El Consulado general de España en Miami tiene jurisdicción sobre los siguientes estados: Florida, Georgia y Carolina de Sur.
Deben solicitar este tipo de visado los extranjeros que deseen realizar trabajos de investigación o formación no remunerados laboralmente o cursar o ampliar estudios en centros docentes o científicos españoles públicos o privados oficialmente reconocidos, o han sido admitidos como auxiliares de conversación, siempre que sean residentes legales en esta demarcación consular.
Los ciudadanos estadounidenses (o de cualquier otra nacionalidad que no requiere visado para entrar en España) que se desplacen a estudiar menos de 90 días no necesitan solicitar este visado.
La solicitud de visado de estudios se presentará personalmente o por representante debidamente acreditado, en modelo oficial, de lunes a viernes entre 8:30 am y 13:30 pm (NO ES NECESARIO CITA PREVIA, se atenderá por orden de llegada). Si se tratara de menores de edad, la solicitud deberá ser presentada personalmente por sus padres o tutores debidamente acreditados, acompañando al menor.
No se aceptarán solicitudes con más de 90 días de antelación a la fecha de inicio del programa.
Los Viceconsulados Honorarios de España no están autorizados para tramitar solicitudes de visados.
El plazo de tramitación de este tipo de visado puede tardar aproximadamente 2 a 4 semanas. Este Consulado General recomienda que no se compren los pasajes aéreos hasta la concesión del visado.
El Consulado General de España en Miami tiene plena autoridad para evaluar y solicitar documentos adicionales de los presentados inicialmente por el solicitante.
Requisitos visado estudios.pdf
Solicitud de visado Nacional
Certificado Médico.pdf
Preguntas Frecuentes.pdf