Si desea otorgar un instrumento público ante el Consulado General de España, deberá cumplimentar la hoja de datos para instrumentos públicos notariales y hacerla llegar al Consulado, junto con fotocopia de su documento de identidad en vigor, a través del correo electrónico (cog.lima.not@maec.es) o mediante su entrega, de 11 a 13.00 horas, en la mesa de partes (Calle Los Pinos, 490, San Isidro. Lima 27).
Una vez recibida la solicitud por parte de este Consulado General le contactarán desde los servicios consulares para acordar una cita para la firma de la Escritura y el pago de la tasa correspondiente.
Para esta cita, donde se firmará la Escritura correspondiente, el o la solicitante deberá comparecer con el original del documento de identidad o pasaporte con el que ha presentado su solicitud. Sin la presentación del documento de identidad original no se procederá a la firma de la escritura solicitada.
Los ciudadanos españoles deberán presentar, de preferencia, su DNI si está vigente, caso contrario se deberán identificar con su pasaporte español en vigor.
Se ruega puntualidad cada vez que tenga que personarse en el Consulado. En cualquier caso, no acuda antes de quince minutos de la hora a la que se le ha citado.
Tenga en cuenta que los instrumentos públicos notariales expedidos por el Consulado General de España en Lima son válidos en España sin necesidad de realizar ningún trámite adicional. Los instrumentos públicos notariales españoles son válidos en Perú si cuentan con la Apostilla de La Haya, trámite que este Consulado General no puede efectuar por no tener competencia para ello. Se puede obtener información sobre la Apostilla de La Haya en la página web del Ministerio de Justicia de España.