La Comunidad de Madrid ha convocado unas subvenciones para la
atención y apoyo a la emigración dirigidas a asociaciones, centros y entidades
sin ánimo de lucro.
- Podrán ser sus beneficiarios
las asociaciones, centros y entidades sin ánimo de lucro que tengan sede social
en el país donde vayan a desarrollar proyectos de interés general para los
emigrantes madrileños y que reúnan los requisitos detallados en la
convocatoria.
- Las bases
reguladoras de la convocatoria son las establecidas por la Orden
2072/2017, de 10 de julio, de la Consejería de Presidencia, Justicia y
Portavocía del Gobierno.
- La convocatoria de concesión de estas subvenciones se rige por
lo establecido en la Orden
2511/2019, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia
y Portavocía del Gobierno.
- La cuantía
máxima de la subvención por beneficiario no podrá superar los treinta mil
euros.
- El período
subvencionable comprenderá entre el 2 de septiembre de 2019 y
el 31 de marzo de 2020.
- La solicitudes
se podrán presentar entre el 3 de septiembre y el 2 de octubre de 2019, ambas
fechas inclusive.
Para cualquier duda
o aclaración pueden dirigirse al correo electrónico de la
Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea de la
Comunidad de Madrid: dg.asuntoseuropeos@madrid.org.