Necesidad de visado
Los brasileños no necesitan de ningún visado para estar en España hasta 90 días por cada período de 180 días. Esta exención es independiente de cualquier visado nacional (por ejemplo, uno de estudios en España) y del número de entradas y salidas y se añade al período concedido por el visado.
Aquellos a quienes se exige visado Schengen solo pueden entrar en espacio Schengen cuando el visado ha entrado en vigor. Finalizado el período de validez del visado debe abandonarse el espacio Schengen.
Para consultar la lista de países a cuyos nacionales se les exige dicho visado y para más información pinche aquí
El espacio Schengen lo componen: países EU: Alemania, Austria, Bélgica Dinamarca, Eslovenia, España Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Polonia, Portugal, República Eslovaca, República Checa y Suecia; países no EU: Noruega, Islandia , Liechtenstein y Suiza.
Cita previa (AGENDAMENTO)
Es necesario
marcar CITA PREVIA para solicitar
cualquier tipo de visado.
·
Para solicitar una cita, pinche aquí.
ANTES DE
SOLICITAR UNA CITA, TENGA EN CUENTA LO SIGUIENTE:
·
Debe seleccionar una fecha y una hora en las que
pueda acudir con la máxima puntualidad.
·
Cada cita es válida para una sola persona; las
familias deben solicitar tantas citas como miembros deseen realizar un trámite.
·
Si no le es posible asistir a su cita, debe
cancelarla con 72 horas de antelación. La no comparecencia sin cancelación
puede suponer una suspensión para obtener más citas en el futuro.
Costes
Al presentar la solicitud en el consulado hay que pagar en dinero en el mismo consulado una tasa. Sin el previo pago de la tasa no se puede iniciar la tramitación.
Como excepción, los menores de 6 años no pagan tasa de visados.
Para Listado de tasas: pinche aquí.
Foto
Hay que aportar un foto con las siguientes medidas: Mínimo: 26 mm. de ancho por 32 mm. de altura; máximo: 35 mm. de ancho por 45 mm. de altura.
Las fotos debe ser reciente, no más un mes de antigüedad desde la solicitud.
En color y de buena calidad.
Cara completamente despejada, mirando al frente y con fondo blanco.
Con atuendo civil, no se aceptarán fotos de uniforme de servicio.
Sin sombreros ni accesorios.
Si usted lleva normalmente gafas para ver, aparatos auditivos, peluca o artículo similar, por favor, no se los quite para la foto.
No se permiten gafas oscuras o de sol sin prescripción médica. Un certificado médico puede ser requerido. Las gafas para ver deben tener un marco delgado y no deben dar reflejos al tomar la foto.
Si lleva cubierta la cabeza diariamente por razones religiosas o medicas incluya una carta explicándolo.
Solicitud
La solicitud de visado se debe presentar en las oficinas del consulado. No se puede hacer por correo o por Internet.
La solicitud debe hacerla personalmente el propio solicitante.
El formulario de solicitud no se puede rellenar en la WEB; debe imprimirse.
El formulario debe estar firmado necesariamente. Si no está firmado no se puede tramitar.
Al presentar la solicitud hay que dejar fotocopia completa de todas las páginas del pasaporte.
Hay que leer previamente y luego firmar y poner fecha a un formulario impreso con los datos que se han introducido en el sistema informático.
Terminada la solicitud se entrega un resguardo con una serie de datos que sirven para seguir el curso de la solicitud y para recoger el visado.
Decisión
La decisión sobre el visado se puede encontrar en Consulta de trámites consulares: https://sutramiteconsular.maec.es/Home.aspx (Acceso por resguardo).
No se registrará ni mantendrá correspondencia sobre la decisión de la solicitud de visado hasta que hayan transcurrido 30 días naturales desde la solicitud del visado, o, en su caso, hasta que haya transcurrido el plazo establecido para adoptar la decisión de una determinada clase de visado.
Recogida
La recogida del visado debe ser hecha personalmente.
Hay que traer el resguardo y el pasaporte.
No se necesita marcar cita previa.
Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)
Si la estancia por estudios tuviera una duración superior a seis meses, el extranjero deberá solicitar la correspondiente Tarjeta de Identidad de Extranjero en el plazo de un mes desde la entrada efectivo en España. La solicitud de la citada tarjeta se hará en la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras.
Para más información:
http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/Ciudadanosnocomunitarios/hoja092/
Otras indicaciones comunes a toda clase de visados
Se recomienda comprar los billetes de avión sólo cuando se ha obtenido el visado, a fin de evitar penalizaciones por el cambio de billete.
Se recuerda que las consecuencias de los cambios de la fecha de entrada en España respecto a la manifestada por el solicitante al hacer su petición, no son responsabilidad del consulado.
Una vez que se encuentre en España consulte el Portal de Inmigración para resolver cualquier problema o duda sobre su visado o estancia, pero no a este consulado en Porto Alegre.
Todos los formularios deben rellenarse en lengua española.
Tipos de Visados