Debido a la actual crisis sanitaria, y hasta que la Ciudad de México pase a semáforo verde, la tramitación de altas en este Registro de Matrícula Consular, se realizará a través del correo electrónico siguiente: con.mexico.rmcen@maec.es , al que deberá remitir escaneada la documentación requerida más abajo.
Si se encuentra de viaje por México puede inscribirse también en el Registro de Viajeros del Ministerio a través del siguiente enlace:
https://registroviajeros.exteriores.gob.es
La inscripción en el Registro de Matricula Consular (RMC) y, a efectos electorales, en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) ha de realizarse en este Consulado General si su domicilio se halla dentro de esta
demarcación consular.
En
el caso de no residentes, es decir quienes se hallen temporalmente en México por un periodo inferior a seis meses es
necesaria asimismo la inscripción en el RMC, pero NO en el CERA, con el fin de
poder realizar diversos trámites en este Consulado General.
MUY
IMPORTANTE: Las altas y bajas en el RMC se producen en la fecha en la que el trámite se concretiza en este Consulado General. El sistema informático no permite efectuar una inscripción o baja
con carácter retroactivo.
La inscripción ha de realizarse en este Consulado General aportando la siguiente documentación:
Pasaporte
y una fotocopia. Para
los nacidos en México que todavía no cuenten con pasaporte español, bastará el
acta literal de nacimiento española y una copia.
Una
fotografía reciente, a color, de frente, tamaño pasaporte con fondo blanco, sin
gafas con cristales de color, ni ningún tipo de sombrero, gorro, pañuelo o
visera.
Formulario
(
de residente o
no residente en
México), cumplimentado y firmado y hoja de protección de datos marcando si consiente o no la comunicación electrónica y escribiendo a pie nombre completo, fecha y firma, para
residente o
no residente.
En
el caso de RESIDENTES: original y copia del comprobante de domicilio a nombre
del interesado. Puede ser con cualquiera de estos documentos: recibo de agua,
luz, teléfono fijo, cuenta bancaria, contrato de alquiler de vivienda, contrato
de trabajo, inscripción en un centro de estudios para un curso de larga
duración y/o forma migratoria. De convivir con otra persona, deberá aportarse cualquiera de los citados
documentos a nombre de esa persona, así como una declaración de esta última y
copia de su identificación, en la que se afirme que el interesado vive en dicho
domicilio (
ver modelo).
En el caso de menores
de edad el comprobante de domicilio deberá estar a nombre de alguno de sus
padres o tutores.
Los
residentes deben inscribirse asimismo en el Censo Electoral de los Residentes
Ausentes (CERA), lo que les permitirá, si son mayores de edad, participar en
los procesos electorales españoles. Esta inscripción se realiza adjuntando y firmando
la
declaración PERE (Padrón de Españoles Residentes en el
Extranjero)/CERA, en la que se debe indicar el lugar de nacimiento y la provincia y
municipio españoles a efectos electorales.
En el caso de MENORES DE EDAD o DISCAPACITADOS, su inscripción debe realizarse por cualquiera de sus padres, o tutor, que tenga la nacionalidad española. Para ello, junto a la documentación anterior, es necesario que el padre, madre o tutor que realice la inscripción esté previamente inscrito en este RMC y aporte original y copia de su pasaporte español vigente, así como identificación del menor y un justificante de la relación de parentesco o tutoría: libro de familia o acta literal de nacimiento española, además de fallo judicial en el caso de los incapacitados.
MUY
IMPORTANTE: Si cambia de domicilio o renueva su pasaporte en España u otra
Representación en el Extranjero, debe enviar un correo a la dirección anterior a fin de
actualizar sus datos.
Preguntas frecuentes:
¿Si
voy de turista a México debo inscribirme?
¿Si
vengo a vivir a México debo darme de baja en el padrón en España?
No es necesario, pues al
darse de alta en el Consulado se le da automáticamente de baja en España.