1. ¿QUIÉN PUEDE DARSE DE ALTA COMO NO RESIDENTE?
Aquellos españoles que se encuentren temporalmente en la demarcación consular sin voluntad de fijar su residencia habitual podrán (no es obligatorio) inscribirse como no residentes. El interesado permanecerá dado de alta en el padrón y en el censo electoral en España (o en otro Consulado, si reside en un tercer país).
La inscripción como no residente es recomendable dado que, entre otras cosas, permite al Consulado ubicar al interesado en caso de emergencia.
No se puede permanecer inscrito como no residente por más de un año.
2. REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN
- Impreso relleno y firmado.
Enlace formulario.
- Una fotografía actual tamaño carné a color y en fondo blanco.
- Original del Pasaporte español y copia de la hoja biográfica.
- Original y copia del DNI del solicitante (si lo tiene).
- Protección de datos. Consulte la información relativa a la protección de datos de carácter personal en cumplimiento del RGPD en el siguiente documento:
Impreso sobre protección de datos
3. TRÁMITE
A través de MENSAJERÍA
Para gestionar el Alta como No Residente en el Registro de Matrícula Consular de este Consulado General se ruega, en la medida de lo posible, acudir al servicio de mensajería cumplimentando el correspondiente formulario de solicitud, con las mensajerías acreditadas para este servicio en Ecuador que son:
Debe descargar, imprimir y rellenar el formulario siguiente, siguiendo sus instrucciones:
A través de CITA PREVIA
O puede solicitarse también a través de una cita previa, sometida a las restricciones de citas, horarios y aforo, escribiendo al buzón de correo:
En este último caso, deberá remitir, los documentos detallados en el apartado 2.