1. Efectos de los documentos notariales españoles y ecuatorianos: los documentos notariales otorgados ante Notario Ecuatoriano y apostillados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador, tienen efectos jurídicos equivalentes que los realizados en este Consulado General.
Ello es así dado que España y Ecuador son parte del Convenio de La Haya del 5 de octubre de 1961, que suprime la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros.
Por tanto, puede acudir también al Notario ecuatoriano para elaborar los documentos notariales que precise, especialmente en caso de urgencia.
2. ¿Cuáles son los requisitos para otorgar un documento notarial ante el Consulado General de España en Quito?
- Con carácter ordinario, en el caso de que los otorgantes sean de nacionalidad española, deben estar registrados en el Registro de Matrícula Consular en este Consulado General con anterioridad a la firma del documento notarial. Recordamos que todos los residentes en la demarcación consular correspondiente al Consulado General de España en Guayaquil deben acudir al mismo para realizar trámites notariales.
- Los documentos que se otorguen en este Consulado General deben afectar a ciudadanos españoles o estar relacionados con intereses en España.
- El otorgamiento de documentos notariales está sujeto a una tasa consular, que le será informada previamente a su comparecencia en el Consulado.
- Las citas se conceden entre 15 días y un mes a partir de la fecha de ingreso de la solicitud con la totalidad de los documentos requeridos.
3. ¿Cuál es el procedimiento? Las personas interesadas en que se otorguen documentos notariales en este Consulado General deberán:
- Solicitarlo por escrito, enviando un correo electrónico a cog.quito@maec.es dirigida al Cónsul General, con su número de teléfono de contacto y con los siguientes datos y documentos en formato “Word”.
- Nombres y apellidos de la persona que intervienen/participan o son parte interesada.
- Nacionalidad.
- Estado civil.
- Número y escaneo de DNI, NIE, pasaporte o cédula de identidad ecuatoriana de los mismos, según corresponda.
- Domicilio, justificado documentalmente de las personas que otorguen el documento notarial.
- Indicar el tipo de documento notarial que necesita.
- Presentar la minuta en documento “Word” adjunta a su correo electrónico.
- Cláusulas especiales, si las tuviera.
El Consulado General se reserva en todo caso la potestad de solicitar información suplementaria.