Las medidas extraordinarias adoptadas con motivo del COVID-19 tanto en España como en el Reino Unido han significado una drástica reducción en la presencia física del personal de este Consulado General y del Ministerio de Asuntos Exteriores, lo que afecta ya a los servicios y trámites habituales de este Consulado.
El Consulado ha reforzado los servicios de atención telemática, respondiendo a las consultas que se remiten por correo electrónico en un máximo de 48 horas (puede consultar nuestros datos de contacto aquí). Además, en el apartado "preguntas frecuentes" se publica información actualizada sobre los trámites que se realizan en las distintas secciones de este Consulado General.
En circunstancias habituales, a fin de que el Consulado pueda prestarle la atención más eficaz y personalizada posible, y al mismo tiempo evitarle esperas innecesarias, tenga en cuenta que:
1. Si es usted de nacionalidad española, está obligado por Ley a estar dado de alta en el Registro de Matrícula de este Consulado General, similar al padrón municipal. Consecuentemente, se le solicitará dicho registro para poder realizar cualquier trámite.
2. La gran mayoría de las gestiones que requiere de este Consulado pueden realizarse por CORREO POSTAL. Cuando este método sea posible, se recomienda la realización del trámite que corresponda por esta vía para evitar desplazamientos y demoras innecesarios.
3. La práctica totalidad de los trámites que se realizan en el Consulado, incluidas las solicitudes de información personalizada, se realizan únicamente mediante cita previa. Salvo por razones de emergencia probada, sólo se permitirá la entrada en el Consulado a las personas que dispongan de cita. No se dará ninguna cita por teléfono ni por correo electrónico. Puede obtener más infomración aquí.
4.
Antes de personarse en este Consulado General para realizar su trámite o antes de remitir su solicitud por correo, compruebe que dispone de toda la documentación requerida. Para ello, imprima, cumplimente en cada apartado y entregue al oficial que le atienda o remita por correo la hoja explicativa que corresponda. Las solicitudes manifiestamente incompletas serán devueltas, impidiendo con ello la realización del trámite. Revise la documentación requerida para cada trámite en la pestaña "Servicios Consulares".