AVISO IMPORTANTE: Por favor, lea atentamente TODA la información antes de pedir cita. La obtención de un visado exige el cumplimiento de TODOS los requisitos y la correcta presentación de TODA la documentación. En caso contrario, su solicitud será RECHAZADA.
- El visado debe solicitarse en persona o mediante un representante legal (sólo padres o tutores). Al mismo tiempo que el familiar estudiante.
- La solicitud debe ser presentada con un máximo de 120 días de antelación a la fecha prevista de viaje.
DOCUMENTACION A PRESENTAR
2. Una fotografía tipo pasaporte. (Fondo blanco 2x2")
3. Pasaporte o documento de viaje. (original y fotocopia de la página biométrica): El pasaporte debe tener una antigüedad no superior a diez años, con, al menos, una página en blanco disponible para poner el visado, y una vigencia mínima del periodo por el que solicita la estancia.
4. Tarjeta de identificación que pruebe que su lugar de residencia se encuentra dentro de la jurisdicción del Consulado de España en Los Angeles. (original y fotocopia). Cualquiera de las siguientes identificaciones serán aceptadas: permiso de conducir estadounidense, carnet de identidad del Estado, carnet de elector para votar, o carnet vigente de estudiante.
5. Los ciudadanos no estadounidenses: Tarjeta de Residencia en los EE.UU. o visado de larga duración de los EEUU. (original y fotocopia)
- Los portadores de visados tipo B-1/B-2 no pueden solicitar el visado en los Estados Unidos; deben solicitarlo en su país de residencia o país de origen.
- Los solicitantes con visado de estudiante deben traer el impreso I-20 firmado por la universidad en la última página y una fotocopia de su visado F-1.
7. Certificado Literal de Nacimiento (hijos menores de 18 años) Original, fotocopia y traducción al español.
8. Carta de admisión (fotocopia): carta de admisión del familiar estudiante como estudiante a tiempo completo de la Universidad/Escuela Española y del Programa de Estudios en el Extranjero, en la que se indique el nombre, dirección y número de registro de la institución con el Ministerio de Educación y Ciencia de España y duración del programa (fechas de inicio y fin). En los demás casos (movilidad de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado), es necesario presentar fotocopia de la documentación acreditativa correspondiente.
9. Tener garantizados los medios económicos necesarios para sufragar los gastos de estancia y regreso a su país: Se aceptará como prueba cualquiera de los siguientes documentos:
- Sus
3 últimos estados de cuenta bancaria, que prueben que está en posesión de los
fondos mínimos requeridos. Asegúrese de que su nombre figura en ellos.
- Carta de la Universidad, Escuela, o Programa de Estudios en la que asuman plena responsabilidad económica por alojamiento y manutención, (normalmente incluido en la carta de admisión).
-
Prueba de concesión de beca, préstamo, o cualquier otro tipo de ayuda económica de, al menos los
fondos mínimos requeridos por mes, para alojamiento y manutención.
-
Carta notariada de los padres/tutores legales (acompañada de los tres últimos estados de cuenta), en la que asuman plena responsabilidad económica de, al menos los
fondos mínimos requeridos por alojamiento y manutención.
Sugerencia del texto: “Por la presente yo (nombre padre, madre, o tutor) me hago responsable de los gastos de alojamiento y manutención de mi (hijo/a, …), por un mínimo de…………….€ al mes durante su estancia en España, así como de cualquier emergencia que pudiera surgir”.
Traducción: Todo documento de prueba de fondos que no haya sido expedido originalmente en idioma español ha de ser traducido al español por un traductor jurado. Sólo será necesario traducir la(s) página(s) de extractos bancarios donde consten el balance inicial y final del mes. En casos excepcionales el Consulado se reserva el derecho de solicitar extractos mensuales completos adicionales (traducidos a español por un traductor jurado) para demostrar suficiencia de fondos.
Traducción: Se requiere traducción al español, efectuada por un traductor jurado, de la(s) página(s) de la póliza del seguro médico que incluya la información acerca del beneficiario, las fechas y los detalles de la cobertura contratada. No se requiere una traducción si el documento originalmente está disponible en español.
11. Certificado Médico Original, fotocopia y traducción: (Sólo para estancias de más de 180 días) Debe ser
reciente (expedido en los últimos 3 meses)
e incluir membrete y firma original de un doctor (M.D. o D.O.) con el siguiente formato:
haga click aquí.
12. Certificado de antecedentes penales. (Mayores de 18 años) el original, la fotocopia, la traducción al español y la copia de la traducción. Es necesario tener el certificado de antecedentes penales de todos los países o estados donde haya residido durante más de 6 meses en los últimos 5 años. Tiene que estar verificado por huellas dactilares. La validez del certificado es de 3 meses a partir de la fecha de expedición. Tiene que estar legalizado por la
Apostilla de la Haya y traducido a español.
El certificado puede ser expedido de dos formas:
b) El Departamento de Justicia Estatal (de todos los estados en el que haya residido durante los últimos 5 años) y tiene que estar
legalizado con la Apostilla de La Haya por la Secretaría de Estado correspondiente. (
Información sobre diferentes departamentos.
13. Para el
pago de las Tasas, Money Order, dirigido al Consulado General de España, por el importe que corresponda. Las tasas del visado
no son reembolsables, aún cuando la solicitud sea denegada o cancelada.
La Administración Consular tiene autoridad para evaluar y pedir documentos adicionales a los enumerados en estas instrucciones. El solicitante queda informado que presentar los documentos aquí requeridos no garantiza la concesión del visado. No se devolverán los documentos aceptados para el trámite del visado.