Toda la información necesaria, así como los procedimientos a seguir en lo relacionado a la solicitud de fe de vida y certificado de residencia se encuentra descrita en esta página web.
Los procedimientos descritos en esta página web son ÚNICAMENTE aplicables a las personas residentes en esta demarcación consular.
En caso de duda puede contactarnos a través de correo postal (146A Elgin st. Carlton 3053 VIC P.O.Box 1119) o correo electrónico:
cog.melbourne@maec.es.
> Fe de Vida
Los pensionistas de la Seguridad Social española residentes en el extranjero deben presentar todos los años, dentro del primer trimestre natural, un justificante original de vivencia, expedido bien por el Consulado General de España acreditado en su país de residencia, o bien por cualquier organismo oficial de su ciudad.
En caso de que en su pensión tenga reconocido el complemento por cónyuge a cargo, deberá aportar también un justificante original de vivencia de su cónyuge.
El justificante de vivencia puede obtenerse por dos vías:
En el Consulado General de España, mediante la correspondiente Fe de Vida. La vida se acredita por la certificación del Encargado del Registro. Para ello, es necesaria la comparecencia del sujeto en la sede del Consulado de su demarcación y la identificación del sujeto que solicita la fe de vida, mediante documentación española, bien pasaporte o D.N.I. También es posible acreditar este extremo por acta notarial de presencia.
Es competente para el expediente de fe de vida el Encargado del Registro Civil del domicilio del sujeto al que se refiere.
En el Centre Link, para aquellos casos en los que no sea posible la presencia física del sujeto ante el Encargado del Registro Civil Consular, bien por edad, enfermedad, distancia o cualquier otro motivo, se ha obtenido de la Tesorería de la Seguridad Social española un acuerdo para acreditar la vida a efectos del cobro de la pensión presentando el modelo del Centre Link "
Life Certificate", cuyo ejemplar puede descargarse desde esta página y remitir directamente a la dirección del Instituto Nacional de Seguridad Social española del que perciben su pensión.
IMPORTANTE: Estos formularios deben estar debidamente sellados y firmados por la autoridad competente .
NOTA: Este Consulado sólo puede expedir Fe de Vida respecto de personas cualquiera que fuese su nacionalidad cuyo nacimiento conste inscrito en un Registro Civil Español. (art.97 Ley de R.C. y artículos 363 y 364 R.R.C.).
> Certificados de residencia
Si necesita un certificado de residencia puede Vd. solicitarlo bien personándose en estas oficinas, o bien por correo postal, mediante la cumplimentación de
esta solicitud. En caso de tramitar su solicitud por correo postal, deberá incluir un sobre franqueado con su nombre y dirección para el envío del certificado solicitado.
Previamente a la obtención de un certificado de residencia será necesario que su titular esté registrado en este Consulado General.
Estos certificados acreditan que su titular ha residido en la demarcación de este Consulado General únicamente durante el periodo en que haya estado inscrito en el mismo.
Deberá identificarse con pasaporte en vigor e indicar la finalidad de dicho certificado.
Para solicitar un certificado de residencia o para consultas sobre el mismo pueden escribirnos a
cog.melbourne@maec.es.