1. Enviando el voto por correo certificado a este Consulado General, hasta el día 9 de febrero inclusive, siguiendo cuidadosamente las instrucciones recibidas en dicha documentación.
2. Depositando el voto en urna en este Consulado General durante los días 10, 11 y 12 de febrero en horarios que serán anunciados oportunamente, al igual que una posible ampliación del voto en urna.
Los electores residentes en esta demarcación consular inscritos en el CERA que se encuentren temporalmente en España durante el proceso electoral pueden votar por correo desde España (lo que no implica la baja en el CERA). Para ello deberán dirigirse, hasta el 12 de febrero incluido, a una oficina de correos en España y solicitar allí la correspondiente documentación electoral.
2) Electores residentes en España que temporalmente se encuentren en esta demarcación consular.
- Hasta el sábado 16 de enero inclusive, los residentes en España que se encuentren temporalmente en esta demarcación consular podrán en su caso inscribirse como no residentes en el Registro de Matrícula Consular y tramitar su solicitud de voto, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas, y el sábado 16 de enero, de 10:00 a 13:00 horas. No causarán baja por ello en el CER.
Recibida la documentación electoral en el domicilio que indique para ello, el elector deberá enviar su voto a su mesa electoral en España por correo certificado no más tarde del 10 de febrero. No podrá, en ningún caso, depositar el voto en urna en esta oficina consular.
Para más información sobre este proceso electoral se pueden consultar los siguientes enlaces: