COVID-19
Para evitar aglomeraciones que puedan implicar riesgos epidemiológicos, el servicio de legalizaciones de este CG queda restringido a partir del 13 de marzo a aquellos documentos que se presenten a través de la organizacional de bufetes colectivos. No se admitirán documentos presentados por particulares hasta nuevo aviso.
Nuevo Procedimiento para Legalizaciones
- Los documentos a legalizar podrán presentarse diariamente por la ventanilla de la calle Zulueta, a partir de las 8:30 h.
- Solo se admitirán 7 documentos como máximo a legalizar por persona.
- Los lunes, jueves y viernes solo podrán legalizar documentos los titulares de los mismos o familiares en primer grado (padres, cónyuges o hijos)
- Este procedimiento entra en vigencia a partir del lunes, 17 de febrero de 2020.
Aviso
Los tramitadores acreditados por este Consulado General de Organismos Oficiales, podrán presentar los documentos a legalizar acudiendo a esta sede todos los martes en el mismo horario general a partir del 24 de octubre de 2019.
Los jueves, a partir del 19 de diciembre de 2019, solo se admitirán a trámite documentos personales aportados por sus titulares, por lo que podrá exigirse la exhibición de un documento de identidad. Los jueves no se admitirá a trámite de legalización ningún documento que no sea presentado por su titular.
De lunes a viernes, a partir de las 8.30, puede entregar los documentos para su legalización o compulsa en la primera ventanilla situada en la parte exterior de este Consulado General, calle Zulueta Nº 2. En este mismo momento deberá abonar la tasa consular según el siguiente detalle:
Legalizaciones 8.00 CUC
Compulsas 3.00 CUC
La recogida de los documentos se realizará transcurridas 48 horas, a las 14.00 horas, en la ventanilla de la calle Zulueta situada a la izquierda de la entrada del Consulado.
Nuevo sistema de legalización diplomática de documentos extranjeros
A partir del 10 de junio de 2013 los documentos extranjeros legalizados, (independientemente de la fecha de emisión de dicho documento) deberán ir provistos en su última firma de legalización de una etiqueta transparente de seguridad.
A partir de esa misma fecha, los documentos extranjeros debidamente legalizados por Embajadas o Consulados de España, siempre y cuando tengan incorporada la citada etiqueta de seguridad, tendrán plena validez en España sin requerir la posterior legalización por parte de la Sección de Legalizaciones del MAEC.