a partir de la fecha de
solicitud para saber si ya se ha recibido el documento.
En todo
caso, es conveniente confirmar por teléfono si el pasaporte ha sido recibido
dentro del plazo previsto en esta Oficina Consular.
La validez
de un pasaporte es de 10 años para los mayores de 30 años, de 5 años para los
ciudadanos que tengan entre 5 años completos y 30 años incompletos y de 2 años
para los menores de 5 años. En el caso de renovación o expedición del documento
para un nacional NO-RESIDENTE, la validez será, normalmente, de 90 días.
v Pasaporte
por primera vez.
Para
solicitar un pasaporte por primera vez una persona MAYOR DE EDAD deberá estar dado de alta previamente en esta oficina consular.
Deberá personarse en esta Oficina Consular con los
siguientes documentos:
1.
Original
y Copia de la Tarjeta de Extranjero o Protocolo del R.N.E. (si no es
brasileño/a).
2.
Original
y Copia del Certificado de Naturalización (si es el caso).
3.
Original
y una Copia del D.N.I. (si lo posee).
4.
Dos
fotografía tamaño carnet (3x4) reciente, en color, con fondo blanco y liso, con
la cabeza descubierta, tomada de frente y sin gafas o cualquier otra prenda que
pueda impedir su identificación.
5.
Original
y Copia del Comprobante de residencia (a su nombre).
6.
Original
y Copia del Certificado literal de nacimiento español, con fecha reciente
(menos de 180 días de expedición)
7.
Tasa
de Renovación del Pasaporte. Consultar
tasa
v
Renovación de pasaporte
Para
la renovación de un pasaporte de una persona MAYOR DE EDAD deberá estar dado de alta previamente en esta oficina consular.
Deberá personarse en esta Oficina Consular con los
siguientes documentos:
1.
Original
y Copia de la Tarjeta de Extranjero o Protocolo del R.N.E. (si no es
brasileño/a).
2.
Original
y Copia del Certificado de Naturalización (si es el caso).
3.
Original
y una Copia del D.N.I. (si lo posee).
4.
Pasaporte
caducado o a punto de expirar **
5.
Dos
fotografía tamaño carnet (3x4) reciente, en color, con fondo blanco y liso, con
la cabeza descubierta, tomada de frente y sin gafas o cualquier otra prenda que
pueda impedir su identificación.
6.
Original
y Copia del Comprobante de residencia (a su nombre).
7.
Original
y Copia del Certificado literal de nacimiento español, con fecha reciente
(menos de 180 días de expedición)
8.
Tasa
de Renovación del Pasaporte. Consultar
tasa
**la renovación de un
pasaporte solo podrá realizarse si este está ya caducado o si tiene un fecha de
caducidad menor a seis meses
v Duplicado
de pasaporte por hojas agotadas
Para
solicitar un duplicado de pasaporte por hojas agotadas para una persona MAYOR DE EDAD deberá estar dado de alta previamente en esta oficina
consular.
Deberá personarse en esta Oficina Consular con los
siguientes documentos:
1.
Original
y Copia de la Tarjeta de Extranjero o Protocolo del R.N.E. (si no es
brasileño/a).
2.
Original
y Copia del Certificado de Naturalización (si es el caso).
3.
Pasaporte
con las hojas agotadas.
4.
Original
y una Copia del D.N.I. (si lo posee).
5.
Dos
fotografía tamaño carnet (3x4) reciente, en color, con fondo blanco y liso, con
la cabeza descubierta, tomada de frente y sin gafas o cualquier otra prenda que
pueda impedir su identificación.
6.
Original
y Copia del Comprobante de residencia (a su nombre).
7.
Original
y Copia del Certificado literal de nacimiento español, con fecha reciente
(menos de 180 días de expedición)
8.
Tasa
de trámite del Pasaporte. Consultar
tasa
v Renovación
de pasaporte por extravío o hurto
Para
solicitar un pasaporte por extravió o hurto para una persona MAYOR DE EDAD deberá estar dado de alta previamente en esta oficina
consular.
Deberá personarse en esta Oficina Consular con los
siguientes documentos:
1.
Original
y Copia de la Tarjeta de Extranjero o Protocolo del R.N.E. (si no es
brasileño/a).
2.
Original
y Copia del Certificado de Naturalización (si es el caso).
3.
Original
y una Copia del D.N.I. (si lo posee).
4.
Dos
fotografía tamaño carnet (3x4) reciente, en color, con fondo blanco y liso, con
la cabeza descubierta, tomada de frente y sin gafas o cualquier otra prenda que
pueda impedir su identificación.
5.
Original
y Copia de la denuncia ante la policía local de la pérdida, robo o extravío del
pasaporte
6.
Original
y Copia del Comprobante de residencia (a su nombre).
7.
Original
y Copia del Certificado literal de nacimiento español, con fecha reciente
(menos de 180 días de expedición)
8.
Tasa
de trámite del Pasaporte. Consultar
tasa
En caso de que la persona tenga que viajar a España de
nuevo inmediatamente (turista) se le tendrá que hacer un salvoconducto.
v Salvoconducto
Un salvoconducto es un documento que se hace para que un
turista o no turista, que ha perdido o ha sido robado el pasaporte, pueda
volver a España.
Para
solicitar un salvoconducto para una persona MAYOR DE EDAD deberá estar dado de alta previamente en esta oficina consular.
Deberá personarse en esta Oficina Consular con los
siguientes documentos:
1.
Original
y Copia de la Tarjeta de Extranjero o Protocolo del R.N.E. (si no es
brasileño/a).
2.
Original
y Copia del Certificado de Naturalización (si es el caso).
3.
Original
y una Copia del D.N.I. (si lo posee).
4.
Copia
del pasaporte (si lo posee).
5.
Tres
fotografías tamaño carnet (3x4) reciente, en color, con fondo blanco y liso,
con la cabeza descubierta, tomada de frente y sin gafas o cualquier otra prenda
que pueda impedir su identificación.
6.
Original
y Copia de la denuncia ante la policía local de la pérdida, robo o extravío del
pasaporte
7.
La
compra del vuelo que llegue a ESPAÑA donde ponga nombre, numero de vuelo e
informaciones relevantes.
Este documento demora en estar listo 24 horas después de
su solicitud, y deberá venir personalmente el interesado a recogerlo.
v Pasaportes para menores de edad
Además de los documentos señalados en cada uno de los
casos anteriores, el menor Deberá personarse en esta Oficina Consular con ambos
progenitores o responsable legal, mediante acreditación de tal condición. Los
progenitores o representante legal, deberán presentar documento original de
identidad y fotocopia del mismo.
NOTAS IMPORTANTES:
·
Si
el solicitante de un pasaporte nació antes del 28 de diciembre de 1960 fuera de
España, habrá que presentar, en todo caso, copia actualizada de su partida
literal de nacimiento.
·
El
interesado (y su representante legal, si fuera el caso), deberá presentarse
personalmente en este Consulado General o en cualquiera de los Consulados Honorarios
de esta demarcación consular para solicitar y retirar su pasaporte.
·
El
plazo de recogida de los pasaportes es de 90 días, a partir de la fecha de
solicitud. La no recogida en este plazo implica en la destrucción del documento
transcurrido el mencionado plazo.
Además de todos los documentos que se mencionan
en cada caso, se podrán pedir más documentos que acrediten la nacionalidad del
ciudadano siempre y cuando sea necesario.
La partida de nacimiento Española es
recomendable traerla para cualquier tipo de trámite relacionado con el
pasaporte e imprescindible en los casos donde se especifica anteriormente.