SOLICITUD DE
CERTIFICADOS DE NACIMIENTO, MATRIMONIO Y DEFUNCIÓN
Le
recordamos que:
· Los
certificados españoles tienen una vigencia de seis meses.
· El
certificado de nacimiento para DNI se expide por única vez. Se entregará
únicamente al interesado o a los padres, en caso de menores de edad.
Los
certificados de las inscripciones practicadas en el Consulado General podrán
solicitarse a través del correo electrónico de este Registro Civil Consular cog.montevideo.rgc@maec.es
También se podrán solicitar a través de la
página web del Ministerio de Justicia de España:
Nacimiento: https://sede.mjusticia.gob.es/ecertificados/solicitud/solcertnacimiento?lang=es_es&idpagina=1215197884559&idtramite=104
Matrimonio:
https://sede.mjusticia.gob.es/ecertificados/solicitud/solcertmatrimonio?lang=es_es&idpagina=1215197884559&idtramite=103
Defunción:
https://sede.mjusticia.gob.es/ecertificados/solicitud/solcertdefuncion?lang=es_es&idpagina=1215197884559&idtramite=105
Por cualquier consulta podrá contactar con la
Sección Registro Civil de este Consulado por el móvil 095-672686
Solicitud de certificados de nacimiento de nacidos en España antes del año
1871
Los
Registros Civiles españoles se crearon a partir del 17 de junio 1870; por lo
tanto, antes de esa fecha eran las parroquias, mediante las partidas de
Bautismo, quienes daban fe del nacimiento.
Para
solicitar el certificado de Bautismo puede dirigirse al cura párroco del lugar
de nacimiento o a los archivos parroquiales concentrados en las ciudades. En Internet puede acceder a información sobre
estos “archivos eclesiásticos”.