Debido a la actual crisis sanitaria, y hasta que la Ciudad de México pase a semáforo verde, la tramitación de una baja consular se realizará a través del correo electrónico siguiente: con.mexico.rmcen@maec.es, al que deberá remitir escaneada la documentación requerida más abajo.
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En el caso de los no residentes, la baja en el Registro de Matrícula Consular (RMC) se produce de forma automática al cabo de seis meses, por lo que si se vuelve a adquirir la condición de no residente es necesario inscribirse de nuevo en el citado registro.
- Los residentes deben aportar la siguiente documentación:
- Original y copia del pasaporte español o DNI vigente.
- Impreso de baja consular debidamente rellenado y firmado:
Modelo de baja consular.
- Hoja de protección de datos de carácter personal escribiendo al pie nombre completo, fecha y firma:
Hoja de protección de datos.
- En el caso de que sólo se diera de baja a menores de edad o incapacitados, junto a la documentación anterior de uno de los padres o del tutor, habrá de adjuntarse asimismo copia del DNI, por ambas caras, o de la página del pasaporte donde figuran los datos identificativos del padre o del tutor.
- La baja en el RMC lleva consigo de una forma automática, y sin necesidad de un trámite adicional, la baja en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).
- Recuerde que esta baja puede solicitarse también desde España a través del correo proteccion.espanoles@maec.es
Preguntas frecuentes:
¿Qué sucede si me he trasladado a España sin haberme dado de baja y necesito un documento de ello?
Puede solicitar la baja a través del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación a la dirección de correo electrónico: proteccion.espanoles@maec.es
¿Para qué sirve la baja?
Para empadronarse en España y para el traslado a España de los enseres personales, en la mayoría de los casos sin necesidad de pagar impuestos. En este último caso siempre y cuando lleve residiendo por un periodo mínimo de 1 año en México. El traslado de enseres deben hacerlo con la compañía transportistas, y en el Consulado sólo facilita el certificado de baja consular a tales efectos.