¿Qué es?
El Certificado de No Publicación de Edictos da Fe que según la Ley española no se necesita publicar edictos para contraer matrimonio.
Si usted está inscrito en el Registro de Matrícula Consular de París o empadronado desde al menos 2 años en una localidad de más de 25.000 habitantes, no se necesitará hacer la publicación de edictos.
Documentación a enviar por correo postal.
- Pasaporte o D.N.I. en vigor del solicitante o fotocopia si la solicitud se manda por correo.
- Certificado o histórico de empadronamiento en España si el solicitante lleva menos de dos años inscrito en el registro de matrícula consular de España en Paris.
- Sobre franqueado donde figure la dirección del SOLICITANTE para el envío por correo del certificado.
Tasa
- 37,15 euros
- Cheque de una entidad bancaria francesa a nombre del Consulado General de España en París.
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